Rechazo unánime al monopolio de ANDECLIP

Aunque ANDECLIP dejó sin efecto la exigencia de que “antes de cualquier cirugía y otras intervenciones, los estudios de diagnósticos sean realizados en sus establecimientos”, gracias a la rápida gestión de los Drs. Pedro Luis Castellanos y Altagracia Guzmán. No obstante, vale la pena algunos comentarios y reflexiones más allá del incidente.

El Dr. Rafael Mena, Presidente de ANDECLIP, sorprendió al país con tal decisión unilateral, al desconocer la calidad de los laboratorios y demás centros de diagnóstico, y en cambio, validar todos los que poseen las 116 clínicas privadas que la integran.

Esta exigencia incluye a los análisis de laboratorios, así como los llamados estudios especiales, tales como la tomografía axial computarizada, las resonancias magnéticas, las radiografías y las mamografías, entre otros.

El Dr. Mena no ocultó que la motivación real en nada beneficia a los afiliados. “La situación financiera por la que atraviesa la mayoría de los centros médicos privados los obligan a tomar decisiones de orden económico, para defenderse de numerosos intereses corporativos del que son víctimas.

De inmediato ese anuncio desató una avalancha de rechazos y críticas con ribetes de unanimidad. La Ministra de Salud pidió reconsiderar la medida porque viola el  derecho a la libre elección del médico y del centro de salud, y las leyes general de salud y de seguridad social.

También el Superintendente de Salud solicitó la suspensión, considerando que no es sano para el sistema tomar medidas unilaterales en medio de tantos intereses creados. Y la DIDA dijo que atenta contra el Art. 50 de la Constitución y varios artículos de la Ley 87-01. El Gerente General se sumó a las críticas.

Incluso, el Presidente del CMD la rechazó calificándola como monopólica y en contra del bienestar de la mayoría de los dominicanos afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS), ya que encarecería el costo de los servicios.

Procompetencia dijo que podría infringir la Ley 42-08, con fuertes sanciones penales y económicas e igualmente Proconsumidor advirtió sobre la violación de la Ley 358-05 de Protección al Consumidor y al Usuario.

Necesidad de garantizar la habilitación de los centros

Recordemos que durante varios años ANDECLIP utilizó la libre elección de los afiliados para rechazar la puesta en marcha del primer nivel de atención como ordena la Ley 87-01, defensa que ahora echa por la borda al tratar de imponer un monopolio a los afiliados.

La decisión de ANDECLIP era inaceptable no sólo porque violenta principios constitucionales y las leyes señaladas, sino además, porque ignora la rectoría que la Ley 42-01 le otorga al Ministerio de Salud Pública, al tomar decisiones unilaterales que afectan el libre funcionamiento del sistema nacional de salud.

Esta decisión establecería un monopolio contrario a la Constitución, eliminaría de la competencia a cientos de centros de salud, públicos y privados, que ofertan servicios confiables de diagnóstico.

Además, eliminaría la libre elección de los afiliados, encarecería el costo de la atención y concentraría más aún los servicios médicos, agudizando el hacinamiento que predomina en la mayoría de las clínicas privadas.

El Presidente del Patronato del Hospital General de la Plaza de la Salud señaló que ese centro aconseja a sus pacientes que se hagan los estudios en el mismo hospital para garantizar la calidad del procedimiento. Ojalá que sólo sea un “consejo”.

Pero en el trasfondo de este tema subyace un cuestionamiento sobre la calidad de los centros de diagnóstico que debe ser tomada muy en serio por el MSP. El mismo quedó claro cuando el Dr. Castaños solicitó al ministerio “garantizar la habilitación de los centros de salud”.

Creo que esta solicitud es muy válida y oportuna, ya que personas inexpertas están incursionando en el área de la salud sólo como un negocio muy rentable, aprovechando las debilidades institucionales que predominan en nuestro país y en el sector.

JPM

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