SIPEN califica injusta y contraria sentencia del TSA sobre las AFP

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El superintendente de Pensiones, Ramón Emilio Contreras Genao, junto a técnicos y abogados de este organismo oficial.

SANTO DOMINGO. – La Superintendencia de Pensiones (SIPEN) calificó de injusta y contraria al derecho la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordena a ese organismo la restitución de valores supuestamente sustraídos a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) .

El superintendente de Pensiones, Ramón Emilio Contreras Genao,  y un equipo de técnicos y abogados de este organismo oficial, anunciaron que recurrirán la decisión  ya que, según dijeron, tal sustracción no se realizó jamás.

Señalaron que eso queda evidenciado en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.

En la rueda de prensa leyeron un documento cuyo texto es el siguiente:

«A LA OPINION PUBLICA NACIONAL

CON MOTIVO DE LA SENTENCIA NUM.030-02-2022-SSEN-00327 DICTADA POR LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO.

La Constitución de la República, consagra el derecho a la seguridad social, mediante la fórmula establecida por el artículo 60, el cual reza:

“Artículo 60.- Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez.”

Para la protección y garantía de este derecho se han establecido múltiples mecanismos, entre los cuales se encuentran la creación de instituciones al amparo de la Ley Número 87-01 del año 2001, siendo una de estas instituciones la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).

En este sentido tenemos el artículo 107 de la referida Ley Número 87-01 que establece textualmente lo siguiente:

“Art. 107.- Creación de la Superintendencia de Pensiones Se crea la Superintendencia de Pensiones como una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerza a plenitud, la función de velar por el estricto cumplimiento de la presente ley y de sus normas complementarias en su área de incumbencia, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el sistema previsional dominicano. Está facultada para contratar, demandar y ser demandada y será fiscalizada por la Contraloría General de la República y/o la Cámara de Cuentas sólo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos.”

Entre las atribuciones legales conferidas por la referida Ley Número87-01 a la Superintendencia de Pensiones, se destacan las siguientes:

“Art. 108.- Funciones de la Superintendencia de Pensiones La Superintendencia de Pensiones tendrá las siguientes funciones:

e) Fiscalizar a las AFP en lo concerniente a las inversiones del Fondo de Pensiones, según los riesgos y límites de inversión dictados por la Comisión Clasificadora de Riesgos y en lo relativo a la entrega de los valores bajo custodia del Banco Central de la República Dominicana;

f) Fiscalizar a las AFP en cuanto a su solvencia financiera y contabilidad; a la constitución, mantenimiento, operación y aplicación de la garantía de rentabilidad, al fondo de reserva de fluctuación de rentabilidad, a las carteras de inversión y al capital mínimo de cada AFP;”

Todas estas funciones legales han sido, están siendo y seguirán siendo cumplidas por esta Superintendencia de Pensiones, y muy particularmente las funciones relativas a la protección y garantía de los derechos de seguridad social de los afiliados.

De hecho, toda situación que pudo dar lugar a apreciaciones incorrectas o malas interpretaciones fue debidamente clarificada, sin que en ningún momento los derechos de los afiliados hayan resultado lesionados.

Es deber de esta Superintendencia de Pensiones dejar constancia, y edificar y aclarar a la opinión pública nacional, que en ningún momento estos derechos han sido afectados ni reducidos, ni mucho menos sustraídos los fondos de la cuenta de capitalización individual de los trabajadores afiliados.

En estas circunstancias y contrario a la realidad ostensible,  la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), dispuso en síntesis lo siguiente:

“Ordena a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), en su condición de entidad reguladora de las Administradoras de Fondo de Pensiones AFP POPULAR, S.A.; AFP RESERVAS, S.A.; AFP CRECER, S.A.; AFP SIEMBRA; AFP ATLANTICO, S.A.; y AFP JMMB BDI, S.A., dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 100 y 105 de la Ley Num.87-01; ajustarse a los requerimientos de la Ley Num.87-01 y restituir a los accionantes los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual de acuerdo a deducciones.”

Esta sentencia no solo es injusta, sino además total y absolutamente contraria a derecho, y sobre todo a principios y aspectos constitucionales, toda vez que las circunstancias retenidas en la misma no guardan relación ni son conforme con la realidad de los hechos y mucho menos con la constitucionalidad y legalidad dominante en virtud de que:

a).- La rentabilidad real de los fondos de pensiones se ha mantenido por encima de la rentabilidad mínima del sistema. En tal sentido, no existe un fondo de pensiones que se encuentre por debajo de la rentabilidad mínima exigida, condición indispensable conforme las disposiciones de la ley, por lo que no existe la posibilidad de que los recursos acumulados en la cuenta Garantía de Rentabilidad establecida en el artículo 105 de la ley, sean utilizados con fines distintos a los que están expresamente establecidos en la ley 87-01. Por lo tanto, se ha dado fiel cumplimiento a lo establecido en los artículos 103, 104 y el referido artículo105 de la Ley Núm. 87-01.

b).- Las cuentas de capitalización individual de los actuantes presentan saldo positivo superior a los aportes realizados durante los meses transcurridos hasta el corte de agosto de 2022, evidenciando esto que las inversiones de los fondos de pensiones han generado rendimientos favorables.

c).- De igual forma, el saldo acumulado de las CCI de los actuantes se ha mantenido en crecimiento a pesar de que, en algunos casos, no se hayan recibido aportes de manera constante a estas cuentas, sino que todo el crecimiento de esas CCI se atribuye al rendimiento generado por las inversiones realizadas a favor del fondo de pensiones.

d).- Asimismo, cabe aclarar que dentro de los actuantes existen casos de afiliados que se encuentran disfrutando de beneficios otorgados por el sistema dominicano de pensiones e incluso, han retirado la totalidad del saldo acumulado en sus CCI.

