La OEA comminada a responder a la oposicion dominicana
Amparándose en lo dispuesto en el art. 8 de la Carta Democratica Interamericana («Cualquier persona o grupo de personas que consideren que sus derechos humanos han sido violados pueden interponer denuncias o peticiones ante el sistema interamericano…») la oposición dominicana dirigió el pasado 12 una comunicación al Secretario General de la OEA en la que denuncian una serie de irregularidades que empañan la legalidad y legitimidad de las autoridades emanadas del proceso electoral recién concluido.
Dicha Carta consigna, en su Art. 3, «la celebración de elecciones… libres, justas «como elemento esencial de la democracia y establece en el Artículo 23 que «Los Estados Miembros son los responsables de organizar, llevar a cabo y garantizar procesos electorales libres y justos”
Por otra parte, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) (https://www.iidh.ed.cr/comunidades/redelectoral/docs/red_diccionario/gobierno%20de%20facto.htm) considerando los “gobierno de facto” como contrarios a la democracia lo define como “…aquellos…que surgen como…al margen del ordenamiento jurídico” entre otros criterios.
Se recuerda que el IIDH es un organismo del Sistema Interamericano creado con el propósito de “contribuir a la consolidación de la democracia mediante la…mediación política…y asistencia técnica…” como parte de la doctrina de los derechos humanos.
En tal sentido convendría determinar si la posición asumida en el numeral 14 de la declaración de los candidatos opositores emitida el pasado martes – “no reconocemos los resultados de los comicios del pasado 15 de mayo… ya que los mismos han sido anunciados en violación de la ley” se inscribe en lo que el IIDH califica como procedimiento “al margen del ordenamiento jurídico” lo que haría susceptible calificar como de facto el gobierno emanado de dichos comicios.
La OEA está pues conminada a dar una respuesta al planteamiento formulado por la oposición dominicana, si es que aspira cumplir con la misión que está llamada a desempeñar en el aquí y ahora de las Américas.
No hacerlo implicaría añadir un ingrediente a la cadena de agravios, por comisión y omisión, que este organismo le ha infligido a sus naciones integrantes al infringir sus propios documentos constitutivos, particularmente a nuestra nación, por la ocupación militar extranjera en 1965 y por declaraciones relacionadas con la política fronteriza dominicana objeto de tergiversaciones o malas interpretaciones.
No hacerlo implicaría no dar el necesario testimonio de autenticidad con sus documentos constitutivos y con la necesidad de rectificar su trayectoria; requerimientos imprescindibles para proporcionarle credibilidad panamericanista en una región tan convulsionada como la del CARIBE integrada, entre otras nacionales, por una Venezuela al borde de confrontaciones civiles, un Puerto Rico cercenada la precaria autonomía financiera que tenía luego de sus excesivos endeudamientos, un Haití envuelto en su gobernabilidad colapsada y una Cuba que no acaba de insertarse plenamente en el Sistema Interamericano.
jpm

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