Advierte reglamento DGII afectaría la libre competencia

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SANTO DOMINGO.- La Comisión Nacional para la Defensa de la Competencia (ProCompetencia) detectó ambigüedades en el borrador de reglamento para aplicación del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (Itebis) a prestadores de servicios digitales en el extranjero.

La entidad recomendó a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) solucionar esas imprecisiones,  para evitar que ese reglamento se convierta en una barrera regulatoria que desincentive la entrada de nuevos actores a los mercados y afecte la dinámica de competencia libre y leal, según una nota.

Asimismo, para que los derechos de los usuarios no resulten afectados y la norma se preste a aplicación discrecional por parte de las diversas agencias de la administración tributaria.

Advirtió que de ser mantenidas dichas fallas, se produciría una alteración al principio de neutralidad fiscal porque se otorgaría a los proveedores locales de servicios digitales un tratamiento diferenciado y ventajoso respecto de los servicios digitales prestados desde otros países.

Indicó que la DGII debe precisar el tratamiento que se dará a proveedores domiciliados o residentes en el país que incursionen en la prestación de los servicios digitales.

Señaló que, si bien la redacción del borrador no establece que el costo del impuesto habrá de ser asumido  por el consumidor local, él lo pagará en el  servicio digital que consuma.

El órgano estatal ha sugerido a la DGII apelar al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su condición de ente regulador, para evaluar el principio de equidad al momento de gravar los servicios digitales con Itebis o cualquier otro tributo.

Destacó que en el artículo 4 del borrador son identificados como sujetos obligados a las empresas y personas físicas no residentes ni domiciliadas en República Dominicana que realicen prestaciones de algunos de los servicios digitales, y que sean utilizados en el territorio nacional.

Sin embargo, no se refiere a la aplicabilidad o no del Itebis a los similares prestados por proveedores locales para ser consumidos dentro del territorio nacional, como sucede con Corotos.com, LaPulgaRD.com, PedidosYa.com.do.

cfl-am

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