En torno a los abogados norteamericanos

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El autor es abogado. Reside en Santo Domingo

En los Estados Unidos al igual que  en Inglaterra existe un concepto general de profesional de jurista (legal profession): todas las actividades que dependen de esta profesión se ejercen bajo el control de los tribunales, y escapan al principio de libertad admitidos en lo que concierne el comercio y las otras actividades. Conviene observar esta analogía.

Fuera de esto todo es distinto en Inglaterra y en los Estados Unidos, ya sea que consideremos el método de formación o la organización profesional de los abogados. Las condiciones requeridas para poder ejercer una profesión considerada como jurídica (legal profession) varían según los Estados.

Aquel que ha sido admitido como lawyer en un Estado puede ejercer la profesión de jurista en ese Estado solamente, sino también ante las jurisdicciones federales como ante  las jurisdicciones de este Estado. Todo jurista admitido a practicar en un Estado puede pagar un modesto impuesto, obtener su inscripción sobre la lista de abogados admitidos a practicar ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.

La admisión para el ejercicio de la profesión de abogado es hoy, en los diversos Estados, subordinada a un examen, organizado bajo el control de las cortes. La posesión de un título universitario no es nunca suficiente, pero es exigida hoy en la mitad alrededor de los Estados, a diferencia de Inglaterra.

Las escuelas de derecho son extremadamente variadas en Estados Unidos, y su valor es diverso. Aquellas que merecen verdaderamente ese título se caracterizan por una doble línea: ellas son miembros de la Association of American Law School, y son aprobadas por el American Bar Association.

Esas dos calidades aseguran serias garantías: la pertenencia a la A.L.S., y la aprobación por la A.B.A., no son posibles que si las escuelas se conforman, a ciertas reglas que tocan la duración de los estudios, las condiciones de admisión de los alumnos, el reclutamiento de los profesores, la composición de los programas, etc.

Los estándares asi exigidos dejan subsistir entre las escuelas variadas diferencias, pero aseguran que un nivel conveniente es alcanzado en cada escuela de derecho. Las escuelas de derecho no reciben en los Estados Unidos que los estudiantes deseosos de ejercer la profesión de jurista.

Ellas se preocupan bastante poco de la cultura general de sus alumnos, esta cultura (pre-legal education( siendo supuestas adquirida por los estudiantes en los años que han precedido su entrada a la escuela de derecho; los estudiantes han, ante su entrada a la escuela de derecho, frecuentado un “colegio de universidad”, durante 3 o 4 años después de haber salido de la high  school que da una enseñanza esencialmente orientada hacia la practica; el aspira a salir de la escuela de derecho, apto a ejercer su oficio.

Las escuelas de derecho americana por lo tanto tienen como objetivo brindar educación profesional, reserva hecha del caso de ciertos estudiantes que hacen investigación. El método empleado para la enseñanza en las escuelas de derecho americanas, conocido bajo el nombre de case method, es muy diferente de los métodos empleados de manera común en Francia o en Inglaterra.

El estudiante debe leer, por adelantado, un cierto número de decisiones judiciales, o extractos de artículos; es él que expone en el grupo, dirigido por el profesor, lo que ha leído, las preguntas que han percibido, los intereses en juego en el asunto; él posee preguntas sobre los puntos que no le parecen claros.

El profesor de su lado lo interroga, hace descubrir a sus estudiantes las relaciones entre la cuestión estudiada y las preguntas vecinas, modifica los términos del problema para demandar si la solución debería en ese caso ser cambiada. El grupo entero participa en la discusión, cda uno haciendo las preguntas y emitiendo su opinión.

El método de los cursos magistrales no es utilizado de manera excepcional. El case-méthode (método de caso) da buenos resultados en el medio americano, donde el estudiante no aprueba ninguna molestia con respecto del maestro, y donde la escuela de derecho tiene muy ampliamente el carácter de una escuela técnica profesional.

Otras características de las escuelas de derecho americanas, adhiriéndose a la misma tendencia, son el carácter práctico de las materias que son enseñadas, y la muy grande gama de las opciones abiertas a los estudiantes en la escogencia de las materias que ellos estudiaran.

La escuela de derecho americana, en todas esas características, no puede ser comprendida, y correctamente apreciadas, que si se ha presentado al espíritu el hecho que ella dispensa un enseñanza post-universitaria (postgraduate); los estudiantes que la frecuentan ya han, en un primer ciclo de estudios perseguido en los colegios de las universidades, adquirida la cultura general juzgada indispensable, y las escuelas de derecho pretenden enseñarles, sobre la base de esta cultura general, la profesión de abogado.

Pero el americano que, por la virtud de un examen sometido al control del poder judicial, es admitido a ejercer la profesión de jurista, deviene un lawyer.  La palabra no tiene equivalencia, a propiamente hablando, ni en francés ni en inglés, pues la organización profesional de los juristas es, en Francia como en Inglaterra, muy diferente y permite difícilmente las comparaciones.

El lawyer americano, en las grandes ciudades al menos, va a menudo a trabajar en un gabinete, que lo habrá reclutado, y donde se le dará una especialización, a veces estrecha. Un pequeño número adoptará la especialidad de tal lawyer, y aparecerá en la justicia para proceder, en los procesos civiles o criminales, a los interrogatorios y contrainterrogatorios que caracterizan la audiencia pública en los Estados Unidos.  Otros se especializaron en las tareas contenciosas recordando las funciones de nuestros abogados.

jpm/am

 

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