Tal como hemos resaltado anteriormente, resultado de la pandemia COVID-19 y la actual situación geopolítica mundial, a nivel internacional se ha registrado una crisis económica que ha llevado a la adopción de medidas coyunturales de carácter macroeconómico para fines de contrarrestar las consecuencias económicas y financieras presentes. Ambas situaciones han causado un impacto en los precios de todos los mercados del mundo, siendo uno de los más afectados el mercado de capitales, causando una variación en los precios de los instrumentos financieros, lo cual no implica una pérdida de la rentabilidad generada por las inversiones. La República Dominicana no ha sido la excepción y se han tenido que aplicar y adoptar medidas de política monetaria para controlar la inflación actual. Debido a que la mayor parte de los recursos de los fondos de pensiones se encuentran invertidos en instrumentos financieros que son ofrecidos y transados en el mercado de valores, los cambios en las tasas de interés y las variaciones en la tasa de cambio impactan los precios de los instrumentos financieros, afectando el valor de éstos. Por otra parte, cabe indicar que estas circunstancias no solamente han afectado a las inversiones realizadas por las AFP, sino a aquellas realizadas por entidades financieras que administran recursos de terceros, por lo que no es un comportamiento exclusivo del sistema de pensiones.

Visto lo anterior, puede advertirse el absurdo de la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que está ordenando a esta Superintendencia dar cumplimiento al artículo 105 instruyendo la restitución de valores supuestamente sustraídos, pero que nunca han sido ni fueron ni serán sustraídos. En este sentido, como se expuso en el desarrollo de la instrucción de la acción de amparo de cumplimiento celebrada por ante el Tribunal Superior Administrativo, tal sustracción no se realizó jamás, lo cual se evidencia en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.

Como hemos reiterado en innumerables ocasiones, no se han registrado sustracciones a las CCI de ningún afiliado al sistema de pensiones, según lo indicado por los actuantes. Lo registrado en el mes de febrero se debió a situaciones coyunturales, propias de los mercados financieros y al comportamiento de variables externas que inciden en la valoración de los instrumentos financieros en un mercado organizado de capitales, en desarrollo, como el de nuestro país, que en modo alguno implicaron sustracción de fondos o valores a las CCI.

Asimismo, es importante recalcar que los recursos acumulados en los fondos de pensiones constituyen el principal ahorro nacional contribuyendo en el desarrollo de sectores como el turismo, energía, industrias, entre otros, generando externalidades positivas en la economía de nuestro país y siendo parte importante de la estabilidad económica que hemos disfrutado en los últimos años. Son los principales inversionistas institucionales del mercado de capitales de nuestro país y han sido los precursores vitales de éste.

Finalmente, el proceso de inversión de los recursos de los fondos de pensiones es estrictamente regulado y supervisado diariamente por esta Superintendencia de Pensiones, actuando en apego a las disposiciones de la Ley 87-01 y sus modificaciones, sus normas complementarias, las mejores prácticas utilizadas a nivel internacional, en la búsqueda de generar las mejores condiciones posibles para los trabajadores afiliados al Sistema.

Visto todo lo anterior esta Superintendencia como garante del buen funcionamiento del sistema dominicano de pensiones, ha decidido incoar los recursos legales pertinentes ante el Tribunal Constitucional».

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ASURBANIPAL
ASURBANIPAL
2 Años hace

la naturaleza de la seguridad social es depredar al afiliado ese es su leitmotiv

ASURBANIPAL
ASURBANIPAL
Responder a  ASURBANIPAL
2 Años hace

la sipen termino siendo para los afiliados como la iglesia en manos de lutero

Cesar el
Cesar el
2 Años hace

esto se jodio, quien está supuesto a defendernos, esta en contra de que los afiliados nos veneficiemos de ese maldito robo

MIGUELPENA FLORIAN
MIGUELPENA FLORIAN
2 Años hace

este grupo de pendejos tambien sacan su buena tajada del dinero de los trabajadores,obligados a sentirse golpeados.cqbrones…

CARLOS GUERRERO
CARLOS GUERRERO
2 Años hace

no, jodan con eso que ustedes lo único que buscan es que les den unos chelitos así vivimos en este asqueroso pais, por gente como ustedes no avanzamos las supuesta lucha nunca son justa.

