¿Por qué nos juzga la CIDH?
POR HERIBERTO TEJADA
La República Dominicana ha sido presentada en cinco ocasiones ante los ojos del mundo como un país violador de los Derechos Humanos, esto debido a los sometimientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual produjo los siguientes fallos judiciales en contra del Estado Dominicano:
- Caso de las niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana. 8 de septiembre de 2005.
- Caso de las niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana. 23 de noviembre de 2006.
- Caso González Medina y familiares Vs. República Dominicana. 27 de febrero de 2012.
- Caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana. 24 de octubre de 2012.
- Caso de Personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana. 28 de agosto de 2014.
Debido a la mayoría de estos fallos muchos comunicadores, políticos, legisladores y gran parte de la población en general mostraron su descontento y desprecio a la CIDH y la Corte IDH, al deducir que estos organismos se están inmiscuyendo en los asuntos internos del Estado Dominicano.
Si bien es cierto que cada Estado es independiente y soberano, la Convención sobre Tratados internacionales de la cual Republica Dominicana es signataria plantea que; cada Estado al ratificar la firma de un tratado internacional se obliga jurídicamente en el cumplimiento de lo pactado (ONU,1969).
En el mismo orden la República Dominicana en el año 1977 firmó la Carta interamericana sobre Derechos Humanos y la ratifico en el 1978, asumiendo con este acto, la obligación al respeto de los derechos consagrados en esta carta y la facultad de la CIDH para sugerir, solicitar y recomendar cambios a su gestión de gobierno con el fin de salvaguardar los derechos de los ciudadanos según establece la referida carta. (OEA, 2020).
Para el año 1999 la República Dominicana reconoció el estatuto de la Corte IDH, y con esto aceptó la potestad de esta, para el conocimiento de casos de Derechos Humanos de los cuales haya sido apoderada mediante la CIDH.
En el año 2014 el Tribunal Constitucional de la República Dominicana evacuó una sentencia la cual desvincula la República Dominicana de los efectos jurídicos de la Corte IDH.
Por su parte, la Corte IDH emitió una resolución en la cual indico que a la luz del Derecho Internacional mantiene su competencia de conocer casos de la República Dominicana, debido que, la República Dominicana no realizo el procedimiento establecido en la Carta Interamericana de Derechos Humanos para su desvinculación. Justificación que también sustenta la Maestra María de Los Ángeles, quien es Abogada Especialista en DDHH, ya que el procedimiento de desligarse de la Corte IDH, no contempla liberase por un fallo de un tribunal nacional.
Como resultado, tanto la CIDH como la Corte IDH están autorizados mediante instrumentos jurídicos internacionales a solicitar la debida protección a los ciudadanos y en el caso de que el Estado no acate la solicitud, tienen la autoridad de llevarlo ante un juicio, en busca de proteger los derechos de todos los habitantes de su territorio.
Por tanto, la función de fiscalizador internacional de la CIDH y la de Juez de la Corte IDH, es un logro el cual los ciudadanos debemos defender, ya que no sabemos, si en algún momento necesitaremos acudir a estos organismos, a exigir el respeto a nuestros derechos fundamentales.
JPM
elc.d.h – no esta para proteger haitianos solamente, sino acualquier habitante de los estados que ratificaron este estatuto,todos estan protegidosue los gobernantes irresponsables que nos gobernaron son los culpales de este bochorno internacional…
la cidh es una **** jurídica que no tiene jurisdicción real en ninguna parte, ningún gobierno le hace caso a las sentencias de la cidh, es un caricatura de tribunal creada por los gringos para chantajear los países de américa latina, chistosamente los que más se benefician de la cidh son los parásitos izquierdistas, como el e_s_t_ú_p_i_d_o traidor que escribió este artí****, siempre con su plan de haitianizar este país
este tema no debería tratarse, ya que los países se rigen por una constitución, donde indica el derecho de cada individuo obtener una nacionalidad, los que vivimos en europa, tenemos que solicitar mediante recurso el derecho de nacionalizarse, aunque haya nacido aqui, asi que dejen de querer empreñar la chiva que conocemos que se cuece detrás
en la unica parte del mundo que un haitiano tiene derechos humanos es cuando esta en la r. d. si sale de la r. d., inmediatamente, estos derechos, desaparecen. si vamos a derechos humanos, tienen quienes violen la linea limitrofe de un pais, sin este tener autorizacion para entrar…!. por que, el haitiano, no exigen estos derechos cuando estan en otros paises, donde, en ellos, no esta r. d.?. en ellos: chile, cuba, venezuela, las bahamas…
…(aqui, en esta islita, hasta los enjaulan para deportarlos hacia su jungla). si esta adormecido por su defensa hacia la haitianizacion y tiene conocimiento de lo que estipula nuestro libro de leyes, la sentencia 168/13, no desnacionalizo haitianos, sino que ratifico lo que la prerrogativa contitucional de que desde el 1929, criaturas que nazca de padres ilegales, no es otorgable nuestro gentilicio. el haitiano, aun naciendo en su pais, nace…
…acefalo de identidad. de ninguna otra nacionalidad, aun estando en otros paises, se habla tanto de derechos humanos como el haitiano cuando esta en la r. d. por que no reclaman los derechos humanos, del haitiano, incluyendo a haiti, no en r. d.?.-
vete y dile esos a estados unidos, israel, cuba e inglaterra, buen babazo
los haitianos se creen que son parte de africa siemprecon sus aciones demuestran que no pertenecen al continenenteamericano porque quieren ser dominicanos ahorasi en el fondo nos odian y envidian
fusionismo en marcha.
usted parece que no entendio, la rd nunca estuvo vinculada a esa corte por que ese tratado nunca fue validado por el senado como manda la ley.
excelente, los derechos humanos una vez conquistados no pueden ser echado para atrás por principio de no regresividad. además, la forma de retirarse es por una denuncia y no por sentencia. de igual, forma la corte tiene el criterio de que aun el estado acepte o no acepte la competencia, ella tiene la obligación de proteger a los ciudadanos de las violaciones de los estados.
jonh, atrevete a viajar a haiti sin documentos a ver si los derechos humanos te sirven de algo. o simplemente atrevete a viajar a haiti con todo y documentos y despues hablamos. ingresar a un pais sin documentos no es un derecho humano, es una violacion a las leyes de ese pais.