Palos porque bogas, palos porque no bogas

1.¿Somos
miembros de la CIDH?

¿Pertenece la República Dominicana a la
Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH)? Los comisionados de la Corte proclaman que
una comunicación del Presidente Fernández
aceptando el instrumento de la Corte y el acuerdo del embajador dominicano ante
la OEA, Flavio Darío Espinal, resultaban suficientes para considerar que la
República Dominicana asumía obligaciones
internacionales que tendrían incalculables consecuencias sobre el derecho
interno.

Fue
ésa , desde luego, una mala decisión.

Los miembros de la Corte saben, perfectamente, que las
incorporaciones de los Estados deben hacerse con arreglo al derecho
interno de cada Estado. En la
Constitución dominicana en su artículo 96, letra (l) establece que sólo el
Congreso puede “aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que
suscriba el Poder Ejecutivo”. El Presidente de la Cámara de Diputados en
aquel punto y hora, don Alfredo Pacheco, exigió, mediante correspondencia, que esta obligación internacional fuese
sometida a las Cámaras. Lo propio sugería el embajador Flavio Darío Espinal en
correspondencia dirigida a la Cancillería. De manera que la aceptación de la
competencia de la Corte refrendada el 19 de febrero de 1999 es
inconstitucional. Porque no fue
aprobada por el Poder Legislativo. Por
haber nacido de espaldas a la Constitución.

En 1977, el Estado dominicano ratificó la Convención de los
derechos humanos. En esos momentos, el Estado no aceptó la competencia de la
Corte. Mantuvo sus reservas. De donde se
deducen dos conclusiones preliminares. 1. Que refrendar la Convención no trae,
automáticamente, consigo la competencia de la Corte. 2. Que la aceptación de la competencia de la Corte
es un acto voluntario de los Estados, y debe hacerse con arreglo al derecho
interno de cada país.

Inmediatamente, se
entronizó entre nosotros este instrumento judicial internacional, la Corte
dio sobradas muestras de extra limitarse en sus poderes, rozando la
extravagancia y el tremendismo.

2.La implantación de un poder
supranacional

La
Corte se había eclipsado bajo la máscara de los derechos humanos y se había
disfrazado de un Tribunal subsidiario que no actuaría nunca en contradicción
con las legislaciones internas de los Estados. Una vez que mordimos en el
anzuelo, se quitaron las capuchas y mostraron su verdadero rostro. Entonces la
Corte imaginaria dio paso a la corte verdadera, presentada en toda su
arrogancia . Las funciones que se han
atribuido estos jueces suplantan las competencias del Tribunal Constitucional;
se han erigido en intérpretes de nuestra Constitución. En tres ocasiones han
actuado como un tribunal interno de la República Dominicana, tomando los casos
sin que se agote el proceso interno, violando el art. 31 de la propia
Corte. Han implantado una tutela internacional permanente en contra de
las instituciones del país. La
Corte hace indagaciones entre los
indocumentados; se sirve de los
testimonios de las ONG que trabajan en el país: hace recomendaciones a las
autoridades; ordena cómo diseñar nuestra
política migratoria; convoca a nuestros Ministros ante la OEA para que
respondan a las preguntas de los abogados de Julienne Deguis Pierre y de todas
las ONG que tratan de traspasarnos el problema migratorio haitiano. En
resumen, la CIDH se ha establecido en el país como un poder
supranacional abusador y desproporcionado.

Examinemos
la cronología de los hechos.

1.En
1999 fuimos sometidos por la ONG MUDHA por el caso de las niñas haitianas Dilcia Yean
y Violeta Bosico y la corte nos condenó a indemnizaciones y la entrega de
documentación sin fundamento legal y garantías y fuero diplomático para los que
dirigieron esa campaña contra el Estado dominicano.

2.En
el 2000, fuimos inmediatamente sometidos por el caso Nadege Dorzema y otros.
Unos haitianos que murieron en Guayubín cuando penetraron en un camión que no
se detuvo ante la orden de alto dado por el guardia fronterizo. El país fue
condenado al pago de sumas millonarias.

3. El 28 de agosto del 2014, fuimos nuevamente
condenados por los demandantes del caso Benito Tide Méndez y otros.

Sabemos que hay otros casos que están ahora en
la fase de instrucción porque el diablo
no descansa. ¿Cuántas condenas más serán necesarias para que el Gobierno
dominicano reaccione? ¿Seguiremos permitiendo, indefinidamente, que la honra,
la dignidad y el honor de nuestro país sean arrojadas a los perros?

