La garantía para una información veraz
La profusión de datos mendaces, alterados, sensacionalistas y tendenciosos, con más dramatismo a raíz de la irrupción de las redes sociales y el seudoperiodismo, ha acuñado y hasta constitucionalizado, como antítesis, la expresión “información veraz”. Esa concatenación envuelve un concepto matemático-jurídico (difundir o a priori) y otro filosófico (veracidad o a posteriori), que desafían y asolan a la sociedad.
El libertinaje informativo con la explosión de internet, que abre las puertas a las noticias falsas (fake news) y amplía el radio de acción del amarillismo-sensacionalismo de antaño y la desinformación intencionada (clickbais), convida a una información veraz, que ha sido incluida en las constituciones de España, Brasil y otras naciones.
Las redes sociales, como Facebook y Google, han lanzado proyectos para detectar y desviar las noticias virtuales falsas, que deponen candidaturas presidenciales y derrumban la democracia y la economía, en tanto que se legisla para imponer la “Información veraz”. Pero se olvida que el mal no está en la sábana.
La Constitución dominicana está más avanzada que las de las naciones citadas. En su artículo 49 expresa que “Toda persona tiene derecho a la información”, sin el adjetivo veraz. El periodismo informativo no busca la verdad, sino los hechos de interés colectivo, y determinar a priori su veracidad resulta un ejercicio intrincado.
A priori, ¿está el periodista en capacidad de apreciar si una declaración del jefe de Estado u otro funcionario es veraz o falaz?, ¿o la realidad de un acontecimiento? En la redacción se utilizan las comillas porque existen realidades artificiales, diferenciales, cambiantes, confusas y judiciales. Una supuesta veracidad informativa muchas veces en los tribunales termina en una mendacidad.
El objetivo número uno del periodismo es la búsqueda de la verdad. A priori trata de ver si el hecho es verdadero, y a posteriori entra en juego el aspecto valorativo o interpretativo, que sí gira alrededor de la verdad. Aquí la Constitución dominicana también está diáfana, en virtud de que en su artículo 53 relativo a los derechos del consumidor, señala que “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna…”.
Como antídoto a esta epidemia prohijada por la improvisación mercantilista, no bastan las plataformas tecnológicas. La garantía para una información veraz está en el periodismo universitario y ético, que se forja con el dominio del conocimiento humano, como la filosofía de la ciencia, la teorética, los esquemas conceptuales y los modelos comunicacionales.
JPM