Derecho de los residentes legales a la Seguridad Social

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EL AUTOR es experto en seguridad social. Reside en Santo Domingo.

ARISMENDI DIAZ SANTANA

 

El Reglamento de la Tesorería solo reconocía la cédula como documento válido de afiliación, lo que en la práctica anulaba el derecho de los residentes legales a la Seguridad Social.

 

Hace una semana el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la Resolución 377-01 en interés de viabilizar la afiliación de los extranjeros residentes legales al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La Ley de Seguridad Social protege a los “residentes legales en el país”, pero estaban virtualmente excluidos debido a que el Reglamento de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) sólo reconocía  la cedula como documento válido.

 

Ahora, además de la cédula, la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) aceptará el carnet de la Dirección de Migración, el salvoconducto del Ministerio de Interior y Policía, la Cédula de Identidad Personal para Extranjeros y el pasaporte con visado de trabajo vigente. Esta medida debe ser apoyada por todos porque se ajusta al mandato de la Ley 87-01 y al principio de igualdad de derechos, deberes y oportunidades.

 

Sin embargo, tanto la Federación Nacional de los Trabajadores de la Industria de la Construcción, Madera y Materiales de Construcción (FENTICOMMC), como la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), se opusieron señalando que la misma  “podría hacer colapsar todo el sistema debido a que esos trabajadores extranjeros carecen de salarios insuficientes para cotizar”.

 

Ciertamente, una alta proporción de esos migrantes laboran en condiciones de extrema vulnerabilidad. La mayoría son trabajadores temporeros de la agricultura, la construcción, los servicios domésticos, lavados de autos y ventas callejeras, entre otras actividades donde predominan la informalidad, la evasión y bajísimos salarios, igual que en otros países.

 

En particular, este punto de FENTICOMMC  y de la CNTD es válido y atendible debido a que todavía el CNSS no ha derogado la Resolución que permitió afiliar, mantener y recibir servicios médicos de alta complejidad a más de 200,000 personas, reportadas por empresas reales y ficticias, con salarios mensuales irrisorios, punto en el cual coinciden tanto los representantes de los trabajadores como de los empleadores.

 

El apoyo de COPARDOM y del sector gubernamental a la decisión de afiliar a la Seguridad Social a los residentes legales podría ser una señal de que los empleadores, tanto privados como públicos, están dispuestos a cumplir con la Ley en materia de contratación, a pesar de ser los mayores  beneficiados de los bajos salarios, de la informalidad y de la vulnerabilidad que deprime la calidad de vida de que éstos, y de muchos otros trabajadores dominicanos.

 

Para nadie es un secreto que esta propuesta, sometida por la representación oficial en el CNSS, forma parte del esfuerzo de las autoridades por regularizar la situación de miles de personas afectadas directamente por la decisión con efectos retroactivos del Tribunal Constitucional en el 2013. Y que la misma, constituye una reacción positiva a las críticas de organismos y agencias internacionales vinculadas a los derechos humanos.

 

Pero eso no le quita ni validez, ni legitimidad. Todo lo contrario, contribuye a la igualdad de derechos y a llenar un vació del Reglamento de la Tesorería de la Seguridad Social. Ahora sólo falta que el CNSS derogue la fatídica Resolución sobre la cotización mínima.

 

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