¿Será el siglo XXI, el último del mundo? (OPINION)

En la última década del siglo XX, se habló mucho de que el mundo terminaría en el año dosmil, fue un período de muchas expectativas y turbulencias en las economías mundiales y sobre todo en el mundo informático. Se esperaban retrasos de salidas de aviones, choques en los procesos bancarios y además, cambios significativos en todos aspectos naturales y sociales; fue un tiempo muy crítico.

El siglo XXI, inició considerándose como el siglo de la espiritualidad, se pensaba y proyectaba la religiosidad y el cultivo en el espíritu como lo más loable labor, contradictoriamente había muchas esperanzas de un cambio significativo para el hombre. Sin embargo, siendo realista en lo que llevamos en este cuarto de siglo, el mundo no se ha terminado, las expectativas no se han logrado y el hombre está sumido en una gran crisis.

El mundo lo hacen los humanos, lo que quiere decir que, si se quiere un mundo  mejor y de un futuro glorioso es obligatorio que se inicie por lo fundamental, el hombre. Dicen algunos escépticos que el mundo termina para el que se muere. No obstante, lo ideal fuera que el mundo no terminara, sino que el ser humano viviera para siempre, pero lamentablemente no es así, pues, la vida se termina sobre la tierra.

Cada ser viviente tiene como futuro su fin terrenal. El hombre sabe que desde el principio de la creación, se le dijo que si comía del árbol de la ciencia bien y del mal, moriría. Aquí hay tres situaciones producto del comer: Incredulidad, al no creerle a Dios; desobediencia, por haber hecho lo contrario a lo que le mandaron y; el desconocimiento de las consecuencias del mal. El mal trae dolores, enfermedades, pobrezas, conflictos sociales, y muerte.

A pesar de todas las cosas que el hombre conoce, que le llevan a la muerte, no hay que equivocarse, el fin del mundo no está guardado para que el hombre lo produzca. De ahí que, las escaramuzas que se hacen sobre que el hombre tiene el poder para terminar el mundo no son reales. Las bombas nucleares pueden hacer mucho daño, pero no podrán poner fin al mundo; no hay que temer a las amenazas que el hombre hace sobre el mundo,  pues él no lo terminará.

El fin del mundo será una obra de Dios, reservada  para la segunda venida de Jesucristo al mundo, para llevar a vida eterna a sus seguidores y a condenación eterna a los que no le creyeron. Pero, ese final no llegará hasta que el evangelio llegue a todos los confines del mundo. Jesucristo dijo: «Y será predicado este evangelio del reino en todo el mundo, para testimonio a todas las naciones; y entonces vendrá el fin» Mt. 24: 14.

Por lo antes dicho, el ser humano es responsable de lo malo que hace, lo cual sí determina el rechazo al evangelio y lo cual juntamente con la incredulidad, y con la predicación del evangelio, pueden traer con prontitud el fin del mundo. El hombre incide en tal momento, por la maldad que hace, y por la predicación de esa oportunidad que Dios da.

El apóstol Pedro, nos habla de la paciencia de Dios, como manera de que el hombre pueda salvarse del castigo eterno. El escribió: «El Señor no retarda su promesa, según algunos la tienen por tardanza, sino que es paciente para con nosotros, no queriendo que ninguno perezca, sino que todos procedan al arrepentimiento» 2Pdro. 3: 9.

El mundo se va acabar, talvez en este siglo, pero Jesucristo dejó bien claro de que el ser humano, no lo terminará, ni siquiera sabe cuándo esto sucederá. Nadie lo sabe ni lo sabrá. Jesucristo dijo: «El cielo y la tierra pasarán, pero mis palabras no pasarán, pero del día y la hora nadie sabe, ni aun los ángeles de los cielos, sino sólo mi Padre» Mt. 24:35, 36.

Por consiguiente, le queda a ser humano portarse bien, creyendo y obedeciendo la voluntad de Dios, para que el mundo dure más. Dios siempre ha reaccionado cuando la maldad ha llegado a su último límite, así pasó con el mundo de los tiempos de Noé, con Sodoma y Gomorra y con el pueblo egipcio en tiempo del Faraón y Moisés, entre otros momentos. Queda ahora, ser sabios y acongernos a hacer la voluntad de nuestro Creador y del Señor Jesucristo.

