Fadul y el autismo: entre la esperanza terapéutica y la evidencia científica (OPINION)
POR CARLOS SALCEDO
El debate suscitado en torno a las propuestas terapéuticas del Dr. Fadul en materia de autismo exige un abordaje sereno, técnico y desprovisto de referencias personales. En asuntos vinculados a la salud -y especialmente cuando se trata de condiciones del neurodesarrollo- la discusión debe situarse en el plano de los estándares científicos y de la responsabilidad profesional, no en el terreno de las percepciones individuales o de las convicciones subjetivas.
Es comprensible que madres y padres, frente a la posibilidad de una eventual “mejoría” en la condición de sus hijos, abracen esa expectativa con legítima esperanza. La búsqueda de alivio, progreso o desarrollo de habilidades no solo es natural, sino profundamente humana. Del mismo modo, resulta razonable admitir que un profesional de la salud puede actuar animado por la convicción sincera de estar contribuyendo al bienestar de sus pacientes. No corresponde presumir mala fe donde no ha sido acreditada.
Sin embargo, el ordenamiento jurídico y la ética médica establecen un marco claro: en medicina, la buena intención no sustituye la evidencia. La práctica profesional se rige por la lex artis ad hoc, entendida como el conjunto de reglas técnicas y científicas generalmente aceptadas por la comunidad especializada en un momento determinado. Dicho estándar delimita aquello que puede comunicarse públicamente como eficaz, seguro y validado.

Se ha señalado la existencia de testimonios de pacientes y familias que refieren mejorías y alivio tras determinadas intervenciones, incluyendo suplementos u otros métodos. Tales testimonios, aun cuando sean numerosos y sinceros, constituyen elementos indiciarios que requieren verificación metodológica. En términos epistemológicos y jurídicos, el testimonio individual no equivale a prueba científica. Para adquirir valor como evidencia, debe someterse a estudios clínicos controlados, con diseño adecuado, grupos comparativos, revisión por pares y posibilidad de replicación independiente. Solo así puede establecerse un nexo causal razonablemente acreditado entre la intervención y la mejoría observada.
El autismo es una condición del neurodesarrollo ampliamente estudiada por la comunidad científica internacional. Cualquier afirmación pública relativa a mejorías significativas debe sustentarse en investigaciones rigurosas, transparentes y verificables. De lo contrario, se corre el riesgo de generar expectativas que no cuentan con validación objetiva suficiente, lo que puede comprometer el derecho de las familias a recibir información veraz y basada en evidencia.
La cuestión, por tanto, no radica en descalificar personas ni en clausurar el debate. Por el contrario, se trata de reafirmar un principio estructural del ejercicio profesional en salud: la comunicación de beneficios terapéuticos debe apoyarse en pruebas sólidas. La autoridad médica posee un peso social considerable; por ello, el estándar de diligencia, prudencia y veracidad exigible es particularmente estricto, más aún cuando se involucra a poblaciones vulnerables.
Como abogado y como ciudadano comprometido con la protección de la salud pública y el desarrollo integral de las personas, considero que el debate informado no solo es legítimo, sino necesario. La deliberación fundada en evidencia fortalece la confianza social, preserva la integridad del acto médico y resguarda derechos fundamentales.
La esperanza es indispensable. Pero en el ámbito sanitario, incluso cuando se habla de “mejoría” y no de “cura”, la esperanza debe reposar sobre evidencia comprobable y científicamente validada. Esa es la diferencia sustancial entre la buena intención y la responsabilidad profesional jurídicamente exigible.

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Lo único cierto es que el ejercicio del doctor Fadul constituye una seria y grave amenaza a las grandes corporaciones medicas, que ven reducidas sus cautivas carteras de clientes.. a los cuales les explotan la cartera con terapias y medicamentos inefectivos…sin ningun resultado ni beneficio…como dice el autor »acreditado»… viva el Doctor Fadul…
La actuación médica indicada se sustenta en el derecho del paciente al más alto nivel posible de salud reconocido por las Naciones Unidas así como en los principios de dignidad humana ,beneficencia deber de asistencia consagrados en los instrumentos biológicos internacionales de la Unesco y en las normas profesionales de la asociación médica mundial ,dichos principios reconocen que aún en ausencia de tratamiento curativo o aprobado espcificamemte
EL médico se encuentra facultado para adoptar intervenciones terapéuticas, paliativos o de soporte clínica mente justificadas ,cuando estos el beneficio del paciente ,el alivio de su sufrimiento y la preservación de su calidad de vida .Este proceder se ajusta además a las recomendaciones Sanitarias Internacionales de la organización Mundial de la Salud y se realiza conforme a la LEX ARTIS médicas vigentes ,con proporcionalidad terapéutica y consentimiento informado del paciente o sus representantes legales.La mayoría de los médicos dominicanos manejan el método científico y no deben se disminuido a simple rumiadores de lo que se publica o recibe de congresos… Leer mas »