BARAHONA: Presidente Medina asiste a ordenación de nuevo obispo

BARAHONA, República Dominicana.- El presidente Danilo Medina asistió este sábado a la ordenación episcopal de monseñor Andrés Napoleón Romero Cárdenas, nuevo obispo para la diócesis de esta provincia.

Durante la ceremonia, encabezada por el cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez, Arzobispo Metropolitano de Santo Domingo y celebrada en el Palacio de los Deportes de aquí, monseñor Romero Cárdenas dijo que recibió con asombro y gratitud la designación hecha por el papa Francisco.

Agradeció al presidente Danilo Medina y a sus padres, hermanos y a las personalidades de San Francisco de Macorís por asistir a su ordenación episcopal.

De igual modo, dio las gracias al pueblo de Barahona por la forma en que lo acogió y el afecto demostrado. Destacó el trabajo arduo, dinámico y efectivo que desarrolló en esta comunidad el obispo emérito monseñor Rafael Leónidas Felipe Núñez.

Durante la celebración eucarística monseñor recibió el libro de los evangelios, el anillo episcopal, la imposición de la mitra, el báculo pastoral y la cátedra, de parte del cardenal López Rodríguez, elementos que lo consagran como obispo de Barahona.

López Rodríguez resaltó la capacidad del nuevo prelado y pidió a los miembros de la diócesis de Barahona y a los feligreses colaborar con el obispo.

Monseñor Romero Cárdenas, quien hasta ahora se desempeñó como párroco de la catedral Santa Ana en la diócesis de San Francisco de Macorís, sustituye a monseñor Rafael Leónidas Felipe Núñez.

En el acto estuvieron presentes los ministros administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta; de Industria y Comercio, José del Castillo Saviñón; el gobernador provincial, Pedro Peña Rubio; el senador Amílcar Romero; el administrador del Banco de Reservas, Enrique Ramírez Paniagua; los asistentes del jefe de Estado, Carlos Pared Pérez y Robert De la Cruz, así como obispos de otras provincias, feligreses, amigos y relacionados a Romero Cárdenas.

an/am

Comcast confirma que no comprará Time Warner Cable por vulnerar la libre competencia

Comcast, operador del mayor sistema de televisión por cable de Estados Unidos, ha confirmado en un comunicado que ha descartado la compra de su mayor competidor, Time Warner Cable, que anunció en febrero de 2014.

El consejero delegado y presidente de la compañía, Brian L. Roberts, ha dicho que la empresa «sigue su rumbo» después de que el Gobierno estadounidense no diera el visto bueno al acuerdo de compra por vulnerar la libre competencia en el país.

De esta manera, la compañía ha puesto fin a una operación valorada en 45.200 millones de dólares (unos 41.600 millones de euros al cambio actual) y que hubiese supuesto la unión entre las dos operadoras de televisión por cable más importantes del país.

De haberse cerrado la adquisición, Comcast habría pasado a controlar alrededor del 30% del mercado de la televisión de pago por suscripción en EE.UU., así como entre el 35% y el 50% del servicio de internet de banda ancha.

El Departamento de Justicia de EE.UU. celebra la decisión

Por su parte, el Departamento de Justicia de EE.UU. -cuya división de libre competencia se opuso desde un primer momento a la fusión– ha celebrado la decisión de Comcast a través de un comunicado en el cual, el fiscal general, Eric Holder, ha dicho que es «la mejor resolución para los consumidores estadounidenses«.

«Esta es una victoria no solo para el Departamento de Justicia, sino también para los proveedores de contenido y servicios de streaming (transmisión de vídeo en banda ancha) que trabajan por aportar productos innovadores a consumidores en EE.UU. y en todo el mundo», ha explicado Holder.

Mientras, el presidente de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC por sus siglas en inglés), Tom Wheeler, ha remarcado en una nota que «hoy en día, existe un mercado de vídeo online que ofrece nuevos modelos de negocio y mayores oportunidades de elección al consumidor y esta fusión hubiera supuesto un riesgo inaceptable a la competencia e innovación«.

El Departamento de Justicia había expresado a Comcast su temor a que la operación perjudicase la libre competencia en el mercado, mientras que la FCC indicó que estaba evaluando si la adquisición se produciría en favor del interés general.

Invertirán US$91 millones en dos nuevos hoteles en Uvero Alto

SANTO DOMINGO.- La Corporación Internacional Karisma Hotels & Resorts informó que construirá dos nuevos hoteles en Uvero Alto, Punta Cana, República Dominicana, con una inversión de 91 millones de dólares.

Rafael Félix, presidente ejecutivo de la corporación hotelera, hizo el anuncio luego de reunirse con el presidente Danilo Medina en el Palacio Nacional. Explicó que los hoteles tendrán 463 habitaciones y elevarán la oferta dominicana.

Precisó que el primer hotel es producto de una alianza estratégica entre Tui Travel, una de las compañías turísticas más grandes del mundo y un segundo, el Nickelodeon, será el primero de esa reconocida marca fuera de Estados Unidos.