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Lobby haitiano intenta desacreditarnos

Por JOSE LOIS MALKUN

Los activistas, cabilderos, ONGs y diplomáticos haitianos siguen promoviendo en grandes titulares su campaña de descrédito contra República Dominicana a nivel internacional.

Las balas no matan salvo que la pongas en un arma y dispares. ¿Y de donde provienen esas armas que poseen las bandas haitianas?  De Estados Unidos, donde comprar armas es tan fácil como comprar un helado de chocolate en Santo Domingo.

Que aparecieran balas de diferentes calibres en Haití que fueron obtenidas de República Dominicana, posiblemente almacenadas hace décadas, no es novedad entre países vecinos cuando uno de ellos está en guerra.

Entre Colombia y Venezuela, Perú y Bolivia, Uruguay y Argentina y entre El Salvador, Nicaragua y Guatemala en Centroamérica, las armas cruzaban fronteras a diario para abastecer a los movimientos guerrilleros. Lo mismo sucede en México con los narcotraficantes.

¿Pero de dónde venían esas armas? Mayormente de Estados Unidos que los gobiernos le compraban para sus militares y los intermediarios para las guerrillas. ¿Cuántas armas entraron a Nicaragua para los contras con el desvío de fondos que hacía el coronel Oliver North? Miles de armas que terminaron en manos de los sandinistas.

Los lobbistas haitianos no pierden oportunidad para jodernos y ahora se habla más de las balas que de las armas. Dan cifras que no sé de dónde salen sobre más de 900 mil balas vendidas a la banda de los 400Mawozos que coinciden con las utilizadas por las fuerzas de defensa de República Dominicana. ¿La contaran una por una? ¿O la magnificaron para dañar la reputación del país y sus militares?

No tengo dudas de que se hayan vendido balas y armas a las bandas haitianas desde República Dominicana. Pero abastecer de armamento a más de 200 pandillas con miles, de miembros, sólo puede provenir de un solo lugar y no de nuestro país.

De Florida

Las principales fuentes consultadas al respecto señalan que casi todas las armas que poseen las bandas terroristas provienen mayormente desde varios puertos de la Florida y llegan a Haití a través del mar, por vía aérea en aviones que aterrizan en áreas rurales y por tierra, usando a la República Dominicana como tránsito y posiblemente escondidas en furgones llenos de alimentos. También llegan de Bahamas, Jamaica y otras islas del Caribe.

Con la corrupción imperante en Haití y la profunda descomposición política, social e institucional, hay oligarcas haitianos y miembros del gobierno que financian esas armas para su propio interés político y protección. Muchos de los candidatos a la presidencia de Haití tienen alianzas con algunas de las bandas.

El gobierno de Haití, recientemente, prohibió la entrada de mercancía por la frontera, no producida en República Dominicana. Es posible, que en muchos furgones en tránsito hacia Haití se escondieron armas y municiones de todos los calibres detrás de sacos de arroz, frijoles, ropa, etc.

Definitivamente hay una alianza criminal entre las bandas terroristas, la oligarquía, organizaciones no gubernamentales, funcionarios del gobierno, y candidatos políticos. Y todos tienen un objetivo común: Desprestigiar y joder, como sea posible, a Republica Dominicana.

De todas formas, las autoridades dominicanas deben abrir una investigación sobre el tráfico de esas municiones hacia Haití.

jpm-am

Francia intercepta un petrolero de la «flota fantasma» rusa

PARÍS.- Las autoridades de Francia han anunciado el abordaje de un buque de la denominada «flota fantasma» de Rusia cerca de la isla de Reunión, situada en el océano Índico, al este de Madagascar. El petrolero, identificado como «DF Peak», está siendo investigado por supuestamente «navegar con pabellón falso» y transportar combustible de forma irregular.

