Comentarios al Tratado de Aranjuez de 1777
Francia pretendió tomar ventajas del tratado de Ryswick, llamado así porque fue firmado en la ciudad holandesa de Ryswick el 20 de septiembre de 1697, el cual tenía como propósito crear un ciclo de paz entre las potencias europeas de la época que estaban en conflicto, España, Inglaterra, las Provincias Unidas de los Países Bajos y la misma Francia.
Si bien es cierto que los franceses habitaban ya la zona occidental de la isla de Santo Domingo, esta presencia era ilegal, y era más bien propia de una relación de tolerancia por parte de los españoles que ciertamente de un tratado de paz. El siglo XVIII vio entonces unas relaciones muy llevaderas entre España y Francia, principalmente en razón del parentesco entre los monarcas de estos países, ya que pertenecían a la Casa de Borbón.
Para el año de 1773 el Capitán General de la colonia española, José Solano y el gobernador de la colonia francesa Marqués de Valiere, lograron un acuerdo provisional, de carácter insular, en el que establecían límites entre ambos territorios en la isla. El 29 de febrero del año 1776 José Solano y el Conde de Ennery ratifican dicho acuerdo y serían señalados físicamente los límites establecidos con pirámides como indicadores, tomando el rio Dajabón como inicio en el norte y la región de lo que es hoy Pedernales en el sur como final de la frontera.
El tratado de Aranjuez del 3 de junio de 1777 firmado entre España y Francia estableció la frontera oficial entre los territorios español y francés en la isla de Santo Domingo, anteriormente conocida como La Española. Este acuerdo fue firmado en la villa de Aranjuez perteneciente, a la entonces provincia de Madrid, interviniendo a nombre del Rey de España, José Moñino y Redondo Conde de Floridablanca, Ministro de relaciones Exteriores y en representación del Rey de Francia Pierre Paul, Marqués de Ossún, Embajador ante la Corte de Madrid.
El tratado de Aranjuez le aseguró a Francia su posesión en Santo Domingo y le sirvió de apoyo para apoderarse 18 años más tarde de toda la isla mediante el tratado de Basilea de 1795 (lo veremos con más detalles en una próxima entrega) que aunque no se cumplió totalmente, le dio a Francia jurídicamente la propiedad exclusiva y total de la isla.
Este tratado consagro definitivamente la demarcación de los límites territoriales, creó un Estado de derecho, y consiguientemente la denominación jurídica de las dos zonas en que se dividía el territorio, la parte española de la isla, a la ocupada por España y la parte francesa, a la ocupada por Francia.
El escritor, político y pensador dominicano Emiliano Tejera Penson establece, “consta el tratado de Aranjuez de nueve artículos; pero el más importante para el caso presente, es el segundo, que contiene la descripción detallada de los limites convenidos en San Miguel de la Atalaya, el 29 de febrero de 1776, cuyo amojonamiento y deslinde se concluyó el 28 de agosto de 1776, firmándose el tratado definitivo el 3 de junio de 1777. Los comisarios García y Choiseul recorrieron toda la línea fronteriza, desde la boca del rio Dajabón o Massacre, en el norte de la isla, hasta la boca del rio Pedernales o de Anses-a-Pitre, en el sur de la misma…”.
Concluye afirmando Don Emiliano Tejera, “… se nota que había deseo sincero de terminar para siempre la lucha comenzada en 1630, que tantos odios y desgracias había producido hasta entonces”. Tejera Penson (2010).
Cabe destacar que en este tratado se relacionaron minuciosamente los límites entre los territorios de ambas naciones, basados en los acuerdos de 1773 y 1776, y apoyados por un mapa topográfico levantado a tal efecto. Con la firma de este convenio concluyó la litis legal sobre los límites fronterizos. Si bien, no terminaron los problemas de coexistencia de las dos colonias tan diferentes una de otra, como lo era la oriental y la occidental.
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