Hacienda dicta resolución sobre requisitos para interconexión de bancas de lotería
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A más tardar en un plazo de 60 días, las bancas de lotería con permisos de operación vigentes deberán completar la solicitud de interconexión con el sistema de control, supervisión, monitoreo y autenticación de las operaciones de bancas de lotería del Ministerio de Hacienda.
Así lo estableció el órgano rector de las finanzas públicas mediante la Resolución No.158-2019, que describe las políticas y requisitos para la interconexión de las bancas de lotería con la plataforma tecnológica que permite una correcta y efectiva fiscalización de sus operaciones.
La medida forma parte del esfuerzo sin precedentes que lleva a cabo el Ministerio de Hacienda con la finalidad de regularizar y establecer un efectivo control de las bancas de lotería mediante un proceso transparente, técnico y legal que beneficiará a toda la sociedad.
La Resolución No.158-2019 precisa que las bancas de lotería con permisos de operación vigentes y las que están en proceso de regularización “deberán interconectarse con carácter obligatorio” con el Sistema de Control, Supervisión, Monitoreo y Autenticación del Ministerio de Hacienda.
Da un plazo de 60 días a los propietarios de bancas de lotería con permisos de operación vigentes para que completen la solicitud de interconexión y otro plazo de 60 días para que se interconecten de manera efectiva con la plataforma tecnológica.
“Las bancas de lotería con permisos de operación vigentes deberán completar la solicitud de interconexión a más tardar sesenta (60) días calendario a partir de la publicación de la presente resolución”, indica la disposición legal, que se publica este lunes 13 de mayo de 2019 en el portal web del Ministerio de Hacienda.
La Resolución No. 158-2019 establece que a las bancas de lotería con permisos de operación vigentes que no completen la solicitud y el proceso de interconexión en los plazos establecidos les será revocado el permiso de operación y podrán ser sancionadas acorde a las disposiciones de la Ley No. 11-92 sobre el Código Tributario y la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Explica que los sistemas para el manejo transaccional de las operaciones de las bancas de lotería deberán estar registrados y certificados por la Dirección de Casinos y Juegos de Azar (DCJA) antes de que sus propietarios inicien el proceso de interconexión.
En este contexto, las bancas de lotería registradas en la DCJA podrán realizar la solicitud de interconexión de manera presencial o en línea, a través del portal institucional del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.do).
Depositada la solicitud y revisadas las informaciones, la DCJA entregará a los propietarios de bancas de lotería un Certificado Digital y las credenciales (usuario, contraseña, establecimiento ID, local ID, terminal ID) para que realicen la interconexión con el Sistema de Control, Supervisión, Monitoreo y Autenticación de las Operaciones de Bancas de Lotería.

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