«Francia está decidida a luchar contra la ‘flota fantasma’ en todo el mundo», afirmó el presidente francés, Emmanuel Macron, en un mensaje en redes sociales, en el que precisó que el abordaje tuvo lugar el lunes «a más de 450 millas náuticas (alrededor de 833 kilómetros) al sur de Reunión».

«Nuestra Marina Nacional interceptó el petrolero ‘DF Peak’, sospechoso de navegar bajo pabellón falso e implicado en actividades ilícitas de transporte de combustible», detalló, al tiempo que subrayó que «esta acción, llevada a cabo de conformidad con el Derecho Internacional del Mar, demuestra la determinación de hacer respetar la legalidad y de luchar contra todo tipo de tráfico ilícito, dondequiera que se produzca».

EL BUQUE ES ESCOLTADO PARA VERIFICACIONES

En la misma línea, la ministra de Defensa francesa, Catherine Vautrin, felicitó a las Fuerzas Armadas por la operación y agregó que «el buque está siendo escoltado» para «continuar las verificaciones, bajo autoridad del prefecto de Reunión».

«El Derecho Internacional no es una opción», argumentó en un mensaje publicado en redes sociales.

«Nuestras Fuerzas Armadas están plenamente movilizadas para hacerlo respetar y luchar contra las actividades ilícitas en el mar», concluyó Vautrin, sin que las autoridades de Rusia se hayan pronunciado por ahora sobre el abordaje del «DF Peak», cuya carga no ha trascendido.

Kremlin niega vínculo entre acuerdo diésel y paz en Ucrania

MOSCÚ.- El Kremlin ha negado este lunes «una conexión directa» entre el acuerdo alcanzado con Estados Unidos sobre el suministro de diésel ruso y las conversaciones para intentar lograr un acuerdo de paz en Ucrania, y ha destacado que el pacto con Washington, anunciado el viernes, es «mutuamente beneficioso» para ambos países y para «los mercados energéticos globales».

«No veo ninguna conexión directa», afirmó el portavoz del Kremlin, Dmitri Peskov, quien subrayó que el acuerdo anunciado por Donald Trump «es un aspecto mutuamente muy beneficioso de la cooperación ruso-estadounidense», según recogió la agencia rusa Interfax.

«Satisface los intereses de Estados Unidos, los de los mercados energéticos globales y los de Rusia. Por eso tiene lugar», destacó, al tiempo que apuntó que los contactos «siguen en marcha» en lo relativo a un alto el fuego con Ucrania en los ataques contra infraestructura energética, igualmente anunciado por el inquilino de la Casa Blanca.

SUMINISTRO DE 300.000 TONELADAS Y CRÍTICAS DE KIEV

Trump anunció el viernes un acuerdo con su homólogo ruso, Vladímir Putin, para que Rusia suministre «inmediatamente» más de 300.000 toneladas de combustible diésel al mercado estadounidense y global, un pacto que prevé el suministro de «otras 500.000 toneladas durante el mes de noviembre y 1.000.000 de toneladas inmediatamente después».

El presidente ucraniano, Volodímir Zelenski, ha criticado el acuerdo y ha señalado que se trata de un «regalo» para que Rusia financie el conflicto iniciado en febrero de 2022, cuando Putin firmó una orden para invadir el país, sin que por ahora los esfuerzos internacionales de mediación hayan derivado en un acuerdo de paz que ponga fin a las hostilidades.

China condena a muerte a tres dirigían red estafas telefónicas

PEKÍN.- La Justicia de China ha condenado este martes a pena de muerte a tres hombres acusados de formar parte de una banda criminal dedicada al fraude telefónico que opera desde territorio birmano.

Un tribunal de la ciudad de Quanzhou, en la provincia de Fujian, impuso además cadena perpetua a otras tres personas por el mismo caso, mientras que otras 55 fueron sentenciadas a penas de entre tres y 24 años de cárcel, según informó la agencia estatal Xinhua.

Los condenados a la pena capital fueron identificados como Wei Huairen, Chen Dawei y Liao Jingfang. De acuerdo con la corte, el grupo está implicado en otros delitos como tráfico de drogas, prostitución, explotación de casinos ilegales, estafas telefónicas e incluso el asesinato de dos ciudadanos chinos.

