Jurista advierte al PE que es ilegal anular contratos administrativos

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David La Hoz

SANTO DOMINGO.- El jurista David La Hoz advirtió al Poder Ejecutivo que suspender contratos administrativos de manera unilateral viola Constitución, por lo que su disposición  podría ser anulada por los Tribunales de la República Dominicana.

«Esa disposición del Poder Ejecutivo, que por intermedio del Ministerio Administrativo de la Presidencia rescinde contratos referentes a personal de la Administración Pública constituye una violación a la Constitución», afirmó.

Agregó que “esa decisión tiene una legalidad precaria, pues incurre en una serie de imprecisiones que la hacen nula de pleno derecho, en razón de que todo funcionario público, incluido el Jefe del Poder Ejecutivo, está sometido al principio de legalidad administrativa que contiene el artículo 138 de la Constitución de la República”.

Aclaró que «una vez perfeccionados y puestos en ejecución, los contratos públicos no pueden suspenderse ni extinguirse porque así lo diga un funcionario, puesto que el principio de legalidad administrativa y la sujeción de todo funcionario público a la Constitución y las leyes lo prohíben, o bien dicen en cuales circunstancias puede suspenderse o extinguirse un contrato».

«Las autoridades deben saber que no todos los contratos administrativos son iguales, ya que existe una serie de particularidades que les distinguen unos de otros, pues si bien un gran número de ellos responden a criterios clientelistas (sobre todo en campaña electoral), no menos cierto es el hecho de que otros son contratos delegados, es decir que existen en virtud de leyes especiales», expresó.

Explicó que «existen también los llamados contratos reglados; es decir, aquellos cuya ejecución no puede suspenderse de forma unilateral más que en circunstancias muy específicas y que solo aplican por causa de fuerza mayor».

“Una mirada a la base legal de los contratos administrativos dominicanos bajo la lupa del actual ordenamiento constitucional permite establecer que no le es posible a la cabeza del Poder Ejecutivo dictar una medida como la que se dispuso el pasado 31 de mayo sin incurrir en inconstitucionalidad, y ya sabemos que todo acto contrario a la Constitución es nulo de pleno derecho”, reiteró La Hoz en un documento enviado a ALMOMENTO.NET.

jt/am

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