Explicó que el proyecto completo constará de 11 restaurantes, parque acuático, casino, discoteca, entre otras facilidades para disfrute de los turistas.

Un dominicano que regresa a invertir

Precisó que como “dominicano, fundador de una empresa que tuvo su origen en el país, es de mucho orgullo poder regresar a nuestro país de origen para ofrecer  a los dominicanos y a los turistas extranjeros la oportunidad de experimentar vacaciones al estilo Karisma y muy a la Nickelodeon”.

El empresario turístico dominicano habló en rueda de prensa en el salón Orlando Martínez del Palacio Nacional, en compañía del subdirector de la corporación Jorge Félix Guzmán y el administrador del Banco de Reservas, Enrique Ramírez.

Banreservas financiará 51 millones de dólares

Ramírez informó que el Banco de Reservas, a través de su unidad de Desarrollo y Apoyo al Turismo, financiará 51 millones de dólares.

Dijo que con ese financiamiento se atraerá a un grupo que no tenía operaciones hoteleras en República Dominicana.

Agregó que serán hoteles de lujo con todo incluido “lo cual viene a robustecer la oferta y diversidad del tipo de paquetes que la República Dominicana está ofreciendo en el momento”.

 Grupo hotelero opera en varios países

El grupo hotelero tiene presencia en la Riviera Maya, donde opera hoteles de lujo; así como en Jamaica, Croacia y Colombia. Tiene más de 5 mil empleados y manejan las marcas Dorado Resort, Karisma Adriatic y Hidden Beach.

La democracia y los partidos

Desde Platón hasta nuestro tiempo, cientos de autores han dejado impresas sus definiciones de democracia, algunos de ellos de forma tan sencilla y abarcadora como la de Abraham Lincoln, quien el 19 de noviembre de 1863, en su dedicatoria del Cementerio Nacional de Gettysburg, la definió como “un gobierno del pueblo, por el pueblo, para el pueblo”.

A propósito de darle respuesta a la interrogante ¿qué es la democracia? Ronald Dworkin señala lo siguiente: “Las dos concepciones de la democracia que están en pugna son las siguientes: Según la concepción mayoritaria, la democracia es el gobierno de la voluntad de la mayoría, es decir, el gobierno de acuerdo con la voluntad del número mayor de personas expresada en elecciones con sufragio universal o casi universal…

Sin embargo, según la concepción opuesta de la democracia, la concepción asociativa, democracia significa que las personas se gobiernan a sí mismas cada cual como asociado de pleno derecho de una empresa política colectiva, de tal manera que las decisiones de una mayoría son democráticas solo si cumplen ciertas otras condiciones que protegen la condición y los intereses de cada ciudadano en tanto asociado de pleno derecho de esa empresa”.

En lo referente a las formaciones políticas dominicanas, podemos afirmar que éstas se alejan cada día más de ambas concepciones, tomando en consideración que desconocen,  en muchas ocasiones, la decisión mayoritaria de sus bases y actúan solo para provecho de los intereses de sus cúpulas, en lugar de los de todos sus dirigentes y militantes.

Con su visión realista sobre la práctica de la democracia interna en los partidos políticos, Robert Michels examinó que: “…En la historia de la vida del partido es innegable que el sistema democrático se reduce, en último análisis, al derecho de las masas a elegir, con intervalos preestablecidos, amos a quienes en el ínterin deben obediencia incondicional”.

Para medir el grado de democracia interna en la vida de un partido político se deben tomar en consideración elementos tales como: 1) la libertad de expresión de sus miembros; 2) la libertad de participación en las tomas de decisiones; 3) la celebración de elecciones en períodos pre-establecidos para la escogencia de los cargos de dirección; 4) la libertad de elegir y ser elegido en los cargos de dirección; 5) la libertad de elegir y ser elegido para las candidaturas a los cargos de elección popular a través de procesos competitivos y equitativos; y 6) la reunión de sus organismos dentro de los plazos establecidos en los estatutos y la rendición de cuenta a los miembros, tanto por parte de los directivos como de los funcionarios que ocupen cargos de elección popular.

Como puede apreciarse, ninguna de nuestras organizaciones políticas califican para ser consideradas como democráticas, y para llegar a serlo no es suficiente con aprobar una Ley de Partidos.

Si queremos superar el comportamiento antidemocrático de sus élites, en lugar de crearnos falsas expectativas en torno a la esperada legislación, debemos empezar por construir, para evitar su colapso, una cultura democrática a lo interno de los partidos y de toda la sociedad.

Los 50 años de la revuelta de abril

Este 24 de abril se conmemoró el 50 aniversario del estallido de la insurrección popular de 1965, uno los contecimientos históricos de mayor importancia y significación en la historia política moderna de la República Dominicana.

Este hecho es el resultado directo de la violación de las libertades y el derecho del pueblo dominicano de darse su propio camino. El golpe de estado en contra del gobierno del profesor Juan Bosch, en septiembre de 1963, es la causa principal que llevó al estallido de la revolución. 
 
