SANTO DOMINGO.- Los padres dominicanos tienen derecho a decidir el orden de los apellidos de sus hijos, que históricamente han llevado primero el paterno, según una sentencia del Tribunal Constitucional (TCRD).
El tribunal se pronunció de esta manera tras declarar inadmisible un recurso de inconstitucionalidad interpuesto en contra del artículo 46 de la Ley sobre Actos del Estado Civil y del artículo 57 del Código Civil dominicano.
El TCRD tomó la decisión porque el citado artículo 46 no establece que el apellido del padre debe ocupar el primer lugar, aunque en la práctica es así.
En su sentencia, el TCRD «quiere dejar constancia de la necesidad de que dicha práctica sea eliminada en relación con los casos futuros que le sean presentados a la autoridad competente del registro de nombre, en razón de que, como establecimos anteriormente, la norma cuestionada no establece un orden de apellidos y, en tal sentido, tal decisión se ha dejado al libre albedrio de los padres».


Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Irán dice acto hostil EU recibirá una «respuesta proporcional»
Corea del Norte critica OTAN y habla de guerra sin precedentes
PERU: Al menos 13 muertos en accidente avioneta con turistas
Mira aquí otros resultados de los XXV Juegos Centroamericanos
Puerto Rico vence a República Dominicana en beisbol de JCC
EEUU cooperará con Fujimori en seguridad, comercio y desastres
Abinader inaugura techado y asiste ordenación obispo en LV
BRASIL: Los verdes respaldan candidatura Lula a elecciones
COLOMBIA: Petro elige visitar a Cuba para oponerse a los EEUU
Un incendio afecta la tienda LyR de la autopista Las Américas


