Enseñanzas de la sentencia de la SCJ sobre el caso Odebrecht

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El autor es abogado y profesor universitario. Reside en Santo Domingo

La sentencia absolutoria de la SCJ sobre del caso odebrecht nos deja lecciones y enseñanzas que marcan interesantes precedentes e impactara en la calidad de la persecución del delito, la forma en que los jueces de instrucción realizan la evaluación de la acusación y como los jueces de fondo deben observar estándares tanto de pruebas como la aplicación de los hechos al derecho.

Para la Suprema Corte de Justicia jueces de fondo condenaron sin pruebas suficientes ni precisas. Indica que juzgadores de primera instan y de corte no hicieron una individualización precisa de la participación de los imputados, fiscales no hicieron una imputación precisa, más bien había una imputación imprecisa.

La sentencia de esta alta corte detecto que Ministerio Público y jueces judicializaron el pago de servicios profesionales de abogacía de uno de los imputados en su calidad de abogado. Es decir, persiguieron y condenaron a un abogado por ofrecer sus servicios jurídicos y de asistencia legal como consecuencia del pago por el derecho al trabajo jurídico.

Para esta sentencia el lavado de activo no lo considera un delito autónomo, pues, el mismo debe tener un precedente, es decir, para condenar por el delito de lavado de capitales hay que establecer un delito previo

La suprema haciendo un ejercicio de interpretación del principio de legalidad señaló, que el delito de enriquecimiento ilícito no está claramente configurado ni es un delito autónomo. A su vez indica, que el enriquecimiento ilícito del artículo 18 de la Ley núm. 311-14 establece el tipo, pero no describe la conducta, por ende, viola el principio de legalidad en su vertiente de lex certa.

Alega la sentencia que el tribunal de primer grado imputó un hecho no fijado por el acusador estatal, pues este accionar es contrario al principio acusatorio, al principio de correlación entre acusación y sentencia, y por supuesto al derecho de defensa. Y fijo que este tribunal realizo una especie de prueba pericial de oficio. Apunta la sentencia, que el tribunal de juicio violó el principio de separación de funciones, al asumir posiciones propias del acusador.

La sentencia destaca la importancia del respeto al debido proceso. Que se debe proteger los derechos del acusado. Llama la atención al MP para que realice una investigación más seria y profesional. Que deben mejorarse sus capacidades de investigaciones penales. Y a los jueces inferiores les indica que no pueden condenar sin suficientes pruebas concretas y específicas.

La sentencia verifica una violación al principio de correlación entre acusación y sentencia. Esta violación se aprecia tanto en la sentencia de primer grado, como en la sentencia dictada por la Corte al introducir hechos distintos a los presentados por el Ministerio Público. Se cuestiona también, que tanto el tribunal de primer grado como la corte no hicieron un ejercicio de subsunción de los hechos en los tipos penales, sino que utilizaron formulas y términos genéricos.

Expresa la sentencia que los tribunales de primer grado y corte utilizaron reiteradamente fórmulas genéricas en su fundamentación, cuya fórmula jamás encontraría alojamiento en los términos claros y precisos que se destilan del principio establecido en el artículo 24 de la norma procesal penal. La sentencia no precisa cuál o cuáles funcionarios públicos fueron objeto de soborno.

Indica la sentencia que la persecución fue un acto de arbitrariedad irreconciliable con el principio de legalidad penal en razón del desconocimiento de la teoría del delito. Invoca la sentencia que el delito de soborno no se demostró y la imputación por el delito de lavado de activos carece de un elemento fundante, cual es la existencia de la infracción precedente, fuente de los fondos alegadamente maculados.

Esta sentencia es importante también porque en cierto modo y de manera indirecta cuestiona el rol del juez de la instrucción. Quien tiene la función de verificar no solamente la calidad de las acusaciones sino determinar entre otras cuestiones, observar si hay suficientes evidencias, si hay imputación precisa, si existe o no una individualización precisa de la participación de los imputados en el delito. El juez de la instrucción no verifico nada de esto.

La sentencia evidencia que el tema de la teoría del delito es el núcleo de una sentencia condenatoria o absolutoria. Y evidencio la ausencia de la teoría del delito tanto por fiscales como de jueces, pues, brillo por su no presencia.

Finalmente, la suprema en esta sentencia desconoce la regla legal del plazo razonable de todo proceso penal, pues, según la normativa procesal, la duración de un proceso penal según artículo 148 del cpp es de 4 años, extendido por 12 meses en caso de sentencia condenatoria, a los fines de permitir la tramitación de los recursos. La suprema hizo una interpretación ilegal de esta regla. El caso inició en el 2017 y la sentencia final es del 2024, es decir, 7 años duró dicho proceso, cuando la regla procesal dice el plazo de duración es de 5 años. Debió ser declarado extinguido el proceso.

