Para hablar de delincuencia organizada es preciso que se cumplan una serie de exigencias concretas: que exista un grupo de individuos (tres o más) que se organizan en una estructura interna en la mayoría de los casos. Suele ser jerárquica; que se dé una adecuada coordinación sea la comisión de actividades delictivas; y, que la misma nazca con la idea de mantenerse en el tiempo, esto es, con vocación de continuidad y estabilidad.
En muchos casos, aunque no en todos, suele suceder además, que la organización tiene una dimensión económica, o sea, que persigue conseguir un lucro financiero con su actividad delictiva. Ciertamente, algunos sectores doctrinales consideran como otra característica de la delincuencia organizada el uso de la violencia.
Y sucede lo mismo con la característica de la penetración de estos grupos en instituciones públicas, ya que, aunque no se da tampoco en todos los casos de delincuencia organizada, cuando concurre, provoca terribles resultados. En lo relativo a los actos delictivos que pueden realizar estas organizaciones o grupos criminales, aunque ello dependa de la legislación de cada estado.
En general, no debemos identificarlos solamente con un tipo de actividad sino que el desarrollo de su tarea engloba ámbitos tan amplios como: el tráfico de armas y dispositivos explosivos (muchos dirigidos posteriormente a cometer actos terroristas), tráfico de personas, producción y distribución de material pornográfico.
Secuestros, falsificación de dinero, delitos contra la Hacienda Pública (que es el delito de mayores efectos sobre la economía al privar a los estados de importantes recursos para cumplir sus fines), delitos de apropiación indebida y blanqueo de capitales. Referente a la delincuencia organizada, y al igual que ocurría con la corrupción, tampoco podemos negar lo antiguo de su existencia.
Sin ir más lejos, el origen de las primeras organizaciones criminales se sitúa, precisamente, en la corrupción por parte de gestores públicos, y, aún hoy en día, muchas de estas agrupaciones necesitan de la colaboración de los poderes públicos para sobrevivir como tales.
Ciertamente, debemos arribar a la conclusión de que las interconexiones entre ambas actividades no pueden pasarnos desapercibidas, ya que los grupos delictivos, para desempeñar fructifica mente su labor ilícita, tienden a inmiscuirse en las actividades públicas.
Aclaratorio que este tipo de corrupción política afecta no solo a nivel estatal sino a todos los estratos de las Administraciones Públicas, cada uno con base en las competencias asignadas por la normatividad vigente. Son cuatro tipos de corrupción que afectan a la administración pública y pueden ser utilizados en su propio provecho por las organizaciones criminales.
La Corrupción política: ya sea a través de la corrupción directa del político) sobornos a los candidatos), infiltración de miembros de la organización criminal en partidos políticos o su financiación ilegal, la compra de votos, la manipulación de procesos electorales, o por otro método tan abyecto como la creación de partidos políticos diseñados específicamente para satisfacer todas sus necesidades.
Corrupción policial: puede darse desde el exterior , para facilitar la comisión de las actividades delictivas de la organización criminal o mediante la obstaculización de la persecución de dichos delitos, o incluso desde ewl interior, mediante la creación de una organización criminal dentro del cuerpo de seguridad.
Por tanto, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden llevar a cabo no solo una labor protectora sino también incurrir en otras actividades ilícitas que realmente serian propias de auténticos miembros de la organización criminal, como es el caso de la comisión de secuestros o la venta o devolución de la droga incautada.
Corrupción judicial: la actuación corrupta de ciertos miembros de la Carrera Judicial y Fiscal incrementa también las posibilidades de impunidad de algunas actividades ilícitas realizadas por grupos criminales. Para ello, las propias organizaciones pueden llegar a intervenir en los procesos de selección de jueces y magistrados, influyendo, por tanto, en la composición de un determinado Tribunal que va a juzgarles por hechos probablemente delictivos, o incluso, “comprando” directamente decisiones judiciales.
jpm-am

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