¿JCE ajena a la compra del voto?
La República Dominicana es el segundo de los 33 países Latinoamericanos más corruptos en la compra de votos, un 46% de los votantes, en cada uno de los 156 Municipios y 235 Distritos Municipales recibe soborno, favores y beneficios de las altas dirigencias de los partidos opositores y del gobierno, lo que constituye un grave problema para la celebración de elecciones libres y creíbles el 16 de febrero de este año.
Esa compra se manifiesta a través del traslado de votantes a sus municipios, de los programas sociales, del uso de dineros en efectivo, de la retención de cédulas, de la compra de los miembros de las mesas de votación, etc.
La cédula de identidad y electoral es un documento que tiene validez por 6 años y se cambia para que los ciudadanos al renovar su marbete indiquen si han cambiado de residencia o domicilio o si es casado o soltero e indique su profesión u oficio, bajo pena de la comisión de una infracción, si oculta el cambio de domicilio u otra información.
De manera que el ciudadano que no ha cambiado de domicilio, si no toman en cuenta esas exigencias de la ley 8-92, el numeral 5.- establece que los que a1 cambiar de residencia, domicilio, estado civil o cualquier otro dato de sus generales, no presentaren su cédula de Identidad y Electoral en las oficialía correspondiente, para anotar el cambio, contraviniendo sus disposiciones, son responsables de ser sancionados con las penas previstas en el articulo No. 14 que establece: 5.- Que serán condenados a la pena de seis meses a dos años de prisión correccional, o a1 pago de una multa de RD$2,000.00 a RD$5,000.00, o ambas penas a la vez.
Es una pena que la Junta Central Electoral, solo cuente para frenar ese mal, con un centro de denuncias o llamadas que recogerá las denuncias de compra de votos, en vez de dictar una Resolución con su poder absoluto el día de las elecciones de prohibir el traslado de votantes y la detención o prisión provisional del que se compruebe se encuentre en esa practica.
JPM