Con ese golpe, perpetrado por los sectores más conservadores de la sociedad dominicana, se destruía la posibilidad de que nuestro pueblo caminara con orgullo y dignidad por un sendero democrático, lleno de libertades y de progreso, después de la pesadilla de los 31 largos años de la tiranía trujillista.El profesor Juan Bosch y su gobierno eran, en ese entonces, un respiro democrático y un despetar de esperanzas para la población. Su derrocamiento abrió el camino del enfrentamiento y de la guerra, primero entre hermanos dominicanos, y luego una guerra patria para enfrentar la segunda intervención militar nortemericana del siglo XX.
En este 50 aniversario de esa epopeya popular y patriótica, es necesario destacar las principales lecciones y enseñanzas que se pueden extraer de esa jornada donde el pueblo dominicano demostró por nueva vez que «si fuere mil veces esclavo, otras tantas ser libre sabrá».

La primera gran enseñanza de la revolución de abril es que nuestro pueblo siempre está dispuesto a defender «a golpes de heroísmo», su derecho a la libertad y a la autodeterminación. Son muchas las anécdotas de los hombres y mujeres del pueblo que, llenos de una profunda fe en su patria, se entregaron y lucharon con valentía y heroísmo por el rescate de la institucionalidad perdida y en contra de las tropas interventoras que mancillaron la soberanía nacional.

La segunda gran enseñanza es que cada proceso genera sus líderes, a veces de manera sorpredente. Los coroneles Rafael Tomás Fernández Dominguez y Francisco Alberto Caamaño Deño, dos de los  principales líderes militares de la gesta de abril, eran ambos hijos de dos oficiales trujillistas, se habían formado al amparo de la dictadura, pero su contacto con las masas y su visión progresista de los acontecimientos, los llevaron a actuar a favor de su pueblo y alcanzar la dimensión de héroes nacionales.

La tercera gran enseñanza es que, cuando el amor a la patria llena los corazones de un pueblo y la razón histórica está de su lado, no existe fuerza en el mundo que pueda vencer a ese pueblo que «ha dicho basta y ha echado a andar».

El pueblo dominicano, sin muchas armas, ni muchos pertrechos, ni gran logística moderna,   pero con una profunda fe en su causa y con miles de hombres y mujeres dispuesto a todo, frenó por varios meses al ejército interventor norteamericano, uno de los más poderosos y abusivos de la tierra, y aunque no lo derrotó, por lo menos le obligó a pactar.

Abril de 1965 es un referente de la dimensión patriótica de los dominicanos. Es un camino a seguir, ajustado a las nuevas realidades. Es un compromiso para nunca permitir que los malos dominicanos dirijan nuestra patria y muchos menos que invasores extranjeros quieran imponer sus designios.

Abril de 1965 es un referente, es un modelo, es una guía para siempre amar a nuestra patria y defenderla. Y para construir, llenos de fe, un futuro donde el respeto y el amor por los demás sea una norma y un ejemplo para todos.

Una cosa es con violín y otra con guitarra

Como bien dice el refranero, “una cosa es con violín y otra con guitarra’’ y esta sabia filosofía popular hoy le sirve como anillo al dedo al Partido de la Liberación Dominicana PLD, puesto que indudablemente y por mucho esfuerzo que se haga para ocultarlo, su unidad interna está acremente resquebrajada.

El PLD, partido político al que nadie por mezquindad puede regatearle sus méritos, nos había dado a todos los dominicanos cátedra de unidad y manejo interno de sus conflictos, sin embargo ese gran control de las pasiones, naturales en política, hace rato que ha venido saliéndose del carril de control.

Por qué?. Ah, porque simplemente “una cosa es con violín y otra con guitarra”. Lo que se había vivido en las lides intestinas del PLDísmo era la hegemonía de un grupo que ostentaba el poder absoluto bajo el control absoluto del ex presidente Leonel Fernandez y ahora resulta que el ascenso de Danilo Medina al poder ha engendrado otra tendencia, que aunque ya existía, no tenía el poder que ahora tiene y lo que es peor, dispuesto a usarlo y lo está usando para aplastar al Leon.

Causa hasta provocación y sonrojo, aun a estas alturas escuchar a líderes y dirigentes del PLD empeñados en negar que hay diferencias acidas en el seno de esa organización, es como pretender convencer a todo el mundo de que “el agua no moja y el fuego no quema”, pero no hay forma alguna de tapar el sol con un dedo.

La lucha entre el grupo de Leonel Fernández por lograr su retorno al poder y la franca decisión a todas luces irreversible de Danilo Medina por buscar la reelección, es una realidad con la que tendrá irremediablemente el PLD que lidiar en los días, semanas y meses venideros, puesto que en la historia de la humanidad el hombre lo ha cedido todo, absolutamente todo, menos el poder.

Ahora bien, y a propósito de reelección presidencial, que sepan también los Danilistas, nuevos reeleccionistas, que a ellos también les encaja perfecto el hecho de que, “una cosa es con violín y otra con guitarra”, en el entendido de que se han vuelto ciegos, sordos y mudos, imbuidos por los altos índices de aceptación del presidente Medina en la población, pero parecen olvidar que “una cosa es aceptación y otra es intención de voto”.

