La Constitución y las leyes o una medida administrativa?
Un
interesante debate ha surgido en el país en torno a la disposición
administrativa emanada de la Dirección General de Aduanas, la cual ha decidido
la imposición de una tasa impositiva del 18% a los artículos comprados vía
Internet, cuyos valores sean inferiores a los 200 dólares. Ese
mismo debate- pero me atrevo a decir que con menor intensidad – había ya
ocurrido en ocasión anterior en la que se
propuso la cobranza de un impuesto a dichos artículos, y que finiquitó cuando el
presidente de la República intervino y dictó el Decreto 402-05, del 26 de julio
del año 2005, el cual dejó bien claro en su Artículo 4 que ese gravamen no
procedía. El
asunto se torna escalofriante ahora, cuando el Director de Aduanas, Fernando
Fernández, fija un plazo hasta el día 15
de agosto para que la Asociación Dominicana de Courier (ASODEC), comience a
cumplir con el pago de impuestos que fueron liberados a los “minimis” o artículos
con precio inferior a los US200, mediante el decreto presidencial. En
vista de que todos sabemos – o debemos saber- que una disposición
administrativa no puede ser colocada por encima de un decreto presidencial,
pues violenta la Ley y la Constitución de la República, los acuerdos suscritos en el DR-Cafta o
tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, etc., resta ahora ver qué va
a suceder a partir del 15 de agosto. Actuarán
los Courier, o las agencias de envíos, en apego a la Constitución y las leyes o
en obediencia a la medida de corte administrativo?. Ahí los pelos se ponen de
punta, porque usuarios y empresas de Internet se verán colocados entre la
espada y la pared, aunque con la protección que les brinda el Decreto 402-05 y acuerdos internacionales, pero como sea
estarán en una posición sumamente incómoda. Porque
¿en obediencia a cuáles designios actúa el amigo Director?. ¿quién lo protege
que actúa sin miramientos y sin reflejar ningún temor?. ¿el sector empresarial
importador? ¿funcionarios del Estado que le garantizan su permanencia en el
puesto?. ¿Quiénes?, ahí es donde la puerca retuerce el rabo, porque esto es
inimaginable. Es
atendible si, el argumento de que el gobierno necesita recursos para las
demandas de los ciudadanos, y que por no cobrar a estas menudencias deja de
percibir más de 5 mil millones de pesos – dice el Director de Aduanas – y que
han florecido muchos negocios que se benefician de la anuencia gubernamental y
que se está perjudicando a los empresarios importadores, otro etc., pero vamos
a subsanar eso de otra manera. Que
quienes propugnan por eliminar la “gracia” estatal, de permitir a los menos
pudientes comprar por Internet lo que no pueden comprar en el mercado local,
generen iniciativas que le produzcan dinero al gobierno, pongan sus cerebros a
pensar en soluciones más humanas, como sería la de cobrar, efectivamente, los
impuestos ya creados y enfocarse en los evasores y tradicionales transgresores
de la ley. Eliminar “gracias” como la de entregar combustible gratis a
negociantes, explotar invernaderos en
tanto terreno improductivo que tenemos en el sur y en el este del país, sembrar
y explotar recursos madereros en la inmensidad de terrenos sin cultivar que
tiene el Estado, y aquí otro gran etc. Pero mientras esto ocurre, están en vilo
miles de usuario del sistema de compras por Internet, entre ellos millares de
pequeños empresarios, que han podido iniciar sus negocios por las facilidades
que les brindan estas compras menores de 200 dólares, muchos dueños de
vehículos utilitarios, miles de amas de casa que adquieren aparatos eléctricos
para la cocina u otros usos del hogar de bajo costo, pequeños emprendedores y
miles de ciudadanos que solo así pueden comprar artículos de uso cotidiano que
elevan su calidad de vida. Entonces, muchas personas están pendientes de lo que ocurrirá el 15 de
agosto del 2014 más que de los cambios que se pueden producir en el tren
administrativo al día siguiente, en torno a la disposición administrativa de
Aduanas versus el Decreto 402-05, versus el Congreso Nacional, el DR-Cafta, el
correo expreso, usuarios, partidos, etc.. Se pone interesante la cosa. Vamos a
ver si es verdad que “no hay vuelta atrás” y si el Director de la DGA puede
eliminar o modificar el Decreto 402-05.