¿Qué quería el General con la Anexión?

Varias fuentes de entero crédito aportan suficiente evidencia histórica en torno a los objetivos en base a los cuales, entre 1859 y 1860, el Ejecutivo dominicano pactó una alianza política con España, en virtud de la cual el 18 de marzo del año siguiente, la República quedó transformada en la Provincia de Santo Domingo adherida al sistema monárquico de la Corona española.

La historia de la dominación y última guerra de España en Santo Domingo, obra del militar Ramón González Tablas, capitán de infantería del ejército español de operaciones que maniobró en territorio dominicano durante la Guerra Restauradora, es una de esas fuentes.

En ella se narran los hechos que tuvieron lugar a lo largo de ese período crítico de la historia dominicana, abordando su autor temas relacionados con el papel que jugaron los principales actores envueltos en el proceso, sus causas determinantes, y las consecuencias que a su entender derivaron del mismo hasta 1870, dos años después de haber caído doña Isabel II, en cuyo reinado se patrocinó la reincorporación.

Considerando que en su libro el capitán González Tablas evidencia sin tapujo una visceral antipatía por la anexión y por su principal propulsor, Pedro Santana, sus precisiones en torno a todo aquello que desde el punto de vista histórico pudiera favorecer a éste, constituyen pruebas incontrovertibles.

En especial tienen particular interés, aquellas mediante las cuales el autor deja ver que la negociación del protectorado o la anexión de la República, habría sido una decisión del Gobierno dominicano condicionada, en cualquiera de los casos, a que España asumiera el compromiso de cumplir determinadas cláusulas que servirían de base a un eventual convenio de alianza política.

Esas cláusulas constituían una suerte de plan de Nación concebido por el Gobierno dominicano, sustentado en cuatro ejes centrales de acción, específicamente circunscritos en el plano político, militar, productivo y financiero de la República.

Las condiciones propuestas por el Ejecutivo dominicano, se hallaban en íntima concordancia con las necesidades prioritarias del momento.  Los efectos buscados, no solo satisfarían esas necesidades, sino que procuraban impactar en los cimientos de las estructuras decadentes que necesitaba transformar la República para superar su estado de retraso y estancamiento.

Refiriéndose al general Felipe Alfáu, quien en 1859 fuera comisionado por el presidente Santana para negociar en Madrid el protectorado de la República, el capitán González Tablas afirma textualmente que “el convenio que proponía el general dominicano, contenía siete artículos que ligaban a España, y eran los siguientes:”

“1ro. Promesa solemne de conservar y ayudar a conservar la independencia de la República, así como de asegurar la integridad de su territorio.”

“2do. Mediación de España, con exclusión de cualquier otra potencia amiga, en las dificultades que pueden ocurrir entre la República y otras naciones; esto es, que sea S. M. C. –Su Majestad Católica- el único árbitro en los asuntos internacionales de la República.”

“3ro. Intervención y protección de Su Majestad Católica en cualquiera eventualidad en que la independencia de la República o la integridad de su territorio puedan estar amenazadas.”

“4to. Que S. M. C. dé a la República los medios necesarios para fortificar aquellos puntos marítimos que más exciten la codicia, por ejemplo las bahías de Samaná y de Manzanillo, así como el armamento que pueda necesitarse para guarnecer las plazas y puntos fortificados. Todo ello a título de pagar la República su costo en los términos que se convengan.”

“5to. Real venia de S. M. C. para que de Cuba y Puerto Rico vayan sargentos y oficiales de su ejército que instruyan al dominicano.”

“6to. Consentimiento de S. M. C. para que los soldados, cabos y sargentos de su ejército de Cuba y Puerto Rico, cumplido el tiempo de su servicio, puedan, si quieren, en vez de venir a España, establecerse en la República, enganchándose en el ejército dominicano o ejerciendo las industrias que sepan o dedicándose a la agricultura, en cuyo caso se les dará terrenos en absoluta propiedad.”

“7mo. Celebrar un convenio de inmigración con la República.”

