Rol del juez ante la justicia mediática
Hoy día en República Dominicana, al igual que en la mayoría de los países, la opinión pública generalmente parte de la información que los medios de comunicación ponen al alcance de los ciudadanos.
En ocasiones, esa información viene sesgada por ciertos prejuicios o intereses espurios que provocan que la misma se aleje de la realidad, generando malos entendidos y confusiones que ponen en entredicho la buena imagen y reputación de muchos, incluyendo los medios que la promueven.
Penosamente esa situación ha venido permeando en los últimos tiempos en el ámbito de la impartición de justicia en nuestro país, sobre todo, en los procesos judiciales que se les siguen a algunos ex-funcionarios por supuestos actos de corrupción durante su ejercicio en la función pública.
La exposición mediática de esos procesos se lleva a cabo sin tomar en cuenta siquiera que los mismos vulneran ciertos derechos fundamentales del inculpado, toda vez que tan solo con que un medio de comunicación presente información en la que determinada persona sea presentada como «culpable», viola el principio de presunción de inocencia que debe reconocérsele a toda persona durante un proceso legal que se sigue en su contra.
Además, de que tal presentación en cualquier medio de comunicación pudiera contaminar el análisis jurídico y valoración de pruebas de los impartidores de justicia, en perjuicio del procesado.
Se trata, muchas veces, de fiscales y jueces que toman decisiones procesales para contentar a la tribuna y mantener un rating que los ha convertido en “figuras populares”, a tal punto que ganan miles de seguidores que arman campañas en redes sociales en su defensa.
Es muy lamentable, y hasta bochornoso, ver cómo los justicieros mediáticos abusan de la prisión preventiva, violentando la presunción de inocencia, cuando los imputados por corrupción podrían enfrentar sus procesos en libertad o, en el peor de los casos, retenidos en sus domicilios.
Se hace necesario que los jueces realicen una buena ponderación para establecer la fiabilidad del material probatorio y de la información expuesta en medios, y limitarse a valorar los elementos objetivos del proceso, sin la intervención mediática de diversas fuentes.
En ese sentido, la justicia mediática, o bien, lo que se conoce como “juicios paralelos de los medios”, pueden poner en riesgo la independencia del juzgador. Para que ello no ocurra, este deberá siempre sustentar su accionar en la objetividad, imparcialidad, transparencia, y ser, a la vez, muy estricto en sus argumentaciones al dictar sentencia.
En esta época en donde las redes sociales y el acceso a internet y a todo tipo de información está prácticamente al alcance de todos, con una fuerza inimaginable, resulta aún más ardua la labor del juzgador para lograr mantenerse al margen de todo ese “compendio” de información que minuto a minuto se genera.
Obviamente, no podemos pretender apartar al juzgador de toda la información a la que todos estamos expuestos; sin embargo, la misma no debe generarle un criterio determinado que pudiera estar sesgado de intereses, sino sólo valerse de aquellas pruebas objetivas con las que cuente dentro de su expediente.
Saludamos y celebramos a los jueces y fiscales que, a pesar de las presiones mediáticas y sociales, logran apegar en todo momento sus resoluciones al Derecho y a la Justicia.
jpm-am

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El problema es que la procuraduría nunca ha tomado conciencia de que ellos representan el interés ciudadano para reclamar que se aplique la justicia por el contrario están al servicio de los poderes faticos de turno y representan los intereses mediáticos del gobernante de turno. Mientras ellos actúen como carne de cañón de Los políticos, no podrán hacer el trabajo que establece la constitución y los acusados siempre serán las victimas.