La reelección: noción y percepción en RD

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El autor

POR LUIS DECAMPS

En la República Dominicana, en general, la noción conceptual y la percepción fáctica predominantes sobre la reelección, especialmente dentro de la actividad política y entre la mayoría de los ciudadanos, han sido bastante imprecisas y relativamente erráticas tanto desde el punto de vista del rigor académico como desde la perspectiva de sus consecuencias en la realidad operante.

Ciertamente, en el país la cuestión de la reelección eternamente ha girado alrededor de la idea que asimila a ésta como puro y simple continuismo (repentista, rayano o de largo alcance), esto es, como un establecimiento institucional (con base sustantiva, jurídica o en los hechos) en el que es posible que un gobernante pueda ser electo nuevamente, a través de procedimientos democráticos legítimos o no, de manera inmediata y para un mandato adicional (segundo, tercero, cuarto, etcétera) y consecutivo.

Concomitantemente, la idea de “no reelección”, en esa misma forma de diseño conceptual, ha significado únicamente que el gobernante está impedido de postularse para el período inmediatamente posterior al suyo, resultando indiferente para la noción creada a partir de ella el tema del regreso a las lides electorales o la nueva elección que pudiese lograr un candidato presidencial que en el pasado, aunque no en el período constitucional anterior, ejerció la primera magistratura del Estado.

En ese sentido, acaso convenga iniciar cualquier discusión al respecto partiendo de la idea de reelección de Dieter Nohlen (“Gramática de los sistemas electorales”, 2012, pág. 287), quien la ha considerado como “el derecho de un ciudadano (y no de un partido) que ha sido elegido y ha ejercido una función pública con renovación periódica de postular y de ser elegido una segunda vez o indefinidamente para el mismo cargo (Ejecutivo) o mandato (parlamentario)”.

En esa conceptualización del reconocido cientista social alemán, destacan elementos de naturaleza bastante claros: se trata de un derecho (o sea, una prerrogativa derivada de la sanción estatal), aplicable solamente al ciudadano (al que se le reputa provisto de derechos políticos directos) sin llegar hasta sus expresiones organizacionales, con un ámbito de circunscripción circunstancial en la existencia de una elección previa, e implica la renovación de la posibilidad de postulación al mismo cargo para una segunda ocasión o de modo indefinido.

En el mismo orden de ideas, Nohlen ha observado que modernamente la controversia sobre la reelección ha sido en lo fundamental de interés en América Latina (ibídem). Y es absolutamente cierto, pues en los Estados Unidos el tema no se discute como demanda constitucional importante por lo menos desde 1947 (cuando se votó la Enmienda XXII), en Europa se considera un tema superado en la realidad social y la cultura política (porque la propia dinámica del sistema político lo dirime), y en África y Asia sólo se menciona como elemento de la confrontación partidista (o sea, no como elemento doctrinario).

Nohlen también ha observado que en América Latina el tópico se discute más “bajo el concepto de no reelección” (lo que no admite discrepancia porque éste se ha convertido en una demanda constitucional casi permanente del litoral más purista del liberalismo, sobre todo mientras está en las graderías de la oposición, desde por lo menos la Revolución Mexicana de 1910) y “en sus dos variantes más importantes: la no reelección inmediata y la no reelección definitiva” (ibídem).

El mismo autor resalta que todo eso ocurre en esta región porque en nuestra “experiencia histórico-política… los dos fenómenos que confluyen en el origen de la no reelección como previsión constitucional” son “el presidencialismo… y la tentación de los presidentes de perpetuarse en el poder, por un lado, y la coacción y el fraude en los procesos electorales, por el otro” (ibídem). Para quienes hemos nacido y vivido en América Latina, probablemente cualquier comentario adicional resulte redundante.