La aceptación de un mandatario se basa en cualquier respuesta favorable que se emita sobre éste y dependerá incluso de la pregunta que se le haga  a la gente y como sea formulada la misma, no es lo mismo preguntar por ejemplo: “Que opinión le merece el gobierno de Danilo Medina comparado con sus antecesores Leonel Fernandez e Hipolito Mejia?” que preguntar a un ciudadano “Por quién votaría usted en las elecciones del 2016, una vez estén todos los candidatos oficialmente en las calles buscando el favor popular?.

No pretendemos sin embargo, negar que sea positivo tener los más altos niveles de aceptación de la población, lo que queremos significar es que el que está en el poder siempre cree que todo está muy bien y que todo le es favorable, desde Horacio Vázquez en el siglo XX cuando se amarró a aquella frase reeleccionista y continuista de “Horacio o que entre el mar”, lo cual engendró el ascenso de Trujillo al poder, e igualmente se lo creyó Hipolito Mejia en el 2003 cuando modificó contra viento y marea la constitución para aventurarse a una reelección que solo él y sus más cercanos colaboradores se creyeron que podían ganar y ya sabemos todos como cayó derrotado creando una debacle en el PRD cuyo precio, muy alto, lo ha pagado el pueblo Dominicano cuando salen al conocimiento público todos los desmanes, daños institucionales, la corrupción y los altos niveles de endeudamiento en que ha sometido el PLDísmo a este país.

De manera que, sepan los nuevos reeleccionistas del PLDísmo-Danilismo, que aunque el poder los tenga envalentonados y confiados en que pueden lograr la reelección basados en unos altos niveles de aceptación del presidente, la intención de voto es otra cosa, amén de que faltan 13 meses para las elecciones presidenciales, así que, “una cosa piensa el burro y otra el que lo apareja y, ”una cosa es con violín y otra con guitarra”.

 

La alta resaca de Tino en Juan Dolio

 

«Cuando Tino se acercaba al sitio empezó a sentir angustia».  (Juan Bosch)

Ahora Tino es otro, sabe que las cosas cambian, se transforman y así, a partir de la sentida muerte de un hombre de conocida integridad, un fuerte viento arrastraría a Tino a unos laberintos más malditos que los laberintos de Borges.

A ambos lados del río Bravo se sabe que Tino perdió la ingenuidad en el litoral de la casa de Gobierno, lugar donde aprendió, según se dice, a vivir y compartir con nuevos piratas: economistas, empresarios, publicistas y asesores neoliberales, todos endemoniados y dominados por ansias miserables.

El domingo no era para menos. Aunque Tino es otro, comenzó a sentir angustia; pensó en Daniel Defoe y en su connotado personaje Robinson Crusoe, pero vio una chica canadiense que le animó el alma. No siendo suficiente la sonrisa, Tino volvió a su estado de angustia y cargando la sombra que extrañamente le producía el sitio de Juan Dolio, quería borrarla. Fue imposible y entonces parodiando a Frederick Nietzsche, dijo: «Vosotros miráis a lo alto cuando aspiráis a la elevación. Y yo miro hacia bajo porque estoy alto».

A pesar de lo que dijo, Tino sabía que los números negarían aquella elevación y, en efecto, así fue, sin que tuviera en aquel trance un amigo diplomático de carrera que le ayudara a desistir de la terca ambición. 

En la misma brisa de Juan Dolio, Tino comenzó a beber Carlos I, como lo hacía Trujillo en sus mejores tiempos, blindado por todas las instituciones del Estado y la sociedad civil de aquellos días grises. Cuando Tino olvidó el fantasma de Trujillo sintió en algún momento que la brisa  fresca se transformaba en viento de arrastre y que esa fuerte corriente llegaría al Congreso.

En las afueras de Juan Dolio estaban atentos los otros, los que igual que Tino habían traicionado la isla Esmeralda. Sin embargo, esos otros hacen cuentos de probidades, se visten de hombres honestos y unitarios a pesar de sus viejos esquemas mentales. Aquella tarde el hombre se acercó al balcón del hotel con una expresión en sus ojos como el tono rojo del sol al atardecer.

Y este Tino angustiado se le ve acercarse al balcón con su vista fija en el horizonte como si fuesen dedos tratando de tocar el océano azul; se le oye murmurar la expresión del escritor cubano Agustín Acosta: « ¡Sol, oh sol, oh sol mío! Necesito tu calidad vibración. Tengo enferma la luz de la palabra; de mí sale brumosa y yo la quiero diáfana».

 Y ahora Tino piensa en la espesa bruma de aquellos días en los que el sol le pertenecía sin oportunidad de algún ocaso ostensible; ni el azul del mar de Juan Dolio da poesía porque se ha roto la relación íntima del color y los seres humanos. El color azul para Tino es ahora el de la lejanía y el de la lealtad improbable en un proceso de deserción de algunos connotados compañeros parados frente a Juan Dolio calibrando altura para tratar de seguir en el poder con la reelección.