Salta a la vista el testimonio aportado por el capitán González Tablas, en el sentido de que la primera condición que exigía Santana en 1859 para aliarse a España bajo un esquema de protectorado, consistió en el compromiso solemne que debía asumir esa potencia europea de “conservar y ayudar a conservar la independencia de la República” y de garantizar “la integridad de su territorio”.

El escritor español asevera a seguida, que a cambio de las obligaciones con cargo a España, el Gobierno de la República la compensaría mediante cinco estipulaciones de cuyo cumplimiento se hacía compromisario.

Esas cinco obligaciones que asumiría la República, residían, primeramente, en “no ajustar tratados de alianza con ningún otro soberano o potencia”, provisión equilibrada por el principio de equidad que debe primar en todo contrato.

En segundo término, el Gobierno de la República prometía otorgarle a España las concesiones que a su vez le permitieran cumplir con los compromisos que debía asumir en su favor, y de manera primordial, con aquellos que tenían que ver con la preservación de su independencia y “la integridad de su territorio”, precisando “por ejemplo, un astillero en Samaná”.

Enfatizando en su interés de construir en esa bahía un complejo naval dedicado a la fabricación y reparación de embarcaciones, el tercer compromiso que hacía el Gobierno de la República,  garantizaba a España, mediante el otorgamiento de una concesión de explotación maderera por tiempo definido, la facilitación de los insumos que requeriría para ejecutar el referido proyecto.

El cuarto compromiso que asumían los dominicanos, iba en su propuesta de no otorgar concesiones de explotación a otros gobiernos, arreglo éste que también se inscribía en el marco del citado principio de equidad contractual.

La quinta y última obligación que contraería la parte dominicana, era más bien un recurso hábilmente planteado por el Ejecutivo, que en el fondo buscaba arrancarle a España un octavo compromiso.

El Gobierno de la República proponía en esta quinta condición, que “las sumas que hayan de abonarse por armamento, construcción de fortificaciones o por cualquier otro concepto, constituirán una deuda de la República con España, deuda que no pagará intereses y que se amortizará en los términos que se convengan.”

Se trataba de un planteamiento financiero, que no intentaba solamente beneficiar a la República con un préstamo de desarrollo a tasa cero, sino que se anticipaba a declarar su imposibilidad material de amortizarlo a corto plazo.

Esto así, porque a seguida agregaba que “se tendrá que tomar en cuenta que aunque la República no tiene más que una deuda interior de unos cuatrocientos mil pesos fuertes, su tesoro está actualmente exhausto, por haber tenido que hacer frente a una multitud de compromisos contraídos por las dos últimas administraciones.”

De ahí que el capitán González Tablas sostuviera que las condiciones propuestas por el presidente Santana a través de su Plenipotenciario en Madrid, general Felipe Alfáu, solo beneficiaban a la República y absolutamente en nada a España. Su alarma alcanzó el clímax cuando confesó que “era necesario que los generales Santana y Alfáu tuvieran muy pobre idea del gabinete de Madrid, para que se hayan atrevido a presentar aquellas proposiciones vergonzosas” para España.

El militar español quiso conferir a la suya la autoridad que había en la indignación de una jerarquía superior, encontrada en las palabras del ministro de Ultramar Seijas Lozano, cuando sentenciada ya la derrota de España, éste declaró el 30 de marzo de 1865 en Madrid, haberse “ruborizado al leer que se hiciera a España la proposición, no de la anexión, sino la del protectorado”,  y acentuaba su disgusto, afirmando que “condiciones más humillantes no las he visto jamás en la historia de los tratados”.

En un diagnóstico relámpago y tangencial sobre la pobre situación económica de la República, el ministro Seijas Lozano se preguntaba cómo era posible que a cambio de nada para España, “una nación que no tenía medios de vivir de ninguna manera se acoge a nosotros, para que la proveamos de recursos y de riquezas, obligándonos además a mantener su integridad e independencia constantemente.”

De modo que ese oficial, insertado en los estamentos jerárquicos castrenses más elevados de España, estaba convencido de que el Gobierno encabezado por el general Santana, había sido más hábil negociando en favor de la República, que sus compatriotas en favor de la Corona española.