Por su lado, Mario D. Serrafero (“La reelección presidencial indefinida”, Revista de Instituciones, Ideas y Mercados, No. 54, 2011, pág. 229) nos habla de las siguientes opciones o posibilidades: 1. “Reelección sin límites (reelección indefinida o ilimitada); 2. Reelección inmediata por una sola vez y abierta (con posibilidad de volver a ser candidato transcurrido cierto tiempo); 3. Reelección inmediata por una sola vez y cerrada (no puede volver a ser candidato); 4. Reelección no inmediata, abierta o cerrada (intervalo: mandato intermedio o término fijo en años); y 5. Prohibición absoluta (nunca más la misma persona puede ser candidato)”.

El politólogo argentino, como se ha visto, nos ofrece un variado y completo “menú” de opciones, concretamente de las que se usan en América Latina para resolver “la continuidad o no de un presidente”. Este “menú”, aparte de que es una notable contribución al esclarecimiento de la idea y la noción de reelección, permite percibir con claridad que los dominicanos hemos sido históricamente voraces “comensales” en lo concerniente al tema, pues hemos degustado casi todos los platos disponibles en nuestra febril historia constitucional.

Más cerca de nosotros, José Ángel Aquino (“Reelección presidencial y equidad en las campañas electorales”, Cuaderno de Capel 47, 2012, pág. 263), al analizar el impacto de los proyectos reeleccionistas en la equidad de los procesos electorales latinoamericanos (probablemente el perfil más conocido, perverso e indignante que acusa el tópico, dado que prostituye el proceso y tuerce los resultados), pone de relieve los riesgos y peligros que aquellos entrañan para la democracia.

Aquino, uno de los más reputados estudiosos del tema electoral en nuestro país, resume sus observaciones haciendo una reagrupación más focal y sencilla, distinguiendo particularmente entre opciones que son muy familiares sobre todo para los dominicanos: 1) Reelección sin límites; 2) Reelección no consecutiva; y 3) Reelección inmediata una sola vez, en el contexto de una organización de las variantes o los modelos que, valga la insistencia, refleja con mayor actualidad la evolución de la noción y la percepción sobre el tema en Latinoamérica.

Al margen de que esa no ha sido ni es la discusión fundamental en la República Dominicana en estos momentos, el autor de estas líneas entiende que asumir una combinación de las distinciones precedentes de Serrafero y Aquino es la vía más expedita para acercarnos verazmente a la realidad, puesto que permiten una mejor delimitación de los contornos conceptuales del asunto.

Y en nuestro caso en particular como país, esa asunción es mucho más conveniente porque ofrece la posibilidad de identificar con precisión y claridad los regímenes que han prevalecido históricamente, y de manera muy singular el que adoptamos con la reforma constitucional del 13 de junio de 2016: el de la reelección inmediata por una sola vez y cerrado, también conocido como “modelo estadounidense” o, coloquialmente, como el de “una reelección y para su casa”.

Por supuesto, esa toma de partido inevitablemente nos conduce a dos interrogantes de mayor alcance presente y futuro para la discusión: ¿Se permite o no la reelección en el modelo (impuesto entre nosotros, por ejemplo, en los textos fundamentales de 1963, 1994 y 2010) de prohibición de continuidad que deja abierta la posibilidad de una repostulación tras mediar el período de restricción? ¿No es esta última posibilidad, de concretarse, una “reelección no continua”?

Estamos en presencia obviamente, cuando menos en principio, de una cuestión de cariz esencialmente académico, pero a la postre los resultados de la controversia terminarán impactando sobre la parte socio-humana (ejercicio) y político-factual (resultados) del derecho fundamental a elegir y ser elegido, y en este sentido inexorablemente ejercerá una influencia todopoderosa sobre el destino final de los líderes partidistas y la configuración estratégica de nuestro Estado.

lrdecampsr@hotmail.com

JPM

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Rafael Morales
Rafael Morales
3 Años hace

es que por bien que lo haga un presidente no debe tratar de reelegirse . si la constitución la prohíbe porqué modificarla? por los tumba polvos? por ambición de poder ? otros la han modificado , unos lo han logrado , otro no . la nación no ganó nada con los que se reeligieron , bueno , corrupción, robos ,impunidad , atraso , endeudamiento y todo tipo de males sociales. no voto por reelección de ningún ambicioso .