Requemientos que deben cumplidos por establecimientos RD para operar
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Salud (MSP) emitió una certificación señalando los requerimientos que deben ser cumplidos por bares, restaurantes, gimnasios , iglesias y otros establecimientos para poder operar luego de la flexibilización de las medidas sanitarias que entró en vigencia este miércoles 27 de enero.
Templos
Sólo se permitirá que los templos operan hasta el 60% de su capacidad, cumpliendo obligatoriamente medidas sanitarias tales como uso de mascarillas, distanciamiento físico, lavado de manos y otras acciones de higiene. Para esto último deberán suministrar solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel para la entrada y salida del local.
Bares y restaurantes
Deberán respetar los horarios laborables establecidos, usar obligatoriamente mascarillas, mantener distanciamiento físico y adoptar medidas de higiene. Para ello deberán delimitar las áreas para clientes o usuarios y ubicar un equipo de protocolo en las entradas de los recintos para garantizar las medidas de higiene y el distanciamiento, tomar temperatura y garantizar el orden.
El MSP dijo que desplegará inspectores en todo el territorio nacional para fiscalizar el cumplimiento estricto de dichos protocolos y en caso de incumplimiento ordenará la clausura temporal del establecimiento e iniciará un procedimiento sancionatorio, en virtud de lo dispuesto en la Ley General de Salud, 42-01.
El director de Gabinete de Salud, Robinson Díaz informó que los dueños de negocios deben acoger los protocolos establecidos, los cuales son implementados en coordinación con la Policía Nacional, la Dirección de Control de Bebidas Alcohólicas (COBA) y el Ministerio Público.
sp-am
los bares , las iglesias y las galleras no son necesarios para el diario vivir, no hay condiciones para aperturar estos centros de aglomeración, no deben operar !!!!!