Los maestros al grito por la violencia estudiantil
POR TEODORO DIAZ
Los profesores dominicanos están que pegan el grito al cielo por los variados episodios violentos que a diario se escenifican en las escuelas.
Aparte de las riñas en las que se ven envueltos estudiantes de primaria y secundaria, también se hace presente el irrespeto de los estudiantes a los maestros y estos últimos se encuentran atados de pies y manos porque no encuentran apoyo de las autoridades educativas y mucho menos de los padres de los estudiantes.
A todo esto se agrega lo benévolo que son las normas del sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados. Los estudiantes al conocer que no tienen regímenes fuertes de consecuencia hacen al caso omiso a las mismas y muchos hasta se burlan alegando que no se les puede sancionar drásticamente.
Una muestra de lo difícil que se le hace a los docentes al momento de corregir la indisciplina de los estudiantes la encontramos en el artículo veintiuno de las normas del sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados.
Artículo 21. Faltas Muy Graves. Constituyen faltas muy graves las acciones que implican peligro y/o daño para los/ las estudiantes, cualquier persona o las instalaciones del centro educativo. También, aquellas que constituyen un daño moral a compañeros y compañeras, a autoridades y a la propia institución. Se consideran faltas muy graves solo las siguientes
a) Acoso escolar, tal como está definido en la presente Norma.
b) Traer o consumir sustancias prohibidas.
c) Apropiación de útiles escolares de forma particular o en complicidad.
d) Alteración de documentos del centro educativo.
e) Desafío o agresión a miembro del centro educativo.
f) Traer o usar objetos peligrosos.
g) Reincidencia en las faltas graves que, aún con el seguimiento y apoyo del centro educativo, en articulación con las familias, no han sido superadas.
Después de ver con meridiana claridad a lo que el reglamento le llama faltas muy graves veamos a continuación las sanciones para las mismas.
Artículo 22. Medidas Educativas y Disciplinarias para Faltas Muy Graves. Las siguientes medidas son aplicables ante faltas muy graves:
a) Todas las medidas educativas y disciplinarias establecidas para faltas graves.
b) Ubicación del/la estudiante en un espacio fuera del aula, por un período máximo de dos días, debiendo realizar las tareas indicadas por el/la docente en otro lugar del centro educativo identificado previamente. El o la estudiante tendrá tareas específicas y se comprometerá a rendir avances cada día bajo la supervisión del/la profesor/a y la familia. Los padres, madres o tutores deberán revisar y firmar las tareas asignadas a los/as estudiantes.
c) Suspensión de la participación en actividades fuera del centro educativo.
d) Suspensión de la participación del estudiante en actividades dentro del centro educativo, siempre que esas actividades no formen parte del currículo obligatorio del curso.
Después de ver lo que establece la norma con relación a las faltas muy graves, nos damos cuenta que las medidas a tomar no se relacionan con la gravedad de las mismas. Es por ello que se hace un llamado a revisar dicho reglamento, no buscando con esto perjudicar a los estudiantes sino más bien para adecuarlo a la realidad social de las escuelas dominicanas, para nadie es un centro que los niveles de violencia que experimentan las escuelas del país guarda mucha relación con la violencia estructural de toda la nación, por ello urge que toda la comunidad educativa se una en torno a esta problemática, pero los diversos sectores han dejado sola a la escuela con esta realidad.
La mayoría de los padres ven la escuela como una guardería en donde ellos depositan sus hijos por ocho horas para ellos realizar sus actividades sin contratiempo y muchos de ellos ni conocen el maestro de sus hijos porque no acuden a ninguna reunión que se les convoca.
Los maestros hacen un llamado al ministerio de educación para que sean revisadas las Normas del Sistema Educativo Dominicano y sobre todo para que se les haga saber a los padres del compromiso moral y social que tienen frente a sus hijos.
Los docentes entienden que si no existe un régimen de consecuencia real y verdadera no se podrá jamás contar con una Convivencia Armoniosa en los Centros Educativos Públicos y Privados.
jpm