La sentencia se enmarca en el aumento de la cooperación entre China y varios países del sureste asiático para desmantelar redes de fraude, especialmente las asentadas en territorio birmano y cuyas principales víctimas son ciudadanos chinos.

Ucrania asegura lleva 2 días sin atacar plantas energéticas Rusia

KIEV.- El presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, aseguró este martes que las Fuerzas Armadas ucranianas llevan dos días sin lanzar ataques contra refinerías o instalaciones del sector energético ruso, en respuesta al anuncio de un alto el fuego energético por parte del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y denunció que Rusia ha continuado con sus bombardeos contra este tipo de objetivos.

«Ucrania no ha llevado a cabo ataques contra refinerías de petróleo rusas ni contra el sector energético en general durante los dos días transcurridos desde que el presidente estadounidense anunció una tregua energética», afirmó, antes de resaltar en un mensaje publicado en redes sociales que «Rusia no atendió» a Trump.

Según Zelenski, durante ese periodo las fuerzas rusas han continuado atacando «instalaciones energéticas» e «infraestructura crítica» en Ucrania, lo que equivale a «enviar señales inequívocas de que no tiene intención de abstenerse de atacar a Ucrania».

«Un total de 19 provincias de nuestro país han sido objeto de ataques tan solo en estos dos días», lamentó.

UCRANIA RECLAMA PRESIÓN SOBRE RUSIA

«Nuestra postura permanece sin cambios: Ucrania está dispuesta a adoptar medidas recíprocas para la desescalada, pero se requiere ejercer una presión efectiva sobre Rusia para lograrla», explicó el mandatario.

«Las guerras terminan cuando el agresor se da cuenta de que no puede prolongar el conflicto», sostuvo Zelenski, quien recalcó que «la presión global sobre Rusia contribuye exactamente a acercar la paz».

«Sin embargo, el apoyo, directo o indirecto, a Rusia, el retraso en la ayuda a Ucrania y el obstaculizar la protección de vidas frente a los misiles balísticos ciertamente no ayudarán a alcanzar la paz», criticó.

«Todos necesitan la paz. Se requieren un Estados Unidos fuerte, una Europa fuerte y socios fuertes. Gracias a todos los que realmente están ayudando», concluyó.

TRUMP VE MAYOR DISPOSICIÓN EN PUTIN QUE EN ZELENSKI

Trump, que anunció el domingo un «alto el fuego para la energía» con efecto inmediato en la guerra entre Ucrania y Rusia, por el que ambas partes renunciarían a atacar las instalaciones petroleras y eléctricas de la otra, defendió el lunes que percibe una mayor disposición en su homólogo ruso, Vladímir Putin, que en Zelenski para alcanzar un acuerdo de paz.

Preguntado sobre las denuncias de Kiev de que Rusia ha violado la tregua acordada para frenar las agresiones contra infraestructuras energéticas, Trump insistió en que ambas partes aceptaron el compromiso e instó al Gobierno de Kiev a centrarse en el diálogo.

«Lo que está pasando es que él (Putin) quiere llegar a un acuerdo, y tenemos que conseguir que Zelenski quiera hacer un trato», remachó.

EU declara una emergencia para la red eléctrica en 13 estados

WASHINGTON.- El secretario de Energía de EE.UU., Chris Wright, emitió este lunes una orden de emergencia para la red eléctrica en 13 estados y Washington D.C. La medida entró en vigor este martes y durará hasta el 16 de octubre.

La emergencia se produce tras una solicitud presentada por PJM Interconnection, empresa regional de transmisión que coordina la red eléctrica mayorista en 13 estados y el Distrito de Columbia. Según el comunicado, las causas de solicitud son un aumento repentino en la demanda de energía eléctrica, una escasez de energía o de instalaciones para la generación o transmisión de energía eléctrica.

Los estados afectados son Delaware, Illinois, Indiana, Kentucky, Maryland, Míchigan, Nueva Jersey, Carolina del Norte, Ohio, Pensilvania, Tennessee, Virginia y Virginia Occidental.

