Trabas y duplicidades en la Administración Pública

 

 

Por   CARLOS MANUEL MANZANO CONTRERAS

No hay dudas de que las trabas burocráticas y las duplicidades en los servicios que presta el Estado constituyen un freno al fomento empresarial y al régimen de inversión, elementos indispensables para dar un salto hacia el desarrollo económico y social de nuestro país.

Los trámites para constituir una sociedad, solicitar y obtener la licencia para una obra o actividad, poner en marcha un proyecto técnico, lograr un permiso para construir en terreno, entre otros,  pueden llegar a durar hasta cinco (5) años, sin contar con el alto costo que los mismos generan.

Uno de los factores que más inciden en la generación de tales demoras y dificultades lo constituye, sin lugar a dudas, el excesivo número de instituciones  que intervienen en la puesta en marcha de un proyecto por parte de un ciudadano, o la prestación de algún servicio público en particular.

Sectores como el transporte, el agua, el energético, así como el de la construcción de viviendas y de obras públicas, constituyen verdaderos ejemplos de irracionalidad organizativa, duplicidades y falta de coordinación en nuestra Administración Publica.

 

Esas duplicidades de instituciones y funciones, que de manera persistente se cruzan en los caminos generando confusiones y ambigüedades sobre los límites y competencias de cada entidad, ha sido una práctica tradicional creada por los gobiernos dominicanos en los últimos treinta o cuarenta años.

 

Las funciones similares entre instituciones, la inoperancia y entidades que ya no tienen razón de ser absorben cada año del Presupuesto General de la Nación miles de millones de pesos, los cuales muy bien pudieran ser destinados a otras áreas que impacten de manera favorable a la población.

 

Esta irregularidad ha venido siendo  promovida históricamente por los diferentes gobiernos que nos han sucedido, los cuales se han encargado de llenar la función pública de institutos, consejos,  comisiones, fondos especiales, oficinas y otras dependencias que reciben recursos millonarios, muchos de los cualesfueron creados por tiempo limitado, pero se han hecho eternos.

 

Ese contexto de duplicidad en los servicios públicos se da a pesar de que existen en Republica Dominicana disposiciones legales y constitucionales, con plena vigencia, que consagran para la Administración Pública programas de racionalidad y  flexibilización organizativa, eliminación de duplicidad de atribuciones y la promoción de coordinación entre los entes y órganos administrativos del Estado.

Por un lado,  la Constitución dominicana, a los fines de dar un mayor sentido de coherencia, unidad y coordinación efectiva de la actividad del gobierno, traza las pautas para la racionalidad en la organización y funcionamiento de la Administración Pública en la Republica Dominicana.

De igual forma, la Ley Orgánica de la Administración Pública, No. 247‑12, de fecha 12 de agosto de 2012 establece los “principios rectores y reglas básicas de la organización y funcionamiento de la Administración Pública”; asimismo, consagra esta Ley las normas relativas al ejercicio de la función administrativa por parte de los órganos y entes que conforman la Administración del Estado.

Con la implantación de este novedoso instrumento normativo se garantiza que la estructura, funcionamiento y competencia del sistema burocrático en Republica Dominicana responda, de manera efectiva, a las reglas y principios de racionalidad,  eficiencia, transparencia, coordinación y participación que nos conduzcan a alcanzar los fines que procura la Administración del Estado.

 

Mediante esta ley se procura que los entes y órganos que conforman la Administración Pública sean concebidos y diseñados atendiendo a criterios de racionalidad y coherencia en la definición y organización de los servicios públicos, partiendo de las necesidades concretas de la sociedad.

 

Esta ley consagra, finalmente, que la Administración Pública perseguirá la simplicidad institucional en su estructura organizativa, asignación de competencias y relaciones interorgánicas.

 

Bajo los preceptos constitucionales ya señalados y amparado en las disposiciones contenidas en la referida Ley Orgánica, el Ministerio de Administración Pública (MAP) está trabajando una Propuesta de Reorganización de la Macroestructura del Poder Ejecutivo encaminada a lograr la racionalidad y simplicidad en la gestión del Estado, estableciendo criterios comunes de funcionamiento de la Administración Publica Central y Descentralizada, delimitando sus competencia, promoviendo la coordinación interorgánicas, así como determinando el alcance del control administrativo del Estado sobre las organizaciones, en aplicación del principio de unidad de la Administración Pública.

 

Apoyemos al MAP en esos esfuerzos que viene realizando a fin de impulsar una verdadera transformación de la maquinaria estatal en procura de que los entes y órganos que conforman la Administración Publica sean concebidos y diseñados atendiendo a criterios de racionalidad y coherencia, tomando en cuenta primordialmente las necesidades concretas de la sociedad y el desarrollo del país.

JPM

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