Creo que fiscales y jueces inferiores en el caso odebrecht judicializaron los servicios de la abogacía e intentaron judicializar el ejercicio de la política.

La sentencia analizada es la núm. SCJ-SS-24-0969 del 31 de julio del 2024, caso odebrecht.

Resumen

Sentencia absolutoria de la SCJ en el “caso odebrecht” deja lecciones que todo abogado tiene que saber.

Para la Suprema Corte jueces de fondo condenaron sin pruebas suficientes ni precisas, odebrecht.

SCJ: fiscales no hicieron una imputación precisa, más bien había una imputación imprecisa, odebrecht.

Sentencia caso odebrecht descubre que tribunales y fiscales tienen deficiencia de teoría del delito.

Sentencia caso odebrecht cuestiona indirectamente rol de jueces de la instrucción.

SCJ: rebela que MP y jueces judicializaron el pago de servicios profesionales de abogacía, caso odebrecht.

SCJ: delito de lavado no es un delito autónomo. Se requiere establecer un delito previo, caso odebrecht.

SCJ: aplico el principio de legalidad. Dijo delito de enriquecimiento ilícito no está claramente configurado, odebrecht.

SCJ: tribunal de juicio violó principio de separación de funciones, asumió rol del acusador, odebrecht.

SCJ: destaca importancia del respeto al debido proceso. Se debe proteger los derechos del acusado, odebrecht.

SCJ: MP debe hacer investigación más seria y profesional. Tienen que mejorar capacidades de investigaciones, odebrecht.

SCJ: jueces inferiores introdujeron hechos distintos a los presentados por el MP, caso odebrecht.

SCJ: jueces no subsumieron hechos en los tipos penales. Utilizaron formulas y términos genéricos, odebrecht.

SCJ: persecución fue un acto de arbitrariedad irreconciliable con el principio de legalidad penal, odebrecht.

SCJ desconoció la regla legal del plazo de 5 años de duración de un proceso penal, caso tuvo 7 años.

Fiscales y jueces inferiores en el caso odebrecht judicializaron los servicios de la abogacía e intentaron judicializar el ejercicio de la política.

La sentencia analizada es la núm. SCJ-SS-24-0969 del 31 de julio del 2024, caso odebrecht.

jpm-am

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Raty Mendo
Raty Mendo
3 meses hace

hola soy de panamá existe un caso en la jurisdicción de la charles donde 2 panameños y un israelí fueron secuestrados y sometidos por un expediente falso con testigos falsos el caso tiene ya 20 meses y los jueces an manipulado todo el proceso an alludado al ministerio público favoreciendo las resoluciones desde la medida de coerción hasta el envio a juicio de fondo desde la embajada de panamá estamos observando como los jueces están aciendo mal

Edgar
Edgar
Responder a  Raty Mendo
2 meses hace

de acuerdo contigo, es decir realizan allanamientos y nadie participa en la transparencia de los que se encuentra, las pruebas computadoras quien tiene acceso a ellas mientras los abogados defensores no están, ese tipo de detalles hace pensar que se planta evidencia, no hay un organismo serio imparcial luego de un allanamiento que conserve, procese esas pruebas delante de cámaras, y de todas las partes, porque bien te pueden plantar archivos y nadie darse cuenta porque la prueba la tiene una parte que la manipula y eso viola el debido proceso, en estados unidos se sella la pc y si… Leer mas »

Marian
Marian
3 meses hace

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Sisi
Sisi
3 meses hace

excelente! es bueno señalar que eso también fue a propósito para favorecer a sus amiguitos. jueces y fiscales obedecían a lo que todo el mundo sabe. trapo de justicia.

yankee
yankee
3 meses hace

para condenar un corrupto al que explicar tanto,mejor diga no se hizo justicia

José A Ram
José A Ram
3 meses hace

este teórico del derecho penal del patio de rd.

José A Ram
José A Ram
Responder a  José A Ram
3 meses hace

¿no es un militante y defensor a rajatabla del otrora partido de la liberación dominicana?

