Sobre la violencia urbana

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El autor es abogado. Reside en Santo Domingo

El nombre “violencia urbana” es ahora clásico. Sin embargo, hoy en día, no existe una definición firme y compartida de este fenómeno que todavía divide a la policia y los ciudadanos.

La expresión “violencia urbana” no tiene calificación penal ni definición ejecutante. No se encuentra ni en el Código penal ni en los reportes por los servicios de policia.

Ningún individuo puede ser perseguido ni traducido ante una jurisdicción por haber cometido una o más “violencia urbana”. Seguramente será por uno de los delitos que identifican, en el lenguaje cometido, violencia urbana, pero esto solo será posible si este delito está justamente codificado en el estado y básicamente calificado para la fiscalía en el marco de la relación judicial. 

De hecho, violencias urbanas, designa un proceso de calificación de conductas que crecen en el tiempo. Los espacios, objetivos, formas, motivaciones son tanto rasgos que permiten definir un fenómeno indeciso en el tiempo y contornos a veces muy difusos.

De esta manera, para Frederic Ocqueteau, Director de Investigaciones, de Francia, es imposible definir las “violencias urbanas”, pues estamos en presencia de fenómenos sociales que, si tienen manifestaciones en lo real, no es sin embargo de sustancia consistente, ni sociológica ni jurídica.

Además, aunque el fenómeno se dirige sobre todo a los delitos cometidos en zonas de alta densidad, la violencia urbana es de hecho, principalmente, solo la violencia periurbana cometida en los suburbios, en las afueras de los centros urbanos. Asimismo, la extensión del fenómeno a los distritos rurales o incluso a la denominación.

La violencia urbana ya no es una prerrogativa exclusiva de los suburbios. El término “urbano” no permite más, por sí solo, para calificar un fenómeno que afecta a muchos ámbitos con características urbanísticas o sociodemográficas muy diferentes. Es por otra parte por lo que, hoy, en lugar de hablar de “violencia urbana”, se utiliza la denominación genérica de violencia de tipo urbano.

La expresión “violencia urbana” aparece por primera vez a nombre de un servicio de policía en 1988. Pero es a comienzos de los años 1990, bajo el impulso de la comisaría Lucienne Bul-Trong, responsable de la sección Ciudades y suburbios, que la denominación “violencias urbanas” emerge en el debate político-administrativo-universitario y se populariza.

La violencia urbana se define como las violencias urbanas de los actos juveniles colectivos cometidos de manera abierta y provocadora y creando en la población un fuerte sentimiento de inseguridad”. Esta violencia puede ser destructora (degradación); emocional (disturbios); juguetón (rodeos de vehículos) y /o infame (protección de un tráfico). 

Ella se caracteriza igualmente por el desarrollo de fenómenos anárquicos y de una subcultura de barrio hostil a los representantes de las instituciones, y en particular a las fuerzas del orden.

Por tanto, se destacaron varias particularidades: la juventud y las motivaciones de los autores, el aspecto colectivo y la justificación de los actos. Esta definición de las violencias urbanas permite de englobar los actos diferentes yendo de los incivilizados de los violentos disturbios urbanos, pasando por la pequeña violencia diaria.  Ella permitirá colocar herramienta de medidas.

Una definición casi jurídica de las violencias urbanas, es la formulada por los franceses: “todo acto violento cometido fuerza abierta contra la propiedad, las personas o los símbolos de las instituciones por un grupo generalmente joven, estructurado o no, cometido en un territorio dado y reivindicado por el grupo como siendo estando bajo su dominación”.

Para ciertos autores, la expresión “violencia urbana” designa “las acciones débilmente organizadas de jóvenes actuando colectivamente contra los bienes y las personas, en general ligadas a las instituciones, en los territorios descalificados o desfavorecidos”.

 JPM

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