Pero como en esta reelección no hay en el país un Eduardo Chibás que se dé un tiro moral en la ingle ni que se oponga con vehemencia contra el crecimiento de la corrupción de su propio partido; lo de Juan Dolio es simplemente un pasatiempo para turistas a orilla de una playa en traje de bañistas dándose un remojón de alta política en unas aguas salobreñas no aptas para mendigos; para estos últimos está Boca Chica y la Matica con sus visitantes insólitos buscando otros placeres.

Pero este Tino no quiere oír los cuentos moralizadores de Bosch. En un aparte de aquella reunión reeleccionista en Juan Dolio prefirió leer las narraciones embrujadas del que le levantóؚ la mano en un centro de la Capital para olimpiadas. La mar agitada hizo difícil aquella discusión política, lo que produjo que los convocados encresparan su pelaje.

Mientras adentro sucedía el debacle político, afuera los otros deliberaban sobre la modificación constitucional para acomodar al nuevo líder del partido, a lo que Tino se opone tajantemente por lo que significaría quedar desprotegido en momentos en que el pueblo, la Iglesia y los empresarios se pronuncian contra la corrupción de Estado imperante en el país.

A Tino se le oyó decir entre los dientes: «¡Esta vaina de Félix me jodió la vuelta al poder y me podría causar otros daños! Pero, ¿qué hago? Tengo el poder judicial a mi favor». Por lo menos eso es lo piensa Tino en un exceso de auto confianza. «¿Y el Fiscal del Distrito?», preguntó. «Ese señor  se fue con la reelección», respondió.

Continuando con  esta ironía, Tino olvidó en Juan Dolio que en la medida que su árbol deje de dispensar sombra todo aquel trepador que él hizo rico pronto firmará con la reelección. Y se repetirá la historia, por algo que olvidó Tino: «Nuestra lealtad es para las especies y el planeta. Nuestra obligación de sobrevivir es sólo para nosotros mismos sino también para ese cosmos, antiguo y vasto, del cual derivamos».

Tino no tuvo tiempo de ver la película española de 2004 dirigida por Mario Lidón titulada «Yo, puta», por estar entretenido con sus cortesanos preferidos. Lo de Juan Dolio le tomó un tanto desprevenido. En consecuencia, por estar divirtiéndose con los cuentos de la «nobleza» palaciega Tino no pudo darse cuenta de los varios negocios de la prostitución de la mente y preocupado por lo de Juan Dolio no leyó el libro donde dice que las personas suelen ser infieles aun enamorados de sus parejas y más tratándose de políticos trepadores.

Debo decir, después de lo expresado, que la política está llamada a ser una actividad noble si no fuera por los políticos.

Por otro lado, Tino sabe que no se trata en este caso del personaje del cuento de Bosch; él tiene que defender su territorio político como el soldado que asumimos. Dijo el escritor y periodista inglés Daniel Defoe, mencionado anteriormente en este trabajo, que «La vida de un soldado es la perfecta antítesis de la de un anacoreta y no sé qué otra cosa pudo inspirarme tan gran repugnancia a partirme de allí con el sentimiento que tuve de ello».

Los amigos del Tino angustiado por lo de Juan Dolio parece que al ver el desarrollo final de la reunión en el centro turístico Metro Country Club se resignaron a dejar la iglesia por una capilla, como aquella frase lapidaria que reza: «Allí donde Dios erige una iglesia el demonio siempre levanta una capilla; y si vas a ver, encontrarás que en la segunda hay más fieles».

Lo que olvidó Tino mientras se encontraba en su estado de ostentación despiadada frente a un pueblo indulgente, un pueblo que paga por su propia subordinación, es que cuando se está en una situación de fastuosidad total, aquella persona que disfruta de la miel del poder no advierte lo que distinguió el poeta Horacio. Veamos: «Si el vaso no está limpio lo que en él derrames se corromperá».

Lo que le está pasando hoy día a Tino se debe a que prostituyó la sociedad dominicana antes de lo de Juan Dolio como el título de aquella famosa película de vaqueros «Por unos dólares más», protagonizada por Clint Eastwood. La misma sociedad le está pasando factura porque la vida a veces nos sorprende con situaciones que no esperamos.

No comparto la opinión de algunos sociólogos y politólogos que dicen lleno de exaltación circunstancial que Tino corrompió a la sociedad Dominicana; creo todo lo contrario, lo que  realmente  hizo fue caminar voluntariamente sobre la territorialidad de la corrupción, es decir, lo que se esperaba de él.

A Tino le esperan momentos de enfados, de desengaños y de bastantes desalientos emocionales, por aquella frase del dramaturgo y actor chileno Alejandro Jodorowsky, que señala que «La frustración está provocada por una sociedad que nos pide ser lo que no somos y nos culpa de ser lo que somos».

Mientras Tino sufre los torrenciales que atacan el río Rubicón y el hoy preferido de los dominicanos, un pueblo políticamente invidente, se acaricia las orejas, habría que decirle que él también pasará en su momento al igual que Tino por iguales experiencias. Y en unos años habrá otro Tino en Juan Dolio sufriendo la infinita catástrofe de la historia de cual intentará salir lo mejor que pueda, pero no podrá ignorar, como dijera Cicerón, lo que ha sucedido antes de nosotros es como ser incesantemente niños.

