Redes sociales vs libertinaje social

 

Ante el constante uso y abuso que dan algunas personas a nuestras libertades, específicamente,  a través de los medios de electrónicos. Violaciones a derechos fundamentales; constatados en testimonios de personas cercanas; monitoreo personal  y toda la información negativa que recibimos cada día, he analizado varias tesis: se debe a la forma folclórica con que, la población dominicana toma todo; inobservancia de las leyes o a la gran ignorancia educativa.

El morbo y la burla son constantes en las redes sociales. Y ese no es el uso correcto. Ellas han venido a optimizar la aldea global que citó Marshall Mcluhan en su libro “Guerra y Paz”.

El autor  habló de aldea global  para describir las consecuencias socioculturales de la comunicación, inmediata y mundial, mediante todo tipo de información. Ese cambio producido por la radio, el cine y la televisión; medios de comunicación audiovisual; teléfono, la fotografía, la reproducción y grabación de sonido. Así como por la prensa gráfica; el procesamiento digital…, que difunden imágenes y sonidos de cualquier lugar y momento. Y ocupan un espacio cada vez más importante en el hogar y la vida cotidiana. Una aldea que en vez de dividir, uniría a ese ciudadano heterogéneo, diseminado en todo el mundo.

Por lo que, considero que,  abrazar los avances tecnológicos para hacer el bien, mediante la difusión de noticias positivas; que eduque; oriente; contribuya a la prevención de problemáticas; incluso, para acercar más a nivel personal a nuestros semejantes, haríamos un gran aporte ala sociedad en que vivimos.

Hay inobservancia, desconocimiento de las reglas

Si se enseñara desde la educación básica, valores universales, deberes y derechos, hoy contaríamos otra historia.

En la generalidad se está haciendo mal uso de las redes sociales, no hay duda de eso. Y mediante ellas, se comete crímenes y delitos informáticos; penalizados en nuestro país mediante la Ley 53-07. Los casos son tan abundantes como variados en la temática que se comete violación, pero todos afectan derechos fundamentales. La lista es grande y sigue aumentando ante las caras de nuestras autoridades llamadas a poner correctivos oportunos y sentar precedente; cortar de raíz su proliferación.

La exposición de menores de edad víctimas de crímenes abominables; invasión a privacidad; violación a la moral, dignidad, vida privada; correspondencia; atentado sexual, desinformación, rumor tendencioso …

Es penoso, pero hasta profesionales del Periodismo, cometen esas violaciones. A nadie le luce y menos a nosotros-as. Al ser el este un servicio de interés social y la información un bien común, tal como dice nuestro Código de Ética, es nuestro deber reconocer y defender el derecho universal de las personas, a informar y ser debidamente informadas.

De igual forma, luchar por el libre acceso a las fuentes públicas y privadas de información, para comunicar e interpretar los hechos con objetividad, veracidad y exactitud. Al tiempo que, respeta y defiende el derecho de las comunidades nacionales, raciales, religiosas, y políticas a la integración y desarrollo total del país.

Asimismo, propugnar la igualdad, la justicia social y el bienestar para todos. Velando, porque el público tenga acceso a una información fidedigna de los hechos, manejados objetiva e imparcialmente. Por lo que, verificará y comprobará la información con precisión y claridad antes de divulgarla.

Es un compromiso, promover la educación, la cultura y la ciencia. Defender la dignidad humana, la convivencia social y los valores esenciales de las comunidades. Denunciará las acciones que atenten contra las personas y protegerá la salud mental y la moral colectiva, desechando la pornografía, la vulgaridad, la violencia y  otros actos sensacionalistas y degradantes en los medios de comunicación social. Por eso no nos luce hacer mal uso de las redes sociales.

Hacer lo contrario es cometer delito, actos violatorios a la ética profesional, Carta Magna, Ley 61-32 de Expresión y Difusión del Pensamiento, entre otras normativas especiales. Me refiero por ejemplo a: ocultar informaciones de interés colectivo; utilizar documentos falsos o de procedencia desconocida; participar en violaciones a los derechos humanos; la desinformación premeditada y la difusión de rumores.

Igualmente, irrespeto a la propiedad intelectual o el plagio; soborno, la extorsión o el cohecho; difamación y la injuria; inmiscuirse en la vida íntima de las personas, salvo en casos de que se violente el orden público o se trate de hechos noticiosos de interés, entre otros. Esa situación hace que cuestionemos.

¿Es la prensa un caballero errante o un gran dragón?.

Es difícil aceptar lo uno o lo otro. Quizás es preciso recodar aquellos aforismos aprendidos en las aulas: “Dura lex, sed lex”, lo que significa que dura es la ley, pero es la ley y debe ser cumplida por dura que parezca, incluso por los gobernantes. Por lo tanto, su incumplimiento, conlleva sanción.

Otra máxima nos recuerda que la ley se reputa conocida para todos; desconocerla no es excusa: “ignorantia iuris non excusat». Mucha gente toma el desconocimiento como pretexto. Pero, nos enseñaron que la ignorancia de la ley no sirve de excusa y, rige hacia el futuro, porque regula hechos que ocurren a partir de su publicación. Es bueno que las personas dadas a hacer y deshacer, mediante los medios electrónicos, no olviden este punto.

El compromiso asumido como periodista es tan grande; sacrificamos en ocasiones, de ser posible, nuestra propia seguridad, para proteger a la ciudadanía.

Sin dudas las redes sociales han acercado familias; han puesto en contacto mucha gente que hace años no se reencontraba. Y mediante ella, hasta han surgido grandes amores, pero, su auge ha permitido a gran escala, mayor exposición a nivel de masas; por ende, mayores niveles de violación a la privacidad. Por lo que, es necesario buscar medidas contundente, que impidan siga aconteciendo.  Esto no es exclusivo de la República Dominicana. El fenómeno se da en todo el mundo.

Es oportuno reiterar que, la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, es enfática;  y al igual que la Constitución de la República Dominicana de 2010, protege derechos y deberes fundamentales de las personas ciudadanas, entre los que se encuentra la libertad de expresión, integridad e inviolabilidad de la correspondencia y demás documentos privados.

Así como, la Ley General de las Telecomunicaciones, 153-98, que establece la obligación de respetar la inviolabilidad de las telecomunicaciones. Al tiempo que,  prohíbe el uso de las telecomunicaciones para cometer delitos o entorpecer la acción de la justicia.

Esta misma ley que prevé que el desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación, afirma que justo ese desarrollo, favorece la comisión de delitos tradicionales; nuevas modalidades de infracciones y hechos que afectan intereses patrimoniales, extrapatrimoniales de las personas físicas y morales. Además, del Estado y las instituciones que lo representan. La difamación y la injuria son sólo dos ejemplos de ellos.

Es la Ley de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, quien precisa: la difamación y la injuria pública, cometida a través de medios electrónicos, Informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales; en aumento cada día, se sanciona con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo.

Para reforzar esta ley, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), aprobó recientemente, el Reglamento para la obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios. Es decir las empresas telefónicas están en el deber de ofrecer la información  solicitada por los Órganos de Investigación del Estado. Contribuyendo así, a la protección de derechos humanos fundamentales, tales como la libertad de expresión, el respeto a la vida privada, hogar y correspondencia y protección de datos de carácter personal. Al tiempo que, da un gran golpe a los criminales cibernéticos.

En torno a este tema, la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, en su acápite: Delitos contra las personas, castiga ladifamación: alegación o imputación de un hecho que encierre ataque al honor o la consideración de la persona, aun cuando se haga en forma dubitativa o si alude a una persona o a un organismo no mencionados de manera expresa, pero cuya identificación se haga posible por los términos de los discursos, gritos, radioemisiones, películas, amenazas, escritos o impresos, carteles o edictos incriminados.

También, la injuria: toda expresión ultraje, término de desprecio o invectiva que no conlleve imputación de hecho alguno. Si fue  cometida con el propósito de provocar sentimientos de odio en la población, en perjuicio de un grupo de personas que, por su origen, pertenecen a alguna raza o a alguna religión determinada…

La población debe estar atenta, apropiarse de sus libertades y contribuir a la garantía de los derechos de sus semejantes.

Generalmente, estos delitos se cometen mediante publicación, difusión o reproducción, por cualquier medio, y se evidencian mediante noticias falsas; documentos fabricados, falsificados o falazmente atribuidos a terceros. Publicaciones;  difusiones;  reproducciones que  perturban la paz. Trastorno de la disciplina; la moral; perjuicio a la nación, así como el ultraje a la buena costumbre. También, se expresa mediante dibujos, grabados, pinturas, emblemas o imágenes obscenas expuestas a la vista del público.

Y si bien es cierto que nuestra Constitución Dominicana de 2010, en su Artículo 49, expresa que: ”Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”, Ese disfrute de esas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público.

Al mismo tiempo,  el Artículo 44, consagra el derecho a la intimidad y el honor personal. Que se garantiza con el respeto y la no injerencia en la vida privada; familiar, el domicilio y la correspondencia de las personas. Reconoce el derecho al buen nombre y a la propia imagen. Y toda autoridad o particular que los viole está obligada a resarcirlos o repararlos.

La Carta Magna es sentenciosa al indicar que: ”el hogar; el domicilio y todo recinto privado de la persona son inviolables, salvo en los casos que sean ordenados, de conformidad con la ley, por autoridad judicial competente o en caso de flagrante delito. Y toda persona tiene el derecho a acceder a la información y a los datos que sobre ella o sus bienes reposen en los registros oficiales o privados, así como conocer el destino y el uso que se haga de los mismos.

Reconoce la inviolabilidad de la correspondencia, documentos o mensajes privados en formatos físico, digital, electrónico o de todo otro tipo. Sólo podrán ser ocupados, interceptados o registrados, por orden de una autoridad judicial competente, mediante procedimientos legales en la sustanciación de asuntos que se ventilen en la justicia y preservando el secreto de lo privado, que no guarde relación con el correspondiente proceso.

Es decir, es inviolable el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica, electrónica, telemática o la establecida en otro medio, salvo las autorizaciones otorgadas por juez o autoridad competente, de conformidad con la ley, como ha sido señalado.

Justo al finalizar este escrito recibo la mirada del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Manuel María Mercedes, quien expresó, que llama mucho la atención y preocupación, como en el país se viola el derecho a la intimidad tema que deja al descubierto el descontrol que vienen teniendo las redes sociales en estos últimos años.

Mercedes, dijo que debe hacerse de manera urgente, una campaña de concienciación de la ciudadanía acerca del respeto a  la intimidad de las personas. “el pueblo en vez de asustarse e indignarse con algunos casos de violación, mejor se ríe y propaga informaciones muchas veces falsas”.

Informó que la República Dominicana ocupa el puesto número 10, en la lista negra de países que a diario, horas tras hora, minuto a minuto, violenta los derechos humanos.

Esta afirmación en el momento que vivimos, no será puesta en dudas. Debido a que, tenemos el caso de diversas informaciones que cubren las portadas de nuestros diarios impresos, difundidas por la radio y la televisión; replicadas muchas veces,  mediante los medios electrónicos, sin ser fundamentadas.

El bombardeo de informaciones negativas; falsas; alarmantes. Rumores que mantiene a la opinión pública preocupada: desinformación ante crímenes; leyendas urbanas; reforzamiento de mitos; vulneración de derechos de la mujer…, la lista es interminable y debemos entre todas y todos poner fin a esta situación, de invisibilizaciòn de nuestros derechos fundamentales.  La sociedad no soporta más perturbación a la paz.

No en vano, el escritor y semiólogo italiano, Umberto Eco, afirmó: ”Las redes sociales generan una invasión de imbéciles.  El tonto del pueblo, ahora es el portador de la verdad”.

La autora es educadora, periodista, abogada y locutora.

santosemili@gmail.com

jpm

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