Ejecutivo y Procurador
El artículo 4 de la Constitución de la República, bajo el título ‘Gobierno de la Nación y separación de poderes’, establece: “El gobierno de la Nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes”.
Nuestro régimen de gobierno es presidencialista, pese a la separación de poderes que establece la Constitución, porque aquí el Presidente, el Poder Ejecutivo lo dirige todo, lo ‘puede todo’, es el jefe absoluto del Gobierno, es quien nombra, despide y decide las ejecuciones económicas del funcionariato público.
El sistema de Justicia está dividido: una parte maneja los jueces, que deciden sobre las violaciones a las leyes; y por el otro los fiscales que ejecutan las políticas de persecución contra el crímen y delitos. Ambos, sin embargo, están supeditados al Poder Ejecutivo en su asignación presupuestaria y en el nombramiento de sus posiciones.
Creo que hoy, no obstante esta realidad, hay independencia del Procurador General, por una decisión de los incumbentes actuales, reflejado en la práctica cotidiana de sus acciones.
El presidente Luis Abinader ha sido convincente en su proclamada decisión de no interferir en las decisiones, políticas y acciones del Ministerio Público, mientras los procuradores Mirian Germán, Yeni Berenice Reynoso, Wilson Camacho han dado muestras fehacientes, concretas, de que actúan con libertad, sin interferencia del Ejecutivo y con decisión, apegados a las atribuciones que la Constitución, las normas y las leyes les otorgan.
Entiendo la impronta del presidente Abinader de establecer, de manera directa, sin lugar a interpretaciones, la independencia del Procurador General.
Considero, asimismo, que de cara a la realidad presidencialista nacional lo que garantiza la demandada independencia, más que una ratificación en el texto de la Constitución, será la reciedumbre, el compromiso, la decisión, la fortaleza de un Presidente y de una Procuraduría responsable de sus deberes y decisiones, sin sujeción ni presión, como en la práctica ocurre.
JPM

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