Se equivoca aquel que piense que la historia madamas la escriben los vencedores. Como escritor que no me gusta hacer leñas del árbol caído, aprovecho para aconsejarle a Tino que en este cruce pesaroso en el que se halla recuerde la frase del poeta y filósofo alemán, Novalis: «Un espíritu histórico no puede tener dudas de que ha llegado el tiempo de la resurrección y que precisamente los acontecimientos que parecieron haberse dirigido en contra de su activación y amenazaban con consumar su hundimiento, han sido los signos más favorables de su regeneración».

 

 

El homicidio en el nuevo código penal



En estos momentos que en nuestro país se vive los más altos niveles de criminalidad, no podemos de dejar de hablar del principal crimen capital: el homicidio.
Muestra de la situación son los periódicos, pues a la hora de leerlos pensamos que estamos llenos de sangre. Las principales noticias son de robos, asaltos, secuestros y homicidios.

Es por tal motivo que quisiéramos llevar a los lectores la definición del homicidio, que se mantiene incólume, desde el código napoleónico hasta nuestro código penal dominicano. 

El homicidio se encuentra tipificado, en el titulo II  de los Atentados contra la persona humana, sección I de nuestra normativa penal,. De los atentados dolosos contra la vida, Su Art 98 expresa lo siguiente “ Quien mata dolosamente a otro comete homicidio. El homicidio será sancionado con diez a veinte años de prision mayor ”, pero la pregunta que no hacemos, qué elementos constitutivos son imprescindible para hablar de homicidio ?.
 
La jurisprudencia ha manifestado lo siguiente:  a- la preexistencia de una vida humana destruida, b- EI elemento material, constituido por los actos capaces de producir la muerte, c- EI elemento moral que tiene su origen en la intencionalidad, o voluntad del homicida de cometer el crimen, solo con estos elementos podría hablarse de homicidio. 

Nuestra ciudadanía a la hora de ver tantos hechos funestos en la sociedad, se pregunta por qué es tan fácil observar personas que cometen estos hechos y salen sueltos de las cárceles
La respuesta nos encamina a explicar la estrecha relación que existe entre el Derecho penal y el Derecho procesal penal como corresponsales de la configuración de la política criminal y como ejes estructurales de lo que es denominado “Sistema Penal” o “Sistema de Justicia Penal”, que es el conjunto de instituciones vinculadas con el ejercicio de la coerción penal y el castigo estatal. El Código penal se basa sobre la teoría del delito mientras que el Código procesal penal trata sobre el procedimiento de los autores punibles. Lo que afirma su estrecha relación a la hora de hacer una sana administración de justicia. 

Esto quiere decir que para enfrentar este mal, no es solo una labor de la ley, sino de todos los actores que intervienen en la justicia. Pues no podemos pensar que sin la unión y el trabajo conjunto, podremos llevar nuestro país un verdadero estado de derecho. 

No quiero terminar sin citar el decálogo del abogado, que expresa lo siguiente: “Tu deber es luchar por el derecho, pero el día en que encuentres conflicto entre el Derecho y la Justicia, lucha por la Justicia».

Investigar, perseguir y juzgar ¿es lo mismo?

 
El Auto de No Ha Lugar de un Juez especial de la instrucción designado por la SCJ para el caso del Senador de San Juan de la Maguana, su motivación se sustenta en el principio non bis in ídem (no dos veces por lo mismo), con la que declaró la doble persecución, y que ha arrojado un costal de interrogantes en la comunidad jurídica nacional.
 
Una persecución puede provenir de dos fuentes. De un particular que ha sido victimizado por un delito, o del propio órgano persecutor del Estado, esto es, del Ministerio Público, cuando la persecución no dependa de ese particular, por tratarse de una infracción que no requiera de instancia. Pero ¿Cuándo se considera que se inicia una persecución penal en contra de una persona?
 
Para mí, aunque sé que mi posición no tiene que coincidir con algunos abogados, lo cual respeto, son cinco (5) actos.
1. Cuando se interpone una denuncia.
2. Cuando se produce una querella, ya sea por una infracción pública que dependa de la instancia privada o por una infracción privada;
3. Cuando se persigue a una persona por una infracción de acción pública que no dependa de instancia.
4. Cuando se impone una medida de coerción en desfavor de alguien;
5. Cuando se práctica una prueba anticipada que supone incriminar e imputarle a alguien un ilícito penal.
 
La otra pregunta obligada es: ¿Cuándo el Estado Investiga penalmente a una persona, sea física o jurídica, implica en todos los casos que está realizando una persecución contra ésta? Si así fuera, todas las investigaciones que realiza la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, a las instituciones del Estado, caerían en el ámbito de la persecución, cuando el fin primario ese órgano fiscalizador, todos sabemos que es corregir las posibles irregularidades que se detesten en sus investigaciones.   
 
La siguiente pregunta es: ¿Fue el Senador perseguido o fue solo objeto de una mera investigación? Sabemos que el Ministerio Público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de los cuales tenga conocimiento, pero solo  cuando existan suficientes elementos fácticos que permitan verificar su ocurrencia, así lo establece el artículo 30 del Código Procesal Penal. ¿Pero qué ocurre si no existen los suficientes elementos fácticos para verificar su ocurrencia? ¿Queda inhibido o inhabilitado el Ministerio Público, de realizar una investigación? 
 
Legalmente ese artículo no le impone como obligatorio al Ministerio Público de perseguir todos los hechos punibles, pues a pesar de poder tener conocimiento de algunos, si no existan de ellos elementos de hecho que permitan probar su ocurrencia, no pueden perseguirlos, pero no implica que la esa inexistencia de esos elementos fácticos, lo imposibilite de realizar una investigación, que fue precisamente esto último, lo que realizó el fiscal actuante de ese entonces, de la DPCA.
Si tomamos como referencia los cinco actos que pudieran dar origen a una persecución penal, nos cabrían cinco preguntas medulares:
¿Fue objeto el Senador de una Denuncia?
¿Alguien, utilizando la prerrogativa del artículo 85, numeral 3) del Código Procesal penal, se querelló contra él?
¿Se le impuso una medida de coerción?
¿Se realizó una prueba anticipada?
           
            Todas las interrogantes anteriores tienen en común la misma respuesta, No. Pero, al parecer, la interpretación de esa investigación fue tan extensiva y tan garantista, que por primera vez, lo que aparenta una mera investigación se convierte en una persecución, descansando esa interpretación, en una norma de derecho, como lo es el CPP, en su artículo 9, que se contrapone parcialmente a otra de poder, como la Constitución, en su artículo 69, numeral 5), ya que la primera se refiere a la no percusión, juzgamiento ni condenación  dos veces de una persona por los mismos hechos, y la segunda solo al no juzgamiento de una misma persona dos veces, por las mismas causas.  
 
¿Qué sucede cuando una norma de poder como la Constitución Dominicana colisiona o se contrapone total o parcialmente a una norma de Derecho como la Ley 76-02 o CPP? La norma infraconstitucional, en este caso el CPP, establece en su artículo 9 , que nadie puede serperseguido, juzgado ni condenado dos veces por el mismo hecho. Mientras que la norma de Poder, en este caso la Constitución Dominicana, en su artículo 69, numeral 5), establece que ninguna persona puede ser juzgada dos veces por una misma causa.
 
Como se puede observar, el Código Procesal Penal establece la no persecución, juzgamiento o condenación dos veces, estableciendo que en ningún caso pueden repetirse, cuando los hechos sean los mismos, y sea la misma persona. En cambio la Constitución solo se limita al no juzgamiento, de lo que infiero, se refiere a los juicios que se le realizan a la acusación (Etapa Preliminar), y a los juicios de conocimiento (Etapa de juicio de fondo).
 
Cuando esto sucede, lo aconsejable, según una mayoría de jueces  penales, es buscar un punto en donde puedan coexistir ambas normas.
 
Como se puede apreciar, ambas normas (de poder y de derecho), coinciden en el hecho de que nadie puede ser juzgado dos veces por una misma causa o por el mismo hecho.
 
Sin embargo no coexisten en la Persecución y Condena de alguien por los mismos hechos o causas. Mientras la norma de poder solo establece la imposibilidad de dos juzgamientos por la misma causa (hechos), la norma de derecho entraña la imposibilidad de perseguir o condenar dos veces a una persona por los mismos hechos (causas).
 
¿Fue el señor Félix Bautista juzgado con anterioridad, en otro caso,  por los mismos hechos en la que se fundamentó la actual acusación del Procurador General de la República?
 
El funcionario público especializado de ese entonces, y que realizó la investigación, no era juez, sino Procurador de la DPCA, por lo que se limitó a investigar unos hechos que podrían bien estar presentes en la actual acusación, pero indispensablemente no los persiguió, y mucho menos los juzgó, porque tal como lo establece el artículo 22 del Código Procesal Penal,  éste establece que las funciones de investigación y de persecución, son exclusivas de Ministerio Público, por lo que están separadas de la función jurisdiccional, que es exclusiva de Tribunales y Jueces.
 
Lo que quiere decir, que así como el Juez no puede realizar actos que impliquen el ejercicio de la acción penal (pública o privada), tampoco el Ministerio Público puede realizar actos jurisdiccionales, verbigracia juzgar.
 
¿Es equiparable en derecho, investigar, perseguir y juzgar? Si fueran lo mismo, ¿Porqué son personas distintas las que investigan y persiguen, de las que juzgan? Si así fuera, ¿Para qué tendríamos para un mismo fin Fiscales y Jueces, si un solo pudiera hacerlo, como antes, en el antiguo Código de procedimiento Criminal, en el que teníamos al juez de instrucción, investigando y juzgando, al mejor estilo de la inquisición?
 