Pablo
Pablo
3 meses hace

ahí esta no es en el periodico que se juzga son los jueces yo creía que aquí no avia justicia pero la suprema dios cátedra ahí lo tienen para eso fiscales que se creen por ensima de todo el mundo y esos jueces cobarde con miedo a la prensa ahí esta vuelvan a la escuela de nuevo

Raty Mendo
Raty Mendo
Responder a  Pablo
3 meses hace

existe en ese país una mafia fiscal judicial que al parecer está cambiando un juez no acusa evalua un proceso conforme a la ley no a rumores y manipulaciones

Medina
Medina
3 meses hace

son unos irresponsables los jueces de la suprema……

José A Ram
José A Ram
Responder a  Medina
3 meses hace

usted, si dijo, una gran verdad, totalmente irrefutable. por ese accionar de la mal llamada suprema corte de justicia de rd, lo bueno hubiese sido que hubiera pasado, en pleno 24 de abril de 1965, porque estoy seguro que el pueblo dominicano, ya le hubiera practicado paredón a esos jueces de la suprema corte de justicia de rd

Raty Mendo
Raty Mendo
Responder a  Medina
3 meses hace

los jueces aplican la ley no criterios individuales de criminales que están trabajando como jueces

yankee
yankee
Responder a  Raty Mendo
3 meses hace

es una falta de justicia por parte de jueces inmorales,sin criterio,eso no es aplicar la ley a eso se le llama basura podrida de una justicia secuestrada por charlatanes sinverguensa

F.soto
F.soto
3 meses hace

increíble!1 dia haceque viva leonel fernández padre de la justicia corrupta dominicana y pld’istas .ninguno de los acusados será encarcelado , empiezan a dar el listado de los descargados de crimen y verán !leonel siempre en primera y ni es presidente!

Ramón. alv
Ramón. alv
3 meses hace

este caso fue diseñado por los corruptos del pld para que no hubieran consecuencia y en este gobierno se le puso el sello gomigrafo quedando este país como el único que no hubo concecuencia cayendo 92 millones de dólares al fondo del mar qué nadie usó por lo que nadie tuvo que responder.roben muchos que su padrinos están en los tribunales del país

Marian
Marian
3 meses hace

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Tiagolaw
Tiagolaw
3 meses hace

john es posible que halla dinero envuelto porque nadie en su sano juicio puede pensar que todos los casos de corrupcion terminan absueltos.

ELRUBIO
ELRUBIO
3 meses hace

ya yo me cerciore,que los dominicanos somos ladrones,corruptos,desde el mas ponre hasta el mas rico,me largue del pais,pues una sola golondrina no hace verano,tengo ya la ciudadania americana y no regreso mas al pais,ni muerto,si algun dia surge alguien que inicie una revoluxion para acabar con todas las llacras que se han enriquecidos a costa del robo.al erario publico,entonces quizas yo regreso.

El Pendejo
El Pendejo
Responder a  ELRUBIO
3 meses hace

gracias! creo que contigo en usa tenemos un ladrón menos en rd.

Luis Felix
Luis Felix
3 meses hace

muy bien análisis

EL PATRIOT
EL PATRIOT
3 meses hace

el sistema judicial esta corrompido, todos son complices de la corrupcion y el saqueo a los bienes publicos..algun dia habra justicia, pellejo y carcel para los corruptos..

Rot
Rot
3 meses hace

mas claro de ahi no canta un gallo, lo unico que se te olvido que ese caso fue instruido en la gestion del odioso procurador general de la republica jean alain, que de un tremendo caso hicieron un caso motrenco. la justicia dominicana lo puede absorver, como al fin lo hizo pero la condena definitiva esta en la conciencia de cada uno de los dominicanos.del caso odebrecht, en la republica dominicana fue el unico pais que no hubo condenajudicial

Noentiendo
Noentiendo
3 meses hace

la unica ensenanza es que cuando las instituciones publicas incluyendo las cortes estan compuestas por cuadros politicos, una absolucion de un caso que mundialmente condeno a muchos corruptos en la rd hoy no hay culpables. que verguenza de scj, la historia se encargara de darles a esos «jueces» su justa mencion en la categoria de corrupcion.

ELRUBIO
ELRUBIO
Responder a  Noentiendo
3 meses hace

como dicen en mexico,eso a ellos le vale ****.

AJCN
AJCN
3 meses hace

corruptos jueces nombrados por corruptos politicos, juzgando corruptos politicos quienes nombraron a esos corruptos jueces para que no los juzguen.

El Pendejo
El Pendejo
Responder a  AJCN
3 meses hace

¿pero tú leíste el análisis que hizo el autor del artí****? los jueces no pueden fallar lo que los vagos del mp no probaron. y no pueden decir que fue por el pld, estos ineptos tuvieron 4 años con este caso y pudieron hacer las correcciones de lugar. en justicia no es lo que «sabes» o «de lo que estás seguro» si no lo que puedas probar en la corte.