Los trabajadores a la espera de un aumento salarial
El salario mínimo en la República Dominicana se ha mantenido por debajo de los países de Latinoamérica y desde el mes de julio del 2013 no se ha realizado ninguna modificación, trayendo como consecuencia la pérdida de poder adquisitivo de todos los trabajadores tanto público como privados y es necesario que el Comité Nacional de Salarios haga un esfuerzo extraordinario para que el salario mínimo sea elevado y el empresariado haga un aumento general de sueldos.
Las relaciones de trabajo entre patronos y trabajadores en la República Dominicana está regido por el código de trabajo o ley 1692 del 29 de mayo del año 1992 y el Comité Nacional de Salarios es el órgano encargado de fijar las tarifas de salarios mínimos en todas las actividades económicas de carácter nacional, regional, provincial, y en el Distrito Nacional, según el artículo 452 y 456 del código de Trabajo.
El sistema de salarios mínimos fue reajustado mediante resolución No. 2-2013 de julio del 2013 por el Comité Nacional de salarios, estableciendo la escala siguiente: 1) Empresa con activos igual o mayor de RD$4,000,000 millones de pesos, un salario para trabajadores por RD$11,292.00 mensuales; 2)Empresas con activos desde RD$2 millones y menor que RS$4 millones equivalente a RD$7,763.00 mensuales; 3)Con activos menores de RD$2 millones equivalente a RD$6,880.00 pesos salarios mensuales.
Se estableció también un salario mínimo por horas a los trabajadores del campo con 10 horas diarias y tarifa de RD$234.00 por día. Y a los trabajadores del sector privado por labores de Guardianes o de vigilancia, un salario mínimo de RD$9,526.00 pesos mensuales. Esta resolución no incluye el trabajo doméstico ni el de los trabajadores de la construcción; tampoco incluyo el aumento general de sueldos a todos los servidores.
En la mayoría de los países de América Latina el salario mínimo de los trabajadores se calcula en UD$ dólares norteamericanos, que es la mejor base para comparar el poder adquisitivo de dichos salarios. El salario Mínimo en República Dominicana va desde USD$125.30 dólares mensuales (Trabajadores del campo), hasta USD$253.75 dólares para el primer nivel de empresas en la escala existente en la última resolución del Comité de Nacional de Salarios.
Observamos que en la publicación que hiciera la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los salarios mínimos existentes en América Latina, México y Estados Unidos, los mismos están muy por encima de los existentes en la República Dominicana. Solo México y Haití están por debajo de los salarios mínimos existentes en el país, no obstante este ser el de mayor crecimiento económico de la región.
El salario mínimo en dólares en México es de USD$166.00; Haití USD$229.00; República Dominicana USD$231.00 dólares; Bolivia USD$243.00 dólares; Nicaragua USD$252.00 dólares; Uruguay USD$295.00; Brasil USD$298.00; Guatemala USD$295.00; El Salador USD$319.00 dólares; Venezuela USD$382.00 dólares Perú USD$396.00 dólares, Panamá USD$462.00 dólares; Paraguay USD$592.00 dólares; Argentina USD$940.00 y Estados Unidos desde USD$1,774.00 hasta los USD$2,293.00 dólares mensuales.
Desde el 30 de julio del 2014 el presidente de la Conferencia de Unidad Sindical (CNUS), Rafael (Pepe) Abreu pidió convocar al Comité Nacional de Salarios (CNS) para hacer la revisión salarial y solicitaba un aumento de sueldos de un 30%, a la fecha no se ha logrado. Conociendo que el salario mínimo más alto es de RD$11,292.00 pesos mensuales, lo que hace imposible que los trabajadores puedan adquirir los productos de la canasta básica familiar, situación que va en detrimento en sustentar las fuerzas de la mano de obra empleada.
Hemos observado que el sector empresarial y los mismos representantes sindicales de los trabajadores están empleando el tiempo en un proyecto de reforma del Código de Trabajo, que todo parece que las reformas a que está abocado, estarían en detrimento de los trabajadores, ya que observamos que existen propósitos de eliminar la cesantía, que es el único respaldo que tienen los trabajadores para protegerse de un despido unilateral del patrono.
Es importante que se aboquen a la actualización del código, que había sido modificado y readecuado en el año 1992, pero que transcurridos 23 años, las condiciones laborales han cambiado de manera radical por la introducción de las tecnologías, la tecnificación de la mano de obra y la necesidad de obtener manos de obra más calificada, trayendo como consecuencia que los trabajadores debieran ser mejor pagados.
El sector sindical y mucho más los trabajadores entienden que el salario mínimo debe adecuarse a los índices de inflación, variación de la prima del dólar, y las condiciones de la evolución de la economía, porque mientras la economía crece y los beneficios se agigantan, cada día los trabajadores ven sus ingresos disminuidos y se ven limitados para educar a sus hijos con tal de que haya una reproducción de mano de obra adecuada a las necesidades de los empresarios.
Si el Comité Nacional de Salarios logra consensuar un aumento de un 30% al salario mínimo en base a la nueva clasificación de la actividad económica empresarial, el salario mínimo pasaría desde USD$162.89 dólares mensuales hasta los USD$329.88 dólares y ubicaría en la escala Latinoamericana entre los primeros nueve de 20 países, garantizando un mejor nivel de vida a los trabajadores y por ende una mayor productividad a las empresas.
Por lo que los trabajadores están a la espera de un aumento salarial.

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