Las leyes en el proceso de la civilización (5)

imagen
EL AUTOR es abogado e historiador. Reside en Santo Domingo.

La cultura China, con una vigencia de más de 6,000 años, ha hecho múltiples aportes al proceso de la civilización, particularmente en lo referente al circuito legal que se ha ido formando en el mundo a través de los siglos.

Sus diferentes normas jurídicas, con luces y sombras (que se deben analizar en el contexto de cada época), jugaron un papel de mucha importancia en gran parte del

mundo conocido en el más remoto pasado de la humanidad, desde el oriente de Asia hasta los pueblos situados en ambas riberas del mar Mediterráneo.

En el derecho comparado las legislaciones de la antigua China tienen un sitio bien ganado, porque han formado parte del semillero del cual se han nutrido a través de siglos muchos textos legales, criterios jurisprudenciales y visiones doctrinarias en diferentes lugares de la tierra.

Dicho lo anterior al margen de que en general, en tiempos muy lejanos, en ese gigante asiático sus reglas penales (en sí un complejo código sistemático de leyes) constituían lo que se denomina “el Derecho del Estado”, que no es lo mismo que el Estado de derecho.

Arqueólogos y otros especialistas en escudriñar el pasado encontraron en diversas áreas de China vasijas de bronces hechas hace miles de años con frases y grabaciones atribuidas a aristócratas, altos jefes militares y miembros de la cúpula del funcionariato de varias dinastías, en las cuales descubrieron valiosas informaciones sobre el mecanismo legal utilizado entonces en esa zona del mundo para resolver una miríada de conflictos.

Los referidos hallazgos, unidos a otros elementos analizados, han permitido saber que los ganadores de litigios en determinados territorios de la antigua China eran compensados con pellejos de venados y tigres, cilindros de seda, sarta de conchas de caracoles del mar, etc.

Es oportuno decir, además, que en el proceso de la civilización los gobernantes chinos fueron de los primeros en utilizar la coacción para sostenerse en el poder, bajo la mampara de preceptos creados a su entera conveniencia.

Un clásico ejemplo de lo anterior quedó registrado en las reflexiones del gran teórico Guan Zhong, quien sostenía que la paz se sustentaba en las fuerzas de las armas y en un sistema de leyes cuya sustancia era proteger a la clase gobernante.

Esas normas legales, expuestas en escaparates publicitarios en los lugares de mayor concurrencia de la población, se basaban principalmente en castigos.

Según han recopilado varios autores, entre ellos Ernest Caldwell en su famosa obra titulada Cambio social y derecho escrito en el pensamiento jurídico chino primitivo, los medios preferidos para difundir esos textos de cumplimiento obligatorio eran tablas de bambú y objetos de bronce.

Cuatro siglos antes de que surgiera lo que se conoce como la era cristiana, China quedó sumergida en graves conflictos entre los diferentes monarcas que se repartían el poder en ese vasto país de Asia Oriental. Fue la etapa histórica llamada de los Reinos Combatientes.

Ese período, caracterizado por un laborantismo en asuntos militares, políticos y económicos, dio origen a que los reinos ganadores centralizaran el poder.

Ese monopolio de la autoridad quedó afincado en severas leyes (muchas de ellas divorciadas de la realidad) que no dejaban margen a interpretaciones anfibológicas sobre la voluntad de aplicar el rodillo monárquico, particularmente en perjuicio de aquellos que mostraban alguna desavenencia hacia el mando de turno.

En esa convulsa época (la de los Reinos Combatientes) los partidarios del gran pensador Confucio fueron marginados, se quemaron sus manuscritos de filosofía social y ética y se abrió en su contra una descomunal campaña de difamación para desacreditar sus ideas y anular su capacidad de influir en la superestructura de la sociedad china de aquella época.

Una suerte de legalismo, de esencia adulterada y sin matices, de imposición a rajatabla, absorbía por completo las palancas del poder.

Los hacedores de leyes chinas de ese tiempo, y los encargados de ejecutarlas, ni siquiera dejaron posibilidad de que se hiciera uso del antiquísimo método de la hermenéutica para interpretarlas.

Pasaron varios siglos para que las reflexiones de Confucio fueran reivindicadas. Así lo plantea el doctrinario Li Lin al señalar que en medio de ese renacer un jurista de la categoría de Dong Zhongshu proclamó que era necesario “ignorar las otras escuelas del pensamiento y valorar solamente el confucionismo”. Como se ve, esa frase no estaba ayuna de intolerancia.

El referido académico Li Lin, por su parte, indica que el resurgir de la ética confucionista “estuvo presente en la interpretación jurídica, la práctica legal y el espíritu de la legislación de la antigua China”. (Historia del Derecho Chino y su sistema jurídico contemporáneo. Traducido al español por Chritopher Sanabria).

Es pertinente decir que Ulrich Lau y Thies Staack, ambos juristas e historiadores del antiguo derecho chino, escribieron en su libro titulado Práctica Legal que dos siglos a.C., al caer la dinastía Qin, se encontraron pergaminos en las tumbas de altos funcionarios y jefes militares de dicho imperio.

Esas notas contenían informaciones sobre el sistema legal que se utilizaba para asegurar los negocios de la susodicha casta gobernante y sus adláteres, así como para mantener controlada la población mediante sanciones penales que incluían multas, destierro, trabajos forzados (ligeros o severos), mutilaciones, pena de muerte y otras severidades. (Práctica Legal. Editorial Brill,2016. Ulrich Lau y Thies Staack).

En la obra rotulada Ordenar el mundo la eminente académica del derecho Fernanda Pirie resume algunas investigaciones hechas por historiadores, antropólogos, sociólogos y doctrinarios sobre las normas legales aplicadas por diferentes reinos de la antigua China. Así se expresa:

“En la práctica, los magistrados solían reducir las penas debido al estatus del delincuente, sobre todo cuando se trataba de mutilación…también tenían que reducir la pena si el delincuente había denunciado su propio delito y había normas sobre la edad mínima a la que se podía procesar a los niños”. (Ordenar el mundo.P.76. Editorial Planeta, Barcelona,2022. Fernanda Pirie).

Abreviando esta crónica puedo decir que Hammurabi, el más famoso rey de Babilonia, forjó sus normativas esencialmente en la casuística.

En la India los brahmanes y otros sabios se inspiraban para concebir leyes en los deberes que correspondían a los individuos como obligación social.

Sin embargo, los monarcas de China (de etnias y lenguas diferentes), que durante siglos se repartieron el poder en grandes áreas de la cuarta nación del mundo en territorio, afincaron el circuito de sus leyes en la aplicación de las penas que concernían a los hechos que se les imputaban a los procesados.

jpm-am

ALMOMENTO.NET publica los artículos de opinión sin hacerles correcciones de redacción. Se reserva el derecho de rechazar los que estén mal redactados, con errores de sintaxis o faltas ortográficas.
0 0 votos
Article Rating
Suscribir
Notificar a
guest
0 Comments
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios