Serán «citados» funcionarios que no han hecho declaración jurada

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Santo Domingo, 3 ago (EFE).- La presidenta de la Cámara de Cuentas, Licelott Marte de Barrios, entregó formalmente al procurador general, Francisco Domínguez Brito, el listado de servidores públicos que no realizaron sus respectivas declaraciones juradas de patrimonio, tal como establece la Ley 311-14, del 8 de agosto del 2014.

En ese sentido, Domínguez Brito informó de que, en cumplimiento de esta normativa, los funcionarios que no realizaron sus declaraciones juradas serán citados para iniciar una investigación por presunción de enriquecimiento ilícito, sobre todo, aquellos que fueron removidos del cargo hacía otra posición, o hayan quedado sin funciones y no la hayan presentado.

En cuanto a las declaraciones realizadas, si se comprueba falsedad en escritura o fraude sobre una declaración jurada de patrimonio, o si los representantes de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa lo creen necesario, solicitarán a la Cámara de Cuentas la inspección y análisis de la misma.

Las autoridades señalaron que los funcionarios obligados a presentar su declaración y no lo han hecho, u omitieran algún bien, incurrirán en faltas graves o de tercer grado, según lo estipulado en el artículo 14 de la Ley 133-14 y la Ley 41-08 de Función Pública, según sea el caso.

Igualmente, si se detecta falsedad en los datos suministrados, las sanciones establecidas son de uno a dos años de prisión, así como una multa correspondiente a entre 20 y 40 salarios mínimos.

Si se determina enriquecimiento ilícito de los servidores públicos, los responsables pueden enfrentarse a condenas de cuatro a diez años de prisión, así como una multa equivalente al duplo del incremento y a la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un período de diez años.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 133-14, podrían solicitar la destitución del funcionario que no haya realizado la declaración jurada sin justificación, en aplicación de sanción por la falta de tercer grado de la Ley 41-08 de Función Pública.

Todo patrimonio de funcionarios públicos o de sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, relacionado que no pueda ser justificado, o que se demuestre que ha adquirido por enriquecimiento ilícito, procederán a solicitar su decomiso para que pase a ser propiedad del Estado, amparados siempre en el debido proceso y acorde a las leyes dominicanas.

Según los datos suministrados por la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios de la Cámara de Cuentas, unos 1,300 funcionarios han omitido el cumplimiento de su obligación, apenas 333 servidores públicos lo hicieron dentro del plazo otorgado, y 143 tras del vencimiento del mismo.

Marte de Barrios informó de que las declaraciones juradas de patrimonio público de los funcionarios, no son de carácter confidencial, por lo que, las mismas serán publicadas en la página web de la institución: www.camaradecuentas.gob.do, de conformidad a lo establecido por el artículo 22 de la mencionada disposición legal.

Tanto el procurador general como la Presidenta de la Cámara de Cuentas exhortaron a los funcionarios públicos que no hayan declarado hasta la fecha, a proceder a la presentación de su declaración jurada de patrimonio ante la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos de la institución. EFE

mmv

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