La creciente cifra de menores que desde muy temprana edad cargan con el terrible estigma de “delincuentes”, constituye un estremecedor cuadro humano de complejas repercusiones familiares y sociales.
Debido a sus traumáticos efectos tanto sobre el cuerpo colectivo, el núcleo familiar y el propio menor que la protagoniza, es necesario que su estudio sea afrontado con el auxilio de las herramientas científicas eficaces, a fin de poder interpretar en sus raíces causales más profundas y estar en plena capacidad de demostrar correctamente el complicado mecanismo mediante el cual opera.
Únicamente teniendo cabal comprensión del fenómeno, se podrá acertar con un diagnostico confiable y dar con el tratamiento más efectivo que contribuya a mitigar (al menos) las múltiples consecuencias de tan apremiante problemática.
Las convicciones concluyentes que con el tiempo hemos podido forjarnos sobre el delito de menores, están sustentadas en aspectos fuertemente cruciales que determinan su intervención.
Por tal razón, las mismas merecen tenerse muy en cuenta al momento de enfocar la cuestión desde una perspectiva más objetiva.
Las reflexiones nacidas de la proximidad a los eventos, así como las origina la costumbre del trabajo social efectuado, han sido de ingente valor en la ratificación de esas evidencias. Pero además, la iluminación proveniente del intercambio continuo con especializados en áreas cultivadas en la materia, ha sido en grado sumo igualmente relevante. La psiquiatría infantil, la psicología y la pedagogía, entre otras disciplinas, son recursos del conocimiento humano, de obligatorio valor para poder entender y tratar adecuadamente tan delicado fenómeno.
Al estudiar el delito con respecto a la personalidad del delincuente, nos limitamos tan solo a observar un conjunto de hechos “contravencionales”, mediante los cuales no siempre puede evidenciarse una predisposición de agresividad, sea ésta contra una persona o sus bienes, o bien, contra todo grupo social, entonces disponer de la noción de anomalía, no aportaría en tal caso ninguna utilidad al diagnostico, puesto que particularmente en el menor, nos encontramos frente a un problema criminológico, sólo cuando el acto que lo tipifica como tal, nace precisamente de una actitud anormal de agresividad, que sin lugar a duda, quede enmarcado dentro del conjunto de los “delitos intencionales” previstos por el derecho común.
No nos proponemos hablar de los jóvenes enfermos mentales. Su número es ínfimo entre los menores delincuentes. Son los sujetos aquejados de ofuscaciones del carácter o de deficiencias intelectuales que deben llamar toda nuestra atención cuando podemos suponer que la correlaciones existen entre esas irregularidades o insuficiencias y el delito.
De otro lado, el medio anormal no es solamente el que actúa sobre el niño proporcionando objetos de anti sociabilidad directa. Lidiaremos en mostrar que la anomalía del medio es a menudo más matizado, más insidioso la cual es criminógena no solamente explotando una cierta pasividad del niño sino también y quizás más aun determinando de su parte violentas reacciones afectivas.
No podemos ser acusados de dar demasiada importancia a las perturbaciones ambientales o la psiquis, mientras que algunos explicarían con gusto la conducta del joven delincuente por el mero hecho de que todavía es un niño expuesto a la delincuencia por la misma naturaleza de su estructura.

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