Facilitan reagrupación para dominicanos casados con españoles
MADRID.- Una importante modificación en la normativa de extranjería española está facilitando significativamente los procesos de reagrupación familiar para parejas mixtas, eliminando trabas burocráticas que separaban familias durante años.
Los cambios del Reglamento de Extranjería RD 1155/2024 han transformado el panorama para parejas conformadas por personas con nacionalidad española y extranjeras.
El abogado Geremía Alcántara, entrevistado por Amo Dominicana en Directo, explicó que ahora para poder reagrupar a un esposo o esposa de persona con nacionalidad española, ya no sería obligatorio esperar los dos años que se tardaba para inscribir el matrimonio ante el Registro Civil, eliminándose esas tediosas entrevistas.
El nuevo proceso es claro: primero se solicita la residencia y luego se obtiene el visado. «La Instrucción dictada por la Secretaría de Estado de Migraciones es clara al establecer que no será necesario inscribir el matrimonio», señaló Alcántara. Sin embargo, el procedimiento varía según la situación de la pareja.
Anteriormente existían obstáculos significativos. «Un ciudadano español viajaba a República Dominicana, se casaba allí, pero no podía reagrupar a su cónyuge hasta que se inscribiera el matrimonio en el Registro Civil español», proceso que tardaba hasta dos años e incluía entrevistas y otros trámites.
Para parejas en las que el cónyuge extranjero reside en el extranjero, por ejemplo, en República Dominicana, y su esposo reside en España, se solicitaría la residencia en España, y una vez aprobada, se completaría el proceso con la solicitud de visado ante el Consulado correspondiente donde resida el cónyuge extranjero.
Cuando ambos cónyuges residen en el extranjero, también pueden iniciar el proceso desde el Consulado sin necesidad de que el español regrese primero a España como antes ocurría. «Una vez que le otorgan el visado para entrar a España, ya viene con la residencia», explicó Alcántara.
Estas facilidades representan un avance sustancial que permite a las familias reunirse más rápidamente, reduciendo tiempos de espera y costos. Alcántara destacó la importancia de contar con asesoría profesional especializada.

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Hola La Mana
¿ha sido con el nuevo proceso que has presentado? porque para esto primero, como dice la noticia tiene que tener antes la residencia aprobada en España, y es luego que se podrá gestionar en el consulado. Te lo digo porque a mi un abogado me lo está gestionando en España, y me dice que una vez aprobado entonces es que se solicita el visado aquí en Santo Domingo
Y más fácil que se hace ahora trampear con matrimonios de mentira.
Buenos días, siento tener que poner en duda , ya que mi hija fue con su esposo a la cita en la embajada y le solicitaron el acta de matrimonio española, que tiene casi dos años y aún no sale la transcripción.
Pues asesórate porque ese consul hace todo por negarla, ya una vez probada la residencia en españa en lo puede negar rl visado solo pedir documento , y no puede pedirte ese documento porque la nueva ley lo dice claro que no es necesario estar inscrito en españa el matrimonio, estoy iniciando el proceso oh mi esposo en españa y no es obligatorio tener el matrimonio inscrito