SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Interior y Policía aclaró este martes que no se ha violado derecho alguno de ningún grupo o conglomerado cuando un grupo pretendía este jueves en la mañana instalar un «campamento» de protesta frente a la sede de la Procuraduría General de la República Dominicana.
Sin embargo, observó que las protestas pacíficas deben ser realizadas «dentro del marco del respeto a la Constitución de la República y las leyes, sin violentar el derecho de los demás, el libre tránsito y el desenvolvimiento normal de las instituciones»,
Consideró que instalar un campamento durante cinco días y diez horas diarias “es un exceso que vulnera el orden público en una zona donde además de la Procuraduría General de la República, está la Suprema Corte de Justicia, el Congreso Nacional, entre otras instituciones que verían afectadas sus actividades”.
En una declaración escrita remitida a ALMOMENTO.NET, el Ministerio de Interior expres que la instalación de la carpa, como tenían planificado grupos de protesta, “evidentemente habría afectado el tránsito normal de una avenida principal como la Jiménez Moya, así como el desenvolvimiento de los usuarios y funcionarios de la Procuraduría General de la República y de las múltiples instituciones oficiales que se encuentran en los alrededores de la Feria”.
Agrega que esa actividad habría trastornado también el orden y el derecho que a su vez tienen los demás ciudadanos de transitar por la vía pública sin mayores riesgos ni limitaciones.
“El Derecho constitucional en las protestas pacíficas por parte de cualquier ciudadano u organizaciones públicas, cívicas, religiosas y obreras es debidamente protegido por las instituciones gubernamentales cuando cumplan con el marco reglamentario correspondiente”, manifiesta.
Pero aclara que estas siempre deben respetar el derecho de los demás ciudadanos transeúntes y las normas de convivencia civilizada, y agrega que “muestra de ello son los múltiples actos que diariamente se desarrollan en todo el país organizados por diversos grupos sociales, con los cuales oportunamente se coordina dicha protección estatal para evitar o minimizar los trastornos que se puedan generar durante o con motivo de la actividad”.

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