OPINION: RD$630 mil millones adeudado

La cifra que sirve de epígrafe a las presentes reflexiones realmente es exorbitante para un país de economía pequeña. Es la deuda acumulada que registra el Gobierno Dominicano ante Banco Central de la República Dominicana (BCRD) como resultado de los bonos que esta entidad emisora ha venido adquiriendo del Ministerio de Hacienda, conforme la Ley de Recapitalización del BC No. 167-07.

Esto así, con el propósito de que con los intereses que genera la compra de los títulos valores ir desmontando el capital y la deuda cuasi fiscal (intereses por emisión de certificados, notas y letras financiera) que hoy debe el BCRD a los agentes económicos y público en general como secuela de la crisis financiera originada por el gran fraude bancario de 2003.

Según publicaciones oficiales del Ministerio de Hacienda al 30 de junio de 2019, el monto en circulación de instrumentos destinados al Plan de Recapitalización del Banco Central ascendía a RD$132,362.2 millones (US$2,610.8 millones), distribuidos en bonos con plazos de vencimientos de 3, 5 y 7 años.

En el Presupuesto General del Estado del presente año 2019 se contemplan pagos por concepto del Plan de Recapitalización del Banco Central, por un monto de RD$30,230.6 millones, equivalentes al 0.7% del Producto Interno Bruto (PIB). Durante los primeros seis meses de este año 2019 se devengaron pagos de intereses por RD$3,193.4 millones.

A raíz del incumplimiento de la señalada Ley No. 167-07 al no realizarse los pagos religiosamente del dinero que debe transferirse anualmente al BCDR por concepto de los bonos adquiridos, el Gobierno Central ha sido blanco de muchas críticas ya que para esta fecha se debió haber recapitalizado o casi haberse recapitalizado el Banco Central de la República Dominicana, pues aun sus pasivos son mayores que sus activos arrojando un balance patrimonial negativo.

Incumplimiento, producto de los consuetudinarios déficits fiscales que el Gobierno Central ha registrado por más de 10 años a través del Presupuesto General del Estado, los cuales han sido cubiertos con más deuda pública, al extremo de que se pronostica cada año un monto determinado de déficit fiscal y se termina con otro mucho mayor, ya que sus gastos superfluos son financiados muchas veces con deudas onerosas que gravitan en el gasto social en perjuicio de los dominicanos más vulnerables.

Situación que hace que el Gobierno Central relegue a un segundo o tercer plano los pagos que debe realizar anualmente al Banco Central a los fines de ir cubriendo los compromisos de deuda que la entidad emisora tiene ante el público por más de RD$607 mil millones, al 30 de septiembre del año que discurre, por concepto de valores emitidos por esta entidad.

La Ley de Recapitalización del Banco Central No. 167-07 en su artículo No. 5 establece que el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Crédito Público debe realizar emisión global de Bonos para recapitalizar el Banco Central por un monto total de hasta RD$320 mil millones, quedando facultada a realizar las correspondientes emisiones parciales anuales con cargo a dicha cifra, en el período comprendido entre los años 2007 y 2016, pero esta ha sido violada.

Las partidas a ser consignadas anualmente en el Presupuesto General del Estado, por concepto del pago de los intereses de los Bonos emitidos por el Gobierno para la Recapitalización del Banco Central, se determinarán de acuerdo a la escala anual siguiente, en función de la estimación del crecimiento del PIB nominal que haya sido utilizada en la formulación del presupuesto del año de que se trate: 2007, 0.5%,2008, 0.6% 2009, 0.7%, 2010, 0.8%, 2011, 0.9%, 2012, 1.0%, 2013 1.1% 2014, 1.2%, 2015, 1.3%, 2016, 1.4% del Producto Interno Bruto.

En vista de que estos pagos de intereses que no han venido realizándose de manera regular de parte del Gobierno Central tal como se programaron y que a partir del 2017 los intereses recibidos por la emisión de los bonos para la recapitalización los que no podrían ser menores al 1% del PIB para completar la redención total de los Bonos, el Banco Central de la República Dominicana y el Ministerio de Hacienda se han visto en la necesidad de proponer la readecuación de la señalada Ley 167-07.

Para ello, en la semana recién pasada se firmó un memorándum de entendimiento a los fines de que ambas instituciones emitan títulos valores y que el dinero que estos generen vaya a un Fideicomiso que permitirá continuar hasta el final con la recapitalización del Banco Central de forma sana y prudente a través de la armonización de las políticas: monetaria y fiscal.

Se espera que en un plazo breve se remita a la Junta Monetaria la propuesta consensuada entre el Banco Central y el Ministerio de Hacienda del anteproyecto de ley que modificará la Ley de Recapitalización No. 167-07 para su posterior remisión al Congreso Nacional vía el Poder Ejecutivo.

Se aplaude tal iniciativa y se abrigan las esperanzas de que los fondos captados mediante la emisión de los títulos valores a realizarse por ambas instituciones, los cuales  serán depositados en el Fideicomiso a crearse para la Recapitalización del Banco Central, no corran la misma suerte que los fondos que anualmente se programan en el Presupuesto General del Estado y no se transfieren con la regularidad debida al Banco Central de la República Dominicana para su recapitalización, tal como reza la Ley No. 167-07.

felix.felixsantana.santanagar@gmail.com

wj/am

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