CHILE: A juicio marino (r) por secuestro estudiante dominicano en 1973
VALPARAISO, Chile.- La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó el procesamiento dictado en contra del miembro de la Armada (r) Guillermo Aldoney Hansen, por ser autor del secuestro y muerte del estudiante dominicano Juan Blanco Castillo, ocurrido en 1973.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Arancibia logró establecer que durante septiembre de 1973, Blanco Castillo, un estudiante de economía nacido el 15 de marzo de 1948, fue detenido por una patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, a cargo del Teniente 2º Jorge Ginouves Contreras, en el sector Barrio Norte de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien fue conducido al recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de inteligencia de la Comandancia de Aviación Naval (Comavnav).
Tras permanecer detenido en la Base Aeronaval, Blanco Castillo, quien era hijo del abogado y político dominicano Ramón Andrés Blanco Fernández, fue conducido hasta el cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué, donde fue sometido a interrogatorios y apremio ilegítimos.
“Pasado un tiempo, la víctima es sacada con signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado, en dirección desconocida. Luego de un periodo de seis meses, la Policía de Investigaciones de la comuna de Quilpué, debe concurrir hasta un sector denominado ‘Curva M’ en la localidad de Colliguay, lugar en donde se produce el hallazgo de un cadáver N.N. de sexo masculino”, sostiene la resolución.
El fallo continúa y agrega: “De acuerdo a las características de las vestimentas del occiso y al examen del cadáver, el personal policial presume que se trata del dominicano Juan Blanco Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos fueron remitidos a una fosa común del Cementerio de Quilpué, configurándose así el delito de secuestro con grave daño en la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, figura prevista y sancionada en el artículo 141 del Código Penal vigente a la época de los hechos”.
FUENTE: Elciudadano
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