Control de riegos de mercancías en aduanas

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EL AUTOR es abogado y político. Reside en Santo Domingo.

El sistema aduanero de la República Dominicana ha avanzado en modernización y facilitación comercial, sin embargo, todavía enfrenta algunas debilidades que limitan su plena eficiencia y seguridad. Esta deficiencia es notoria en la Implementación de Análisis de Riesgo, toda vez que la gestión de riesgos es parte fundamental de los estándares aduaneros internacionales, pero las debilidades existentes de controles internos limitan la detección oportuna de irregularidades.

La falta de controles internos en los procesos se puede contrarrestar con la implementación de un recio sistema de auditoría externa en tiempo real para monitorear las operaciones. Esto, junto con la rotación periódica del personal y el uso de mecanismos de control para manejar adecuadamente el volumen creciente del comercio; aumentar la automatización en la inspección de cargas para agilizar procesos, la modernización y expansión de las infraestructuras físicas, que son insuficientes en puntos estratégicos; y evitar los cuellos de botella que aún se genera en los recintos aduaneros.

La Ley 168-21 es una ley moderna que motiva la reducción de gestión, no obstante, las administraciones persisten en aplicar burocracias que solo hacen incrementar el tiempo y el costo operacional; de igual modo, con frecuencia existen discrepancias en la interpretación y aplicación de normativas entre distintas oficinas aduaneras, lo que genera conflictos y afecta la equidad y agilidad en los despachos de mercadería. Sería mucho más viable estandarizar los procedimientos mediante un manual unificado de operaciones y establecer sistemas de revisión periódicas para garantizar que todos los procedimientos se cumplan conforme a la normativa.

Los importadores y empresas que se han adheridos al programa Operador Económico Autorizado, OEA, fueron certificados después de someterse a un riguroso proceso de depuración y validación, por tanto, han sido excluidos de esos requisitos, logrando así, reducir al mínimo el número de inspecciones y verificaciones documentales y físicas, lo que incrementa la seguridad logística internacional y reduce los costos y aumenta la rapidez en la cadena de distribución.

En cambio, los que no se han sometido al programa de OEA, son pequeños importadores, las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) e importadores ocasionales, quienes deben pasar un proceso tedioso al verse sometidos a revisiones exhaustivas, que algunos califican como discriminación y desigualdad en la aplicación del control aduanero, al no comprender que la DGA utiliza un sistema de gestión de riesgos y perfiles de antecedentes y niveles de cumplimiento para determinar el tipo de control aplicable a cada operación, de los que no gozan de tal perrogativa.

De ahí ha surgido la mala percepción y preocupación recurrente de una supuesta discriminación y práctica dilatoria en la desaduanización entre los importadores de menor renombre y capital, ya que estos suelen carecer del historial necesario para obtener el status de OEA, y son clasificados como de mayor riesgo, y sometidos a controles más estrictos, lesionando aún más su capacidad para competir con importadores grandes que gozan del privilegio de menos investigaciones y de un despacho más rápido, llegando estos importadores no OEA, a calificar la demora en la liberación de la mercadería y la práctica de control de riesgo como táctica dilatoria agravante, cuando el plazo de ley para desaduanizar vence ignorando el tiempo que ha trascurrido en el proceso y el pequeño importador corre el riesgo de decomiso, sin tomar en cuenta que la DGA ha actuado en enfoque reactivos en control de riegos de mercancías.

Es necesario entonces, que la DGA revise y fortalezca sus controles internos, migrando hacia un enfoque preventivo y proactivo en lugar de reactivo, con el fin de crear un sistema de gestión de riesgos equitativo y eficiente que garantice tanto la seguridad de las operaciones como el desarrollo competitivo de los importadores, sin importar su escala o capacidad económica.

jpm/am

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