La segunda vuelta electoral

Originalmente conocido como
ballottage,este método de
elección típico del constitucionalismo francés se instituyó por primera vez en
el año 1852 durante el Segundo Imperio de Napoleón III. Por disposición de una ley
orgánica del año 1958, en Francia se emplea además en la elección de los miembros
de la Asamblea Nacional, contrario a otros países que lo aplican sólo para
elegir los presidentes.

El ballottage tiene como
finalidad principalreducir a dos el
número de participantes en unas elecciones y posibilitar que quienes resulten
electos tengan asegurada una alta cuota de legitimidad, por haber recibido el
apoyo de la mayoría absoluta de los votantes.

La polarización de la segunda
vuelta electoral entre dos partidostiende a provocar
resultados con diferencias muy estrechas, tal y como acaba de ocurrir en las
elecciones de El Salvador, donde el candidato delFrente Farabundo Martí para la
Liberación Nacional (FMLN), Salvador Sánchez Cerén,venció al candidato de laAlianza Republicana
Nacionalista (Arena), Norman Quijano, con una diferencia deaproximadamente seis mil votos,
provocando que este último demandarade inmediato un
reconteo de voto, no sin antes haber acusado al órgano electoral de haber
estado parcializado en su contra.

Sin embargo, mucho más delicado
es el caso que afecta a la consolidada democracia de Costa Rica, debido a queel candidato deloficialistaPartido Liberación Nacional,
Johnny Araya, ante el hecho de encontrarsesegún
las encuestasen amplia
desventaja frente al candidato del opositor Partido Acción Ciudadana, Luis
Guillermo Solís,decidió no
presentarse a lasegunda vueltaque deberá celebrarse el 6 de
abril del 2014.

En Costa Rica para ganar la
presidencia se requiere que el candidato más votado haya obtenido una votación
equivalente a por lo menos el cuarenta por ciento de los votos válidos
emitidos. En caso de que ninguno de los candidatos haya superado ese umbral de
legitimidad, los dos más votados deben presentarse obligatoriamente en una
segunda vuelta, conforme al párrafo final del artículo 138 de la Constitución
Política que les prohíbe retirarse. Por
lo tanto,las elecciones deberán
celebrarse tal y como estaban programadas, independientemente de la decisión
anunciada por el candidato oficialista.

En nuestro país el ballottage se
incorporó en la Reforma Constitucional del 14 de agosto del 1994, dentro de los
acuerdos que se suscribieron para superar la grave crisis generada por las
acusaciones de fraude que pesaban sobre el doctor Joaquín Balaguer, como
consecuencia de los cuestionados resultados de las elecciones de ese año. En
principio el acuerdo contemplaba un umbral de un cuarenta y cinco por ciento
más uno para ganar en primera vuelta, pero mediante una serie de maniobras del
oficialismo se impuso el cincuenta por ciento más uno, que es un verdadero
ballottage.

Solamente en las elecciones del
año 1996, en las que fue electo como presidente el doctor Leonel Fernández con
el cincuenta y uno por ciento de los votos válidos emitidos, ha sido necesario
acudir a la segunda vuelta. Veinte
años después, el 26 de junio del 2016, conforme al artículo 209 de la
Constitución, podríamos vernos en la necesidad de acudir a otra segunda vuelta
para definir al ganador de la presidencia.

ej.olivares@hotmail.com

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