JCE da plazo 75 días a partidos para comunicar modalidad de primarias

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Santo Domingo, 21 ago.- La Junta Central Electoral (JCE) otorgó hoy un plazo de 75 días a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para que comuniquen si adoptarán la modalidad de primarias, así como el tipo de padrón a utilizar en la mismas, ya sea el interno o el del organismo electoral.

Si durante este plazo la institución política no comunica a la JCE su decisión sobre la modalidad a emplear, «se interpretará que se acoge a otra de las contenidas en la Ley 33-18, y que no son primarias, a saber: convenciones o asambleas de delegados, de militantes, de dirigentes y encuestas», precisó la JCE en una resolución publicada en su página web.

Las primarias deberán realizarse el primer domingo de octubre de 2019, según lo establecido en la recién promulgada Ley de Partidos.

La Ley de Partidos fue aprobada el 9 de agosto por el Senado tras acoger las modificaciones que introdujo al proyecto la Cámara de Diputados, donde su sanción fue rechazada por un sector del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que ve la iniciativa contraria a la Constitución.

Los senadores sancionaron el proyecto tal como fue aprobado por los diputados, quienes aprobaron por amplia mayoría la posición de los seguidores del presidente Danilo Medina, de que los máximos organismos de dirección de los partidos políticos sean quienes decidan la modalidad de elección de los candidatos y el padrón a utilizar.

El proyecto llevaba años en el Congreso Nacional, pero las diferencias entre los partidos respecto a la modalidad para escoger a los candidatos a cargos electorales había impedido hasta ahora su aprobación y, en el último año, ha provocado una fuerte fricción en el PLD.

Precisamente hoy, Participación Ciudadana solicitó a la JCE dictar los reglamentos requeridos para la aplicación de dicha ley.

Se trata del reglamento de propaganda política y publicidad, el de los procesos de primarias, el de control financiero de los partidos políticos y el de registro de contribuyentes.

of-am

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