«Esta orden ayudará a garantizar que millones de familias y empresas estadounidenses de la región del Atlántico Medio tengan acceso a una electricidad asequible, fiable y segura, al poner a disposición —para su uso según sea necesario— capacidad adicional de generación de energía, incluida energía de respaldo», declaró Wright.

Ocupan 46.9 millones fármacos e insumos médicos ilegales SDE

Santo Domingo, 12 oct (EFE).- Autoridades incautaron 46,957,123 unidades de fármacos e insumos médicos ilegales, con un valor estimado de 531,993,450 pesos, al desmantelar en Santo Domingo Este una red dedicada al almacenamiento y comercialización de contrabando de este tipo de productos, informó este lunes el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.

La mercancía fue incautada con el apoyo de la Procuraduría General de la República (PGR), la Dirección Central de Inteligencia Delictiva de la Policía Nacional (Dintel), la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps) y el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles y Comercio de Mercancías (Ceccom).

Las operaciones se realizaron en los sectores Los Tres Ojos y Los Frailes II, en el municipio de Santo Domingo Este, donde se incautaron fármacos vencidos, falsificados, adulterados y sin registro sanitario, además de insumos médicos como guantes, mascarillas, batas, jeringas y fajas.

AMENAZA DE ALTA GRAVEDAD PARA LA SALUD

En Los Tres Ojos la red utilizaba una vivienda de dos niveles para almacenar ilegalmente los fármacos e insumos, explicó el ministerio en un comunicado.

Para el traslado del «inmenso» decomiso hacia la sede central del Ceccom las autoridades utilizaron dos furgones de 45 pies, un camión de 22 pies y seis camionetas.

Las mercancías eran comercializadas de contrabando, lo que, de acuerdo con el ministerio, suponía una «amenaza de alta gravedad» para la salud pública de la ciudadanía, así como una evasión fiscal en perjuicio del Estado dominicano.

an/am

Otro terremoto magnitud 6,4 grados sacude sur de Panamá

PANAMÁ.- Un terremoto de magnitud 6,4 en la escala abierta de Richter sacudió en las últimas horas el sur de Panamá, en medio del estado de emergencia decretado tras el seísmo de magnitud 7,2 registrado el viernes, que dejó cerca de 30 heridos y numerosos daños materiales.

El Instituto de Geociencias de la Universidad de Panamá señaló en un comunicado que el epicentro estuvo ubicado unos 29 kilómetros al noreste del Parque Nacional Coiba, con hipocentro a unos dos kilómetros de profundidad.

El temblor forma parte de las decenas de réplicas registradas a raíz del terremoto del viernes, que llevó al presidente panameño, José Raúl Mulino, a decretar un día después el estado de emergencia para coordinar la entrega de ayuda y las labores de reconstrucción.

SUSPENDEN CLASES EN TODO EL PAÍS

El Ministerio de Educación anunció la suspensión de clases durante la jornada del lunes «en todos los centros educativos oficiales y particulares del país» para permitir «las inspecciones tras el sismo y sus réplicas» y analizar los daños materiales.

«Esta medida preventiva tiene como prioridad salvaguardar la integridad física de los estudiantes, docentes, personal administrativo y demás miembros de la comunidad educativa», afirmó en un mensaje en redes sociales, en el que añadió que «actuar con prudencia y mantener la calma es fundamental».

38.000 AFECTADOS Y ALERTA DE UNICEF

En este contexto, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) resaltó este martes que unas 38.000 personas, entre ellas 8.300 niños y adolescentes, necesitan ayuda humanitaria a causa del seísmo, que ha causado daños en viviendas, escuelas, centros de salud e infraestructuras críticas de agua y transporte, especialmente en las provincias de Veraguas, Coclé, Herrera y Los Santos.

«Tres días después del terremoto, los niños, niñas y las familias siguen experimentando miedo y angustia debido a las continuas réplicas. Miles de niños y niñas de las comunidades más afectadas han visto interrumpido su acceso a servicios esenciales, como el agua potable y la educación», dijo la representante del organismo en Panamá, Olga Isaza.

