Abusos despiadados de las agencias de cobro en la RD

imagen
El AUTOR es abogado. Reside en Santo Domingo

Existe en nuestro país una triste realidad que aqueja a miles de dominicanos que, debido a la grave crisis económica nacional, se han visto incapaces de honrar sus deudas a tiempo, siendo víctimas de una cacería despiadada que ha llegado incluso a afectar su salud personal, así como la paz y armonía familiar.

Es importante señalar, y eso jamás lo vamos a objetar, que los acreedores o las entidades encargadas de la gestión de cobranza se encuentran facultados para ejercer todos los mecanismos legales que conlleven al cumplimiento de la obligación contraída por un deudor.

Sin embargo, ello no les da derecho alguno a llevar a cabo acciones atropellantes y humillantes que puedan denigrar el honor del deudor o afectar su privacidad e integridad, incluso su salud, como las que a continuación exponemos:

Amenazas de quitarte hasta las camas de sus hijos o de informar a sus jefes de su situación de morosidad.
  • Realizar visitas o llamadas de hostigamiento persistente, hasta en horas nocturnas o fines de semana, extendiendo su persecución implacable a tus fiadores, familiares e incluso personas que simplemente dieron referencias personales tuyas.
  • Ventilar tu situación de mora con vecinos, parientes y compañeros de trabajo, haciéndole pasar vergüenza y afectando tu reputación.
  • Pegar rótulos de cobro en la puerta de tu casa o exigirte honrar tu deuda a gritos o con parlantes en tu propio vecindario.
  • Investigar los lugares que más frecuentas (lugar de trabajo o estudios, centro escolar de tus hijos, iglesia, gimnasio) para llevar hasta allí su terror psicológico.
  • Burlas, difamaciones, expresiones irrespetuosas, palabras soeces y todo tipo de actitudes abusivas y delincuenciales.

En atención a ello, en la gran mayoría de los países ya se han adoptados medidas legales, judiciales o administrativas, que prohíben el uso de métodos de cobranza que afecten la reputación del consumidor, atenten contra la privacidad de su hogar, que afecten sus actividades laborales o su imagen frente a terceros.

No poder pagar sus deudas dentro del plazo acordado no es una circunstancia que permita a sus acreedores realizar todo tipo de acoso, maltratos o irrespeto.  Si bien es cierto que usted no ha podido atender sus obligaciones por diversos motivos ajenos a su voluntad, debe tener muy en cuenta, que por encima de los intereses de su acreedor se encuentran sus derechos fundamentales consagrados a su favor en la Constitución de la República.

 Una llamada intimidante, irrespetuosa, “salida de tono” por parte de un cobrador o acreedor puede trastornar nuestras vidas y hacernos experimentar sensaciones variadas que van desde un sentimiento de permanente temor a perder los bienes, hasta persecución, estrés, insomnio, depresión y otros trastornos que no solo afectan al deudor, sino también a su núcleo familiar.

 Es por ello que resulta urgente que las autoridades, en este caso PRO CONSUMIDOR, intervenga rápidamente a los fines de fijar normas, criterios y procedimientos claros, racionales y obligatorios que regulen las conductas que son permitidas y las que no, especialmente en temas de cobranza prejudicial.

 Lamentablemente la inmensa mayoría de deudores callan y toleran todo este tipo de atropellos, ya que inconscientemente los consideran como una “consecuencia inevitable” de su situación de insolvencia económica, lo cual constituye un grave error, puesto que dicha insolvencia podría ser tan solo un evento coyuntural y temporal, como en el caso de alguien que ha perdido su empleo, y que en nada justifica la vulneración de sus derechos constitucionales.

De conformidad con nuestra Constitución, todos los ciudadanos tienen derecho “al honor, a la intimidad personal y familiar y a la preservación de su buena imagen, tanto profesional como laboral”, así como a ser su deuda previamente “oída y juzgada en juicio apegado a las normas y procedimientos”

 En cuanto al embargo de bienes por razones de impago de deudas, es esencial entender que nunca puede ser automático y solamente procede como consecuencia de una sentencia irrevocable condenatoria, y previa autorización de la fuerza pública, por lo que es totalmente ilegal y delictual que los gestores de cobro intenten llevarse tus pertenencias a la fuerza o por medio de intimidación o engaño.