Las condiciones propuestas por el Gobierno dominicano, según la versión del capitán González Tablas, fueron todas corroboradas por el general José de la Gándara, último Capitán General que tuvo la Provincia de Santo Domingo, a quien le tocó el papel de negociar y firmar con los representantes de la República en armas, el armisticio que el 6 de junio de 1865 puso fin a la Guerra Restauradora.

A lo largo de su obra Anexión y Guerra de Santo Domingo, el general de la Gándara se encargó de patentizar las diferencias irreconciliables que tuvo con el general Santana, quien, como hiciera con los dos antecesores en el cargo, le recriminó también su política violatoria del convenio pactado con España. Esa situación conflictiva entre ambos generales, convierte en afirmaciones creíbles las que hiciera el oficial español, sobre las condiciones que proponía Santana para pactar la anexión de la República.

El Ejecutivo dominicano desplegó simultáneamente su estrategia de negociación en dos frentes paralelos.  En Madrid con el general Felipe Alfáu a la cabeza, y en Cuba ante el general Francisco Serrano,  Capitán General de esa colonia española.

El general José de la Gándara aseguraba que la nota del 8 de noviembre de 1860 entregada en la Habana por don Pedro Ricart, ministro dominicano de Relaciones Exteriores, al general Serrano, decía que el presidente Santana “cree conveniente para el logro de este deseo proponer las bases con que semejante misión podría realizarse”, y que de pactarse una alianza basada en la anexión de la República, el gobernante pediría lo siguiente:

“1ro. Que se conserve la libertad individual sin que jamás pueda restablecerse la esclavitud en el territorio dominicano.”

“2do. Que la República Dominicana sea considerada como una provincia de España, y disfrute como tal de los mismos derechos.”

“3ro. Que se utilicen los servicios del mayor número posible de aquellos hombres que los han prestado importantes a la Patria desde 1844, especialmente en el ejército, y que puedan prestarlos en lo sucesivo a S. M.»

“4to. Que como una de las primeras medidas, mande S. M. amortizar el papel actualmente circulante en la República.”

“5to. Que reconozca como válidos los actos de los Gobiernos que se han sucedido en la República Dominicana desde su nacimiento en 1844.”

Se aprecia en la primera condición propuesta por el Presidente, que el Gobierno dominicano negoció en forma explícita y puntual que jamás se restableciera la esclavitud, habida cuenta, sobre todo, de que todavía ese sistema regía en las colonias españolas de Cuba y Puerto Rico, por lo que quiso asegurarse de que no se intentara reimplantarla en territorio dominicano.

La segunda condición revela que el Gobierno dominicano no pactó sustituir el sistema republicano imperante por una colonia, sino por una provincia de España con iguales derechos a los que eran acreedoras todas las demás nucleadas en torno a la monarquía.

En la quinta condición planteada por el Ejecutivo dominicano, se evidencia que éste no buscaba una anulación pura y simple de la República, puesto que el compromiso contraído por España de tener que  reconocer como buenos y válidos todos los actos de sus sucesivos Gobiernos, equivalía a interpretar en términos legales que la Provincia de Santo Domingo sería el continuador jurídico de la República.

El conjunto de condiciones pactadas, constituyó el único convenio sobre la anexión que hubo entre los dos gobiernos. El general José de la Gándara lo confirmó diciendo que “después de estas negociaciones no se sabe que mediaran otras entre las autoridades españolas y el Gobierno de la República Dominicana.”

Una lectura crítica centrada en los alcances de ese único convenio, puede contribuir a una reinterpretación objetiva de ese episodio histórico del pueblo dominicano, siempre y cuando se apoye en hechos fehacientes, que como los tratados, hayan superado la prueba de su verificación.

Si a partir de los mismos se buscara entonces establecer, si la alianza pactada con España, operó o no, como una jugada intencional previamente calculada para favorecer o perjudicar a los dominicanos, procedería volver atrás, y luego del repaso, responderse esta pregunta: ¿Qué quería el General con la Anexión?

 

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