3. La tremenda corte

En el juicio que el CIDH llevó a cabo en
México con el hombre que sentó a la República Dominicana ante una corte
internacional se produjeron varias
revelaciones.

a)El acusador, William Medina Ferreras, no
pudo demostrar que había sido expulsado del país, tal como había declarado en
la clínica de la Universidad de Columbia y de la ONG haitiana GARR y del MUDHA,
el CEJIL, el Observatorio de Migración (UNIBE) que patrocinaron como peritos la
acusación contra el país;

b)No
pudo demostrar que le habían privado de su documentación dominicana, ya que
admitió que entró al país con cédula dominicana válida en varias ocasiones, y
que incluso acompañó a su hija al Hospital Darío Contreras de Santo Domingo,
viajó al extranjero con pasaporte dominicano, y se llevó ante el tribunal las
pruebas de que había ejercido el derecho al voto en las últimas elecciones,

c)Durante
el juicio se demostró que el señor William Medina Ferreras no conocía la
fotografía de su madre ni de su padre ni de sus hermanos ni el nombre de los
miembros de su familia; se mostró un video con los miembros de la familia
Medina Ferreras y tampoco ellos lo conocían. Se estableció que el nombrado
William era un haitiano de Anse a Pitre llamado Wilnet Jean. Las pruebas de la
suplantación de identidad eran contundentes. Pero una vez en el país, los
miembros de la Corte no quisieron comunicarse con la familia Medina Ferreras.
No les interesaba establecer la verdad, sino condenar al país. Desde el punto de vista estrictamente
jurídico, la República Dominicana no podía ser condenada por el caso Benito
Tide Mendez y otros. Porque el cuerpo de la acusación, el testigo estrella,
había suplantado su identidad.

El veredicto de la CIDH

Posesionados
del poder que le ha reconocido el Gobierno, quebrantado la Constitución (art.3. 6) y las leyes dominicanas,
los jueces de la CIDH fallaron más allá del propósito del juicio que los
convocó (error ultra petita) y sobre una materia que no se le pidió (error
extra petita) que es juzgar la Sentencia TC168/13. Enjuiciar y condenar la
competencia del máximo organismo de la Justicia dominicana en materia
constitucional.

No
hay peor canallada que la de los jueces que no les interesa la verdad, ni están
imbuido de una auténtica vocación de justicia.

1.El
Estado se halla obligado a entregarle la
documentación falsa a Wilnet Jean que ha
decidido llamarse William Medina Ferreras, y además debe indemnizarlo económicamente por daños y perjuicios. Es decir,
reconocerle su documentación falsa como verdadera.

2.El
Gobierno debe, igualmente, reconocer como dominicanos a todos los demandantes en este caso, incluso aquellos, que, al
carecer, de argumentos decidieron retirarse del juicio. Todos deben ser
favorecidos por la nacionalidad dominicana, según consta en el fallo.

3.La
Corte ignoró todas las pruebas aportadas por el Estado dominicano, actuando con
una pasmosa parcialidad;

4.Finalmente
la Corte recomienda la supresión de la soberanía nacional dominicana: ”ordena
adoptar las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier
naturaleza, sea ésta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa , o
cualquier práctica o decisión o
interpretación, que establezca o tenga por efecto que la estancia
irregular de los padres extranjeros motive la negación de la nacionalidad
dominicana a las niñas o niños nacidos en el territorio de la República Dominicana”

Hay
que preguntarles a los que aún defienden esta tremenda corte ¿Qué ganaríamos con dejar de ser un país libre y soberano?
¿Qué ganaríamos con entregarle, mediante un mecanismo inicuo, las grandes
decisiones nacionales a una Corte extranjera? ¿En nombre de qué principios
superiores deberíamos anular nuestra Constitución y nuestras leyes?

De
ahora en lo adelante, este fallo mostrenco
será empleado copiosamente por la diplomacia haitiana para desacreditar y
arrodillar a la República Dominicana. Los haitianos reclamarán el derecho a un nombre, a una identidad, a la
documentación, pero no lo harán ante su
Estado, sino ante el Estado
dominicano. Además de ser la víctima de
los problemas creados por el colapso del Estado haitiano, se nos inculpa de sus
problemas. Se destruye el prestigio de nuestra nación. Se nos niegue incluso el
derecho al aire que respiramos. El procedimiento consiste en inculpar a la
víctima. Ante los ojos de los enemigos del país, los dominicanos siempre
seremos culpables. Somos culpables de todo lo que padece nuestro país. Culpables
por haber permitido la mudanza haitiana hacia el territorio nacional. Pero,
ay, si nos defendemos, somos culpable de
xenofobia, de racismo, de discriminación. Nos someten a una Corte Internacional. De
cualquier modo, el dominicano siempre será culpable. Es palo si bogas, y palo
si no bogas.

Y desgraciadamente, no tenemos quién nos
defienda.

Para confortar nuestro
ánimo quiero recordar las palabras esperanzadas de don Américo Lugo: “ El pueblo dominicano no es un degenerado,
porque si bien incapaz de la persistencia en las virtudes, tira fuertemente
hacia ellas; porque aunque falto de
vigor y vuelo intelectuales, tiene todavía talento y fuerzas para ponerse de
pie y dominar el gran espacio de la bóveda celeste; porque aun postrado y
miserable, está subiendo, peregrino doliente, el monte sagrado, donde el águila
de la civilización forma su nido”

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