David Castillo
David Castillo
2 Años hace

la ley morada de seguridad sucial. solo sirve para darle salud gratis y pensiones a ilegales que no pueden decir : perejil.

Jorge Manuel Mustonen Morel
Jorge Manuel Mustonen Morel
2 Años hace

hay que eliminar de raiz y tirarlas al fuego a las afp y a las ars. se lucran y viven como jeques con el dinero de millones de dominicanos.alianza paÍs lo ha dicho bien claro: ni afps y. ni arss.

Francisco
Francisco
2 Años hace

ese charlatán defendiendo sus prebendas por debajo de la mesa. se olvidan que la pólvora está comprada y la mecha armada. solo falta una chispa par encenderla y los sirve para nada de abinader apostando a la revuelta al darle la espalda al pueblo. cuidado después con culpar a la oposición

Jozam
Jozam
2 Años hace

o sea que el organismo pagado por los contribuyentes para defender el derecho de los afiliados, hoy de manera pública y descarada, se pone al servicio de los ladrones de las afp. la verdad es que se están jugando con fuego y en cualquier momento pueden estallar revueltas que luego serían difíciles de parar.ese superintendente debería estar cancelado al día de hoy.

ELVIA
ELVIA
2 Años hace

esa sentencia esta muy bien porque lo q quieren es sangrar a uno y hacerse cada dia mas ricos connel dinero de los trabajadores. en rd hay q tirarse a las calles y paralizar el pais para ver sino se acaban los abusos.

GILBERTO Q.
GILBERTO Q.
2 Años hace

esta pandilla de ladrones del sipen deberían estar presos todos, en vez de estar haciendo ruedas de prensa para defender las mafiosas afps y ars

Martín
Martín
2 Años hace

esto mas que una reseña periodistica, parece un espacio pagado de varias páginas

Sergio Garcia
Sergio Garcia
2 Años hace

señores recuerden que cuando se habla de sustracción, eso es robo

Julian
Julian
2 Años hace

totalmente de acuerdo, que todo aquel que quiera sacar su dinero ahorrado que lo haga. porque diablos esta gente quiere disponer del dinero ajeno, increible.

ASURBANIPAL
ASURBANIPAL
2 Años hace

eso es poner la eficiencia y rentabilidad de una institucion por encima de la solidaridaridad prevencion social .ahora que se sabe el verdadero fin de esa institucion lo que se debe eliminar es la obligatoridad y que los que no esten de acuerdo con esos instrumentos financieros les devuelvan el dinero ahorrado lo que estimularia la economia ya que resolveria multiples problemas y el banco central y los bancos privados ****rian verguenza .

ASURBANIPAL
ASURBANIPAL
Responder a  ASURBANIPAL
2 Años hace

ya que no tendrian la seguridad social que los respalde en sus operaciones riesgosas y disvarios financieros

Hillary
Hillary
2 Años hace

eso es robo y estos ladrones ahora se escudan detras de la constitucion para seguir justificando el latrocinio del sudor de millones de infelices que solo reclaman el producto de su esfuerzo y trabajo.

weredark
weredark
2 Años hace

ladrones, devuelvan la parte de les tocó.

El Justiciero II-3
El Justiciero II-3
2 Años hace

…»lo que hay que hacer con ese turbio organismo es una «auditoria profunda«, y que esta sea «pedida y ordenada por el tsa (tribunal superior administrativo), sino el presidente de la republica deberia ordenarla hacer, «y que no vengan a oponerse esta pila de super – ladronazos, salteadores y abusadores, que pretenden negarlo todo el robo claro a mano armada y la desaparicion de esos miles de millones ajenos» !!!…

El Justiciero II-3
El Justiciero II-3
2 Años hace

…»cuando no se trata de robo, ahi ustedes «critican», pero cuando es un tremendo robo a mano armada y ustedes son los principales complices, ahi no la critican, ustedes balsas de super – ladronazos deberian «caer presos todos», «de seguro que ese grupo de super – ladronazos que integran ese turbio organismo hay «comesolos, peledeistas» ahi todavia robando a dos (2) manos de los cuartos ajenos de los trabajadores«, «deberian dar explicaciones

El Justiciero II-3
El Justiciero II-3
Responder a  El Justiciero II-3
2 Años hace

de la desaparicion de mas de «ocho (8) mil millones, desaparecidos por arte de magia y nadie sabe, ni ellos ni siquiera quieren dar explicaciones del robo de esos miles de millones» !!!…

El patriota 👍
El patriota 👍
2 Años hace

como se juega con los chelitos de nosotros los trabajadores, que bien viven los que dizque están para administrar nuestro esfuerzo y sudor, un pobre trabajador no puede pensionarse antes de 30 años de trabajo sufrido, mientras hay muchos de estos ganster que se embolsillan millones mensuales, hay pedro botello que será de nosotro los más chiquitos

Élbido Guzmán
Élbido Guzmán
Responder a  El patriota 👍
2 Años hace

hay que modificar la ley 87-01, eliminar a las afp, y todos trabajadores lanzarse a la calle a reclamar su dinero,no detenerse ni coger presión de nadie.