SANTO DOMINGO.- El ex procurador genera de la República, Víctor Céspedes Martínez, opinó que el articulo 85 acápite 3 del Código Procesal Penal no debe ser eliminado pero el Tribunal Constitucional debe regularlo para que no sea utilizado de manera inquinosa para someter una querella en contra de cualquier servidor público.
Manifestó que el artículo 85 debe ser reglamentado porque se presta a que ciertos sectores, instituciones o personas, por cierta inquina desconocida, procedan a someter una querella en contra de cualquier funcionario.
Entrevistado por el periodista Salvador Holguín en el programa Hilando Fino, que se transmite por Súper Canal, expresó que en la vida todo está reglamentado y que el artículo 85 debe ser regulado para su aplicabilidad porque hay sectores que pueden hacer daño a través de él.
Sobre la Fiscal del Distrito y la jueza Cristo Cristo
Céspedes Martínez dijo que en el caso de la fiscal Yeni Berenice y la jueza Margarita Cristo Cristo lo que se debe cuestionar es que el Ministerio Público no presentó de manera formal la recusación en contra de la jueza.
Dijo que una cosa es la inhibición y otra la recusación, ya que en la primera no es obligatorio que el tribunal suspenda el caso hasta que la corte conozca la acusación y no obligatoriamente todo depende de la credibilidad de las pruebas presentadas en el momento de la solicitud de la misma.
Resaltó que el caso debe recaer sobre el Ministerio Público que es el defensor de la sociedad, y no sobre la Fiscal Yeni Berenice.
Expresó que los jueces son servidores públicos, no persecutores por lo que no tienen por qué tener enemistad con ninguna de las partes. «Son árbitros; lo malo no es que los jueces sostengan una reunión con alguna de las partes sino lo que se trate durante la reunión. Eso es lo que debe ser investigado por el Ministerio Publico», enfatizó.
av/am-sp
Ex Procurador pide modificar Código Penal
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