¿Por qué no se aprueba un nuevo código penal?

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El autor es abogado.

La ley 24-97 fué (si mi memoria no me falla) la última modificación importante que se le hizo a esa vergüenza de código penal dominicano (creado en 1810 y traducido en RD en 1884).

El Proyecto de Código Penal no le interesa ni a los políticos, ni mucho menos a los empresarios. Para los que no lo saben, a las élites políticas no les interesa aprobar el nuevo, por una razón simple: El Proyecto de Código Penal contempla la incorporación de unos 80 nuevos tipos penales (delitos). Muchos de los cuales están relacionados con la corrupción administrativa y la impunidad actual que conlleva la no criminalización de acciones, conductas y comportamientos que hace años en otros países ya son crímenes y delitos.

Y como las élites políticas conocen de la garantía criminal y penal (sólo se considera delito lo que la ley describe como tal y sólo se sanciona lo que la ley dispone que se sancione), mientras esas conductas no estén descritas y sancionadas en una ley, simplemente no hay delito, y si no hay delito, no hay sanción.

Así que sin ley previa, todos los nuevos tipos penales que están en el Proyecto de Código Penal, simplemente son un proyecto, y, por lo tanto, a nadie se puede sancionar por lo que no está descrito en una ley.

Y como nadie afila cuchillos para su propia garganta, esos más de 25 años que tiene dando vuelta en el Congreso Nacional el Proyecto de Código Penal, ha servido para que miles de actuaciones con signos delictivos, se hayan quedado en la impunidad por falta de criminalización.

Y en cuanto a las élites empresariales, el Proyecto de Código Penal trae la Responsabilidad de la Persona Jurídica, que no es otra cosa que reconocer en la ley penal, la capacidad que tiene una entidad legal, como una empresa, una organización o una sociedad (distinta de una persona física), de ser considerada penalmente responsable por actos ilícitos, ya sean de naturaleza penal, civil, administrativa o de otro tipo, realizados en su nombre o beneficio.

La responsabilidad penal de las personas jurídicas, les impondrían a las empresas una especie de programa de cumplimiento, es decir, un conjunto de políticas, procedimientos y medidas que tienen que adoptar las empresas (Un protocolo), para garantizar que sus operaciones, empleados, directivos y actividades cumplan con las leyes, regulaciones, normas éticas y estándares aplicables, tanto nacionales como internacionales.

Así que mientras no haya Código Penal nuevo, no hay responsabilidad penal de las personas jurídicas, y si ésta última no está establecida en ninguna ley, los empresarios no tienen por qué preocuparse por un protocolo que no existe y que su incumplimiento no los sanciona.

Así que mientras no se apruebe el Proyecto de Código Penal, ni políticos ni empresarios tienen motivos para preocuparse mucho. Su mejor impunidad es la no existencia de esos más de 80 nuevos tipos penales (delitos), y la no existencia de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

JPM

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TUMBACOCO
TUMBACOCO
10 dias hace

Los dominicanos del exterior O DIASPORA DOMINICANA quieren que le protejan sus inversiones en Republica Dominicana.
TENDRA ESTE «MALDITO» CODIGO UNA PROTECCION PARA LOS QUE APORTAN EL 25 % DEL PIB EN REMESAS EN DOLARES Y EUROS DEL PRESUPIESTO NACIONAL DE ESTE BENDITO.PAIS ? !!

Balbuena
Balbuena
10 dias hace
Responder a  TUMBACOCO

Por el contrario,luce que también pretenden que la diaspora con su sudor, también provean a los dominicanos y extranjeros de un techo,como manda la Constitución el Estados haga.

3RA.TANDA
3RA.TANDA
13 dias hace

Nadie afila cuchillo para su propia garganta,como hizo Chacón Vélez/ Chacumbele.