POR CARLOS SALCEDO
Hablar de ética pública en la República Dominicana hoy no es un ejercicio académico; es una toma de posición. La reciente Semana de la Ética Gubernamental ha servido para confirmar una verdad incómoda: el país no tiene un problema de falta de normas, sino de cumplimiento.
Nuestra tradición lo anticipó. Ulises Francisco Espaillat entendió que el poder no es un privilegio, sino una función limitada por principios. Renunció antes que traicionarlos. Ese estándar, lejos de ser simbólico, sigue siendo el punto de referencia.
El marco jurídico dominicano es amplio y sofisticado. Desde la Constitución hasta las leyes de contrataciones públicas, función pública y control financiero, el sistema está diseñado para prevenir y sancionar la corrupción. Incluso, tras un período de debilitamiento -como ocurrió con la modificación introducida por la Ley 449-06 a la Ley 340-06- hoy se han reintroducido consecuencias penales que buscan fortalecer la disuasión.
Efectivamente, la nueva y moderna Ley 47-25, que sustituye y moderniza el regimen anterior, introduce un régimen penal específico dentro del propio sistema de contrataciones.
Con ello corrige una debilidad histórica del modelo anterior, que había quedado centrado en sanciones administrativas; tipifica conductas corruptas vinculadas a la contratación pública, por lo que no depende únicamente del Código Penal general; establece sanciones más severas, con sanciones de penas de prisión de 2 a 5 años, según el caso, para los funcionarios, y penas mayores, de hasta 10 años de prisión, en supuestos agravados, para proveedores y particulares; refuerza la transparencia y trazabilidad de los procesos; trae mayor control sobre excepciones, urgencias y adjudicaciones; reduce espacios de discrecionalidad, para cerrar brechas donde tradicionalmente se insertaban prácticas indebidas y fortalece los mecanismos de control y supervisión, a través de una vinculación más efectiva con órganos como la DGCP y entes de control.
Sin embargo, los problemas persisten. ¿Por qué?
Porque la corrupción no es solo un fenómeno jurídico. Es, como advierte Alejandro Nieto García, una patología del sistema democrático. No se reduce a actos individuales desviados; surge cuando los controles fallan, la rendición de cuentas se vuelve formal y la política coloniza la administración. En ese contexto, la corrupción deja de ser excepción y comienza a operar como regla.
Los casos impulsados por el Ministerio Público —Antipulpo, Medusa, Coral, Calamar- han sido relevantes. Han visibilizado estructuras complejas y elevado el costo de la corrupción. Pero un sistema no se mide por los casos que persigue, sino por los que evita. Cuando la respuesta llega solo por la vía penal, el daño ya está hecho.
De ahí que el desafío central sea preventivo: fortalecer controles internos, auditorías independientes y mecanismos reales de transparencia. La integridad no puede depender únicamente del castigo.
Pero tampoco es solo un problema estructural. Es, en esencia, un problema personal. El sistema no es más que la proyección de la conducta de quienes lo integran. Como actúan sus funcionarios, así funciona. Sin integridad individual, no hay arquitectura institucional que resista.
Por eso, el reto es también cultural. Pasar del “aprovechamiento” a la responsabilidad. Entender que la legalidad es apenas el punto de partida, no el techo ético. Y asumir que, como advirtió Gustav Radbruch, cuando la injusticia se vuelve extrema, deja de ser derecho.
La integridad, en definitiva, no se proclama. Se practica. Y su ausencia no colapsa las instituciones de golpe, las erosiona lentamente, con cada excepción tolerada.
La decisión es colectiva, pero se ejerce de manera individual. Y en ella se define el país que somos y el que podemos llegar a ser.

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