«UNICEF está trabajando estrechamente con el Gobierno de Panamá y sus aliados para apoyar a los niños, niñas y familias afectadas», señaló Isaza, en un momento en el que la educación se ha visto interrumpida por los daños sufridos por más de 650 centros educativos.

El organismo destacó además que desde el terremoto ha desplegado varias carpas de más de 70 metros cuadrados «para apoyar la continuidad de los servicios de salud en instalaciones afectadas», mientras ha puesto a disposición de las autoridades sanitarias otras 16.

Asimismo, analiza el acceso al agua potable y al saneamiento, los daños en las escuelas y las necesidades educativas, y hace seguimiento de los riesgos para la protección de la infancia derivados de los desplazamientos y del impacto emocional.

Por ello, subrayó que, en coordinación con el Gobierno y sus socios humanitarios, ha ampliado su respuesta de emergencia y necesita «urgentemente» 2,5 millones de dólares (unos 2,2 millones de euros) para apoyar la asistencia vital y las labores de recuperación temprana.

Jurisprudencia sobre la notificación en el extranjero

La notificación de documentos procesales, de la sentencia recurrida o del emplazamiento con motivo de un recurso de casación a una persona residente en el extranjero debe cumplir una serie de formalidades y requisitos para que el acto de notificación sea considerado válido y eficaz.

De conformidad con el artículo 69, párrafo 8, del Código de Procedimiento Civil dominicano, a las personas que se encuentren domiciliadas en el extranjero se las emplazará en el domicilio del fiscal del tribunal que deba conocer de la demanda. El fiscal visará el original y remitirá la copia al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ahora bien, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Tribunal Constitucional (TC), el depósito en el expediente judicial del acto de notificación visado por el fiscal o por la Procuraduría General de la República, según corresponda, no satisface por sí solo todos los requisitos necesarios para acreditar la validez de la notificación dirigida a una persona residente en el extranjero.

En ese sentido, y retomando el ejemplo del recurso de casación, para que el emplazamiento de una persona física o jurídica domiciliada en el extranjero se considere válido, conforme al criterio jurisprudencial de la SCJ, es preciso depositar constancia de que se realizaron las diligencias procesales necesarias para tramitar el acto. Esto comprende las actuaciones de la Procuraduría General de la República, del Ministerio de Relaciones Exteriores y, especialmente, del consulado dominicano correspondiente al lugar de destino de la notificación.

Este criterio fue reiterado en la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1311, del 29 de abril de 2022, dictada por la Primera Sala de la SCJ. En ella se declaró inadmisible un recurso de casación en cuyo expediente la parte recurrente solo había depositado el acto de emplazamiento visado por la Procuraduría General de la República, sin aportar constancia de su tramitación desde esa institución al Ministerio de Relaciones Exteriores, de este al consulado correspondiente y, finalmente, del trámite consular dirigido a la persona destinataria de la notificación.

En esas circunstancias, no se acreditó que el acto hubiera sido recibido materialmente por su destinatario ni, por consiguiente, que se hubiera garantizado el ejercicio del derecho de defensa y el debido proceso.

El criterio expuesto en esa sentencia fue examinado por el Tribunal Constitucional en la Sentencia TC/0308/24, del 19 de agosto de 2024, que rechazó el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto contra el fallo dictado por la SCJ.

Por su parte, mediante la Sentencia TC/0420/15, del 29 de octubre de 2015, el Tribunal Constitucional anuló la Sentencia núm. 389, del 26 de junio de 2013, dictada por la Tercera Sala de la SCJ. El TC consideró que esta había otorgado validez y eficacia a una notificación dirigida a una persona residente en el extranjero sobre la base de un oficio remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Consulado dominicano en Nueva York, sin comprobar que el destinatario hubiera recibido efectivamente el acto de notificación.

Al respecto, el Tribunal Constitucional señaló que «los propios precedentes establecidos por la Suprema Corte de Justicia se manifiestan en términos categóricos y claros en el sentido de que la notificación en el extranjero solo puede ser válida y eficaz si se verifica que la persona domiciliada en el extranjero efectivamente ha recibido la documentación que le ha sido remitida».

