Ley de seguridad social: un proyecto positivo, pero mejorable

La propuesta de modificación de la Ley de Seguridad Social respeta su diseño, contiene importantes avances, algunos puntos cuestionables y otros mejorables

 

Uno de los aspectos positivos del Proyecto es que introduce el principio de la imprescribilidad, para garantizar la permanencia del disfrute de los derechos adquiridos por los trabajadores y familiares, evitando que sus prestaciones periman por tecnicismos interesados.

 

También la modificación del veto, ya que el mismo, lejos de fomentar el diálogo y la concertación para lo cual fue previsto, se convirtió en una traba que, en varias ocasiones y frente a temas importantes, paralizó al CNSS. Ahora, sólo la presidencia y la vicepresidencia podrán vetar.

 

El Proyecto faculta a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a imponer multas a los empleadores por la no inscripción de sus trabajadores, así como a aplicar procedimientos de cobro coactivos y embargos, por deudas al SDSS con más de 60 días de atraso, además de los recargos, intereses y multas previstos.

 

En adición, el Proyecto reduce los recargos por mora que resultaron demasiado elevados. Su monto equivaldrá a la rentabilidad mensual promedio de las cuentas de capitalización individual, más un medio por ciento (0.5%) sobre el monto de las aportaciones no pagadas.

 

Dos pasos trascendentales

 

Pero sin dudas, la propuesta más trascendente es la que ratifica la atención primaria como la puerta de entrada a la red de salud. El Proyecto dispone la elección obligatoria de todos los afiliados al Régimen Contributivo y de Afiliación por Contribución Propia, en un plazo de 180 días a partir de la nueva Ley.  

 

Este será un paso trascedental, recomendado como vital desde hace 15 años tanto por especialistas nacionales como internacionales. Su aplicación iniciará la esperada transición entre un seguro de enfermedad y un auténtico seguro familiar de salud, basado en el cuidado médico integral de las personas.

 

 Otro avance importante es el Plan Especial para las Microempresas, las cuales por su escasa productividad y bajo nivel de producción, carecen de suficiente capacidad contributiva para afiliar a sus dependientes en igualdad de condiciones que las empresas con mucho mayor capital, organización y volúmen de venta.

 

De acuerdo a la propuesta “las empresas acogidas al Plan Especial para MIPYMES podrán afiliar al Régimen Contributivo a sus trabajadores, cotizando durante tres años solamente al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales. A partir del cuarto, ingresarán obligatoriamente al Plan de Pensiones.

Habíamos recomendado esta gradualidad debido a que todas las investigaciones y encuestas denotan el interés de las micros de contar con un seguro médico y de accidentes, ya que su ausencia es la principal causa de quiebra de miles de fuentes de trabajo.

 

El Proyecto es positivo, pero mejorable. Ya señalamos que la eliminación del Régimen Contributivo Subsidiado tendrá un costo fiscal muy alto, salvo que queden fuera del SDSS millones de dominicanos con igual derecho. Las comisiones de las AFP y el excedente de riesgos laborales serán tratados la próxima semana.

jpm

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