Es obvio que investigar, perseguir y juzgar, son cosas muy distintas, al punto que la competencia de juzgar recae en los tribunales y jueces, mientras la de investigación y persecución recae en el Ministerio Público y sus auxiliares.
 
Otra cosa, ¿Puede considerarse el fin de una investigación que devino en un archivo, sea provisional o definitivo, como cosa juzgada, como lo alegó la defensa del senador por medio de uno de los incidentes presentados como excepción? Ciertamente que el artículo 281 del CPP (Archivo), faculta al Ministerio Público a poder disponer el archivo de un caso mediante dictamen motivado, por distintas razones, pero, insisto,  ¿Significa eso o es equiparable a decir, que se trata de la cosa juzgada o la mera cosa solo investigada, o tal vez perseguida?
 
La cosa juzgada implica la intervención de una decisión jurisdiccional, a lo que se refiere al artículo el artículo 69 de la Constitución, en su numeral 5). En cambio la cosa investigada y perseguida, entraña la intervención de una decisión de un mero órgano de investigación y persecución, cuya decisión la hace susceptible de recursos, incluso para solicitar el levantamiento del archivo, si procediera.
 
Lo que parece que ha sucedido en el caso que hoy nos ocupa, es que la interpretación que ha hecho el Sr. Moscoso Segarra como juzgador, es irse al   principio de favorabilidad, que se encuentra definido en la Ley 137-11, en su artículo 7, numeral 5).
 
Ese artículo establece que la Constitución y los derechos fundamentales deben ser interpretados y aplicados de modo que se optimice su máxima efectividad para favorecer al titular del derecho fundamental, y que si una norma infraconstitucional (Como el CPP) es más favorable para el titular del derecho fundamental (La tutela judicial efectiva y el Debido Proceso) que las normas del bloque de constitucionalidad (como la Constitución), la primera se aplicará de forma complementaria, de manera tal que se asegure el máximo nivel de protección.
Quiere decir, que aunque el artículo 69, numeral 5), de la constitución vigente es limitativo, al disponer que no se puede juzgar dos veces a una persona por la misma causa, la norma infraconstitucional (CPP), en su artículo 9 optimiza la efectividad del derecho fundamental a la tutela efectiva y el Debido Proceso a que tiene derecho todo imputado, en la interpretación del Sr. Moscoso Segarra, si proporciona una mayor protección que la norma constitucional, cuando impide que sea éste, además del juzgamiento, ser perseguido y condenado dos veces por el mismo hecho.
 
Si esa fue la interpretación del juzgador, ¿Dónde entonces queda la supremacía de la Constitución, consagrada en su artículo 6, en su parte in fine, que entraña la nulidad de pleno derecho de toda disposición que le sea contraria? Ambas normas coinciden en que no se puede juzgarse dos veces a una persona por los mismos hechos o causas, pero difieren en que no se puede perseguir ni condenar dos veces por los mismos hechos o causas.
 
Finalmente, debemos entonces remitirnos de nuevo a la misma norma infracosntitucional (CPP), que quizás le sirvió de sustento al juez especial de la instrucción de este caso concreto, pues en su artículo 25 (Interpretación), establece que la analogía y la interpretación extensiva se permiten para favorecer la libertad del imputado o el ejercicio de sus derechos y facultades.
 
La Casación,parece, será el mejor escenario para determinar si se aplicó o no adecuadamente el Derecho a ese caso en concreto.
 

 

Miguel Vargas califica de despropósito que PLD quiera seguir gobernando RD

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente y candidato presidencial del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) Miguel Vargas, definió este sábado como un  despropósito las pretensiones del Partido de la Liberación Dominicana de continuar en el poder más allá de agosto de 2016, sea quien sea su candidato.

A su juicio, en cuatro gobiernos ese partido no ha sido capaz de garantizar el estado de derecho, la seguridad jurídica ni ciudadana a la población.

Expresó que las administraciones peledeístas se han caracterizado por acumular la deuda social, la exclusión y la carencia de un plan nacional de desarrollo.

Vargas hizo la declaración luego de presidir el acto de juramentación del Frente Nacional de Abogados en la Casa Nacional del PRD, donde ratificó su compromiso de llevar al PRD al poder en las próximas elecciones para establecer la democracia económica y social que el país necesita.

Dijo a los abogados y dirigentes asistentes a la juramentación que por eso el PRD auspicia el movimiento social #dímelo, dirigido a incluir a la población en el diseño y ejecución de un modelo de gobierno inclusivo y que dé a todos los dominicanos igualdad de oportunidades, «a diferencia del PLD que en lo fundamental sólo gobierna en beneficio de su gente».

Fueron juramentados José Fernando Pérez Vólquez, Diego Moya, presidente en Funciones; Máximo Castillo Salas, asesor nacional; Héctor Caro, asistente especial; Kelvin Peralta Madera, Adolfo Serrano, Luis José Cruz, Wilfredo Silverio Severino, Miriam Reyes Quiñones, vicepresidentes, además de delegados de Nueva York, la provincia Santo Domingo, del Distrito Nacional y los diferentes municipios del país.