Consulados

En otro caso, mediante la Sentencia TC/0296/18, del 31 de agosto de 2018, el Tribunal Constitucional anuló una sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia que había otorgado validez a una notificación realizada por el Consulado dominicano en Chicago mediante correo certificado, sin que constara la autorización requerida de la persona destinataria o de su representante legal.

El TC consideró que se había vulnerado la Ley núm. 716, sobre Funciones Públicas de los Cónsules Dominicanos, del 19 de octubre de 1944, que regula, entre otros aspectos, el procedimiento para la notificación de actos de alguacil a personas domiciliadas fuera de la República Dominicana. En consecuencia, determinó que se habían vulnerado el debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa de la persona a quien debía notificarse el acto.

En la motivación de esa decisión, el Tribunal Constitucional explicó que la referida ley atribuye a los funcionarios consulares la obligación de notificar los actos de alguacil a las personas que «se encuentren radicadas dentro de sus respectivas jurisdicciones y, por demás, dar constancia de su actuación cuando recibieren tal encargo».

Asimismo, indicó que, una vez recibido el acto que debe notificarse, los funcionarios consulares deben procurar que el destinatario comparezca en la oficina consular. Si esto no fuera posible, deben trasladarse a su residencia, siempre que esta no se encuentre a más de cincuenta kilómetros de dicha oficina. La normativa también permite remitir los actos de alguacil por correo certificado, siempre que exista autorización expresa del destinatario o de su representante legal.

Adicionalmente, el TC determinó que en el expediente no figuraba documento alguno que permitiera comprobar que la correspondencia había sido recibida debidamente.

Cabe señalar que la SCJ, mediante la Sentencia núm. 2, del 6 de septiembre de 2000, al referirse al ordinal 8 del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, expresó lo siguiente:

«Considerando, que si bien el citado artículo establece el mecanismo legal para canalizar el emplazamiento o cualquier otra notificación dirigida a una persona residente, o domiciliada en el extranjero, es de buen derecho que cuando el acto no ha sido recibido por su destinatario, independientemente del motivo que haya provocado esa situación, lo cual indica que no se ha cumplido con el voto de la ley, la persona a requerimiento del cual se notifica el acto procesal no puede prevalerse de esa circunstancia, cuando, como en el caso, se ha comprobado que los funcionarios encargados de hacer llegar el acto a su destinatario, no hicieron las diligencias necesarias para lograr que se cumpliera esa condición esencial para su validez».

De lo anterior se desprende que, conforme al criterio jurisprudencial citado, la validez y eficacia de la notificación de una persona o empresa domiciliada en el extranjero exige que se acredite el cumplimiento de las diligencias correspondientes y, en los términos establecidos por los precedentes aplicables, la recepción efectiva del acto por su destinatario.

En conclusión, de la jurisprudencia examinada se desprende que, para considerar válida y eficaz la notificación o el emplazamiento de una persona física o jurídica domiciliada en el extranjero —y determinar, en consecuencia, si pueden comenzar a correr los plazos procesales respecto de ella—, no basta con depositar el acto visado por la fiscalía correspondiente o por la Procuraduría General de la República, según proceda.

Tampoco resulta suficiente, por sí solo, aportar el oficio mediante el cual el acto se remite al Ministerio de Relaciones Exteriores ni el oficio de este último dirigido al consulado correspondiente. Es necesario acreditar el cumplimiento de las diligencias de notificación y, conforme al criterio jurisprudencial expuesto, aportar la constancia consular que permita comprobar que el acto llegó a su destinatario o que le fue notificado en su domicilio.

Asimismo, cuando la notificación consular se realice mediante correo certificado, debe acreditarse que se obtuvo previamente la autorización expresa del destinatario o de su representante legal, en los términos exigidos por la Ley núm. 716, sobre Funciones Públicas de los Cónsules Dominicanos, del 19 de octubre de 1944.

También debe incorporarse al expediente la constancia de recepción de la notificación por su destinatario. Estas formalidades revisten especial importancia cuando la parte requirente alega ante el órgano jurisdiccional la inactividad o inercia de su contraparte por no haber realizado actuaciones procesales, pese a sostener que esta fue debidamente notificada o emplazada.

jpm-am