El secreto bancario: DGII y ley facta

Crear una unidad Internacional en la Dirección de Impuestos Internos (DGII), se hace necesario hoy, en vista de las condiciones que impone Estados Unidos con su ley de cruce de datos mandatorios y por los estándares de la Unión Europea,a ese respecto que afectarán al país. La visita del vice de EUA, Mr. Joe Biden este Junio 21, lo pondrá sobre el tapete y está en agenda.Necesitamos ayuda para controlar el lavado, además, verificar las extradiciones de sospechosos solicitados por USA y conocer el movimiento de dólares mal habidos. Por ejemplo,si firmamos convenios automático con el IRS de EUA y con oficinas impositivas de la Unión Europea, se facilitará la obtención de datos confidenciales y se evitará el lavado del narco, manteniéndose el secreto bancario en R.D. limitado, en vista de que el flujo de datos, será periódicamente en forma colectiva y no individual. Esa unidad debe ser responsable ante el país y la DGII, de dar sólo lo permitido por ley. Por requerimiento del IRS de Estados Unidos con su ley de FACTA, siglas en inglés son -Foreign Account Tax Compliance Act-, la cual fue extendida su implementación en este año, hasta abril 2015, estamos obligados a dar datos de contribuyentes locales residentes en USA o ciudadanos gringos, vía el DGII. Lo mismo exigen algunos países europeos a sus súbditos. Por ejemplo las autoridades competentes de los Países Bajos y de la RD se pueden comprometer a intercambiar en forma automática la información respecto de las personas que residen en uno o en ambos Estados, al menos una vez por año. Un acuerdo de intercambio de información tributaria con respecto a paraísos fiscales como Curazao, gobernado por Holanda, con el cual tenemos negocios y cercanía, les permitirá acceder a ambas instituciones tributarias de nuevos datos de empresas y personas investigadas por evasión fiscal, y eso debe firmarse con el DGII para ser legal. Así podremos comprobar maniobras detectadas informalmente de grandes empresas manufactureras y petroleras (productores y proveedores). La mayor parte de las empresas holandesas están inscritas fiscalmente en Curazao para pagar menos impuestos. La política del gobierno holandés hoy es la de firmar la mayor cantidad de memorandos para el intercambio automático de información para evitar el fraude fiscal y la evasión de impuestos; de hecho, a partir del año 2015, éstos van a ser un estándar en la Unión Europea. Una empresa de RD que le paga a una empresa de Holanda regalías por el uso de una marca, por ese caso, la RD le retendrá un 10 por ciento; sin el convenio, debería retenerle un 35%. La unidad de intercambio informativo del DGII, debe crearse con expertos en materia impositiva de EUA y Europa, para estar a la par y entenderse con los trámites y consecuencias que son una especialidad que no se estudia en RD. Los expertos nombrados deben ser duchos con el código tributario dominicano y con el IRS (Internal Revenue Service del Tesoro EUA)como un agente registrado, enrolled agent y con sistema impositivos europeos, para poder representar noblemente al país. Con EUA, tenemos otra responsabilidad ante la inminencia de la aplicación de la ley fatca en Estados Unidos, que obligará desde julio a los bancos de todos los países a reportar los datos de las cuentas de contribuyentes norteamericanos al fisco de ese país, reportando con penalidades si no cumples en el FBAR on line, o con la Forma& 8938. Eso acelerará la posibilidad de un acuerdo tributario bilateral (denominado I.G.A.) con RD. Se pidió una extensión, debido al retraso de seis meses en el proceso de apertura de cuentas pertenecientes a entidades para ajustarse a la ley y el tesoro de EUA, dio a todo el mundo hasta, el 1/1/2015. La Asociación de Especialistas en Crímenes Financieros de EE.UU. mencionó a la RD como «una de las naciones activas para firmar un acuerdo de tipo IGA». La DGII, si cruza informaciones tendrá derecho bajo ese acuerdo de acceder en forma recíproca a los datos de los contribuyentes dominicanos con cuentas bancarias en EE.UU. Aunque Washington no parece estar muy dispuesto a conceder esta ventaja. A su vez, los bancos dominicanos, no pueden soltar datos al gobierno de EUA, pues necesitan el aval de la DGII para transferirle los datos al IRS justamente a través del organismo que conduce Guarocuya Félix,porque, si no, estarían violándose la ley de secreto bancario local. Pero si no lo hacen, el fisco norteamericano les retendría el 30% de su renta en cuenta bancaria o penalidades altas por no declarar ingresos o bienes de sus residentes en el exterior De ahí que la DGII podría acceder a negociar un acuerdo como país que cede datos sin recibir nada a cambio, «en una primera etapa», pero con derecho a datos a petición motivada y escrita. En este sentido, en el convenio a firmarse,debemos consignar un plazo en el que Washington-IRS, comenzaría a brindar estos datos, a RD, en el futuro, que, algún día, llegará, porque el Presidente Obama y el presidente Peña Nieto lo dijeron en reunión G-8 reciente. “Hay un compromiso de las autoridades fiscales en todo el mundo para compartir su información con el fin de evitar la evasión. Y las empresas internacionales deben ser transparentes respecto al pago de sus impuestos, se debe saber quiénes son sus verdaderos dueños y los recaudadores de impuestos han de tener un fácil acceso a esa información para recabar los impuestos que se les adeudan» Esperamos, Joe Biden toque el tema, o lo delegue a sus técnicos.

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