Los cambios en los poderes del Estado

Los poderes por mandato del voto de los ciudadanos no delegan sus funciones. Cuando se habla de las atribuciones de los  poderes del Estado: El Legislativo (Cámara de Diputados y de Senadores de la República); Ejecutivo (Presidente de la República) y el Judicial,  sus funciones están sustentadas por la Constitución de la República Dominicana  y por el poder soberano que le confiaron los ciudadanos a través del voto, y sus funciones y atribuciones no podrán ser delegadas.

 

El artículo 93 de la Constitución del 2010 establece que, el congreso nacional esta para legislar y fiscalizar en representación del pueblo. Establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión; establecer las normas relativas a la migración y el régimen de extranjería; aprobar anualmente la ley de presupuesto general del estado; nombrar a los miembros de las altas cortes y de la Cámara de cuentas entre otras funciones.

 

Al igual que el poder legislativo y el poder judicial tienen sus propias atribuciones y funciones las cuales están descritas en la Carta Magna  en sus artículos 122 al 133 y la del poder judicial, que están contempladas en el artículo 149 al 165, y para fines de esta articulo no se detallan las atribuciones y funciones de la presidencia.

 

En esta etapa de cambios que se está llevando a cabo por el comienzo de una nueva gestión del Congreso Nacional, de la Presidencia y la renovación que manda  la Constitución para el sistema judicial y la Cámara de Cuentas se ha armado un vocerío que puede entorpecer el libre juicio que tienen los senadores y diputados, conjuntamente con el Consejo Nacional de la Magistratura en el ejercicio de elegir a quienes van a integrar esos organismos.

 

Las organizaciones llamadas de la sociedad civil están impulsando la acción pública a través de los medios de comunicación para tratar de condicionar y hasta imponer los candidatos para integrar las altas cortes y la Cámara de Cuentas sin darse cuenta que ese es un derecho legitimo del Congreso Nacional y el Consejo Nacional de la Magistratura de elegirlos,  como garantía de que se hagan como manda nuestra Carta Magna y preservar esos derechos de elegir y ser elegidos.

 

También las organizaciones políticas de oposición están apostando a la presión para  imponer candidatos,  alegando que el partido de gobierno se va a quedar con la mayoría, se cree, que por el contrario,  lo que deberían  es enviar sus candidatos como ciudadanos para que puedan concursar con sus Curriculums y competir en buena lis y no tratar de elegir supra-ciudadanos con el dedo, trayendo más mal que bien al sistema democrático.

 

Vamos a armarnos de paciencia y  esperar que las instituciones funciones de acuerdo a como fueron establecidas por la constitución y nuestras leyes. El país debe cambiar y está cambiando de manera positiva porque sabemos que los hombres y mujeres que nos representan en los tres poderes constitucionales, cada día luchan por darle cumplimiento a las leyes que rigen nuestras instituciones.

 

La Constitución establece en su artículo 40, acápite 15: “A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe”. “La ley es igual para todos: solo puede ordenar lo que es justo y útil para la comunidad y no puede prohibir más que lo que le perjudica”. Termina la cita.

 

Un ciudadano honesto debe aspirar a ganarse la vida con honestidad y a ganarse un puesto en una institución pública o privada bajo el concurso de competencias sobre el mejor Curriculum y poseer los mejores valores, porque hay muchos que aspiran a posiciones para ir a servirse y no a servir a la sociedad que los eligió. Muchos se sienten privilegiados, predestinados y merecedores antes que otros sin contar con los atributos requeridos.

 

Cuando un ciudadano es elegido por el voto las funciones para las cuales fueron elegidos no deben ser delegadas. Cuando elegimos al Presidente. la Constitución le confiere las atribuciones y funciones que emanan de su alta investidura así como también los congresistas y los representantes del poder judicial.

 

Seamos respetuosos de los derechos de los demás para exigir que se respeten los nuestros.

 

jpm

 

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