 Resulta conveniente saber que todo este tipo de abusos, los cuales pueden provenir de gestores de cobros de empresas comerciales, instituciones financieras, prestamistas particulares, usureros, entre otros, puedes denunciarlos inmediatamente al Instituto de Protección al Consumidor (PRO CONSUMIDOR), ya sea en forma presencial o virtual.

 Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que pudiera llegar a incurrir un gestor de cobros, como en los casos de difamación, calumnia, injuria, amenazas, extorsión, terror psicológico, expropiación de mobiliarios, entre otros.

 En mi condición de abogado en ejercicio, lamentablemente he tenido que lidiar con situaciones muy lamentables por la que han tenido que pasar clientes, amigos y relacionadas víctimas de estos abusos indiscriminados sin ningún tipo de control y régimen de consecuencia, ejerciendo prácticas delincuenciales a través del terror psicológico en perjuicio de deudores víctimas de la crisis económica que los arropa de manera circunstancial.

Es muy lamentable que en pleno siglo XXI se estén llevando a cabo arbitrariedades y abusos de esta naturaleza en los procesos de cobranzas cuando existen ya un sinnúmero de mecanismos que pueden dar información suficiente sobre el estado de solvencia o insolvencia de un deudor, determinando si posee ingresos, bienes, rentas, si reporta a la DGII, entre otros, que pudieran dar lugar al inicio de una demanda en cobros de pesos por ante los tribunales, como manda la ley, y no promover esa malas prácticas que se constituyen al final en abusos despiadados en contra de víctimas de la crisis económica que nos afecta a todos.

jpm-am

Compártelo en tus redes:
ALMOMENTO.NET publica los artículos de opinión sin hacerles correcciones de redacción. Se reserva el derecho de rechazar los que estén mal redactados, con errores de sintaxis o faltas ortográficas.
5 1 vota
Article Rating
Suscribir
Notificar a
guest
5 Comments
Nuevos
Viejos Mas votados
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios
Max zorrilla
Max zorrilla
2 meses hace

De acuerdo 100%. Deben haber normas que tengan la facultad de limitar a los cobradores. Que incluyan, además, parámetros que controlen el abultamiento voraz de los saldos de deudas por parte de las instituciones de cobranzas.

Merli
Merli
7 meses hace

Y si llaman a un familiar para decirle que tienes que pagar las deudas y le detallan las deudas que se tienen y además te dicen pon WhatsApp si hay que tomar medidas con uno ¿ que se puede hacer en ese caso ?

EL LEON DEL BRONX, PAJARO PROFESIONAL EN ORLANDO.
EL LEON DEL BRONX, PAJARO PROFESIONAL EN ORLANDO.
1 Año hace

Exelente tema para que las autoridades pertinentes tomen el toro por los cuernos y eviten ese atropello de gente que es mas delincuente y ladrona que los dirigentes del PLD, que ya es mucho decir.

Hi Camilo
Hi Camilo
1 Año hace

El autor de este trabajo hace una explicación bien detallada de la situacion a que son sometida las personas que toman prestamos, he leido contrato de préstamos que el solicitante tiene que firmar si o si, clausura que son un disparo, donde prácticamente el solicitante no tiene ningún derecho, conozco una persona que la pusieron como referencia y la sometieron a constante amenaza, les dije que si el firmo , me dijo que no, no lo deben molestar.

Adonis
Adonis
1 Año hace

100% de acuerdo las autoridades tienen que ponerle limites y establecerle algun protocolo con respecto y altura al momento de dirigirse al deudor y si no cumplen dicho protocolo que haya un verdadero regimen de consecuencia para esa empresa de cobro compulsivo. Por que nadie puede manejarse al margen de la ley por que entonce se convertiria en un delincuente.