¿Qué reformar de la Ley de Seguridad Social?

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Los cambios en la Ley deben asegurar, fundamentalmente, una protección social de mayor calidad y satisfacción para todos los dominicanos, fortaleciendo el principio de universalidad, integralidad y solidaridad social

Luego de los resultados electorales donde, por fin, hubo un gran cambio en la dirección del país y en la composición del Congreso Nacional, se han multiplicado los reclamos por una revisión de la Ley de Seguridad Social, provenientes de los más diversos sectores e intereses de la vida nacional.

El argumento principal, pero el menos importante, es que la Ley 87-01 ya tiene suficiente tiempo por lo que debe ser revisada. Llama la atención que mucho de los grupos y sectores reclamantes no presentan propuestas específicas sobre los temas que consideran imperativo revisar, lo cual crea confusión e incertidumbres en la población y en la opinión pública.

Entre las excepciones, los dirigentes sindicales han señalado con claridad su propuesta. Pero aún en este caso, no han presentado un estudio financiero, aunque fuese preliminar, que sustente su demanda de volver al sistema de reparto, a pesar de contar con el respaldo de técnicos de agencias internacionales calificadas.

Desde hace mucho tiempo, los directivos de la FUNDACIÓN SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS (FSSPT), hemos sostenido que, ciertamente, la Ley de Seguridad Social amerita una revisión en áreas críticas específicas, para introducir cambios que garanticen una mayor protección social, tanto a corto como a largo plazo.

Algo que debe quedar absolutamente claro, y por eso poco lo proclaman abiertamente, es que los cambios en la Ley de Seguridad Social deben asegurar, fundamentalmente, una protección social de mayor calidad y satisfacción para todos los dominicanos, fortaleciendo el principio de universalidad, integralidad y solidaridad social.

En el campo de las pensiones, la reforma es necesaria y urgente

Sólo a título de síntesis, el cambio real en el Seguro Familiar de Salud, consiste en elevar la calidad y la satisfacción de los servicios públicos y privados, focalizado en cuatro puntos: 1) reducción de los copagos ilegales; 2) inicio de la atención primaria; 3) afiliación de los trabajadores independientes; y 4) completar la afiliación de las familias más pobres. Ninguno de estos puntos requiere modificar la Ley 87-01 porque están previstos en la misma.

En el campo de la salud, los múltiples problemas e insatisfacciones existentes se derivan de la no aplicación de las reformas estructurales dispuestas por la Ley, así como de la aprobación y aplicación de reglamentos que establece barreras al libre acceso al cuidado de la salud de la población.

Por su parte, el cambio real en el área previsional requiere de voluntad y valor para elevar la tasa de reemplazo de las pensiones. Concretamente: 1) reducir la comisión de las AFP; 2) eliminar los planes de retiro privilegiados; 3) introducir cambios graduales en ambos sistemas para asegurar pensiones dignas y sostenibles; y 4) reducir el riesgo de inversión en una sola canasta.

Para introducir estos cambios es necesario modificar el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS), porque todos los estudios pronostican la entrega de pensiones insignificantes, debido a una bajísima tasa de reemplazo. Paradójicamente, estos cambios en la Ley 87-01 son urgentes, por tratarse de un seguro de largo plazo.

Resulta irresponsable permanecer indiferentes, a pesar de que todos los estudios confirman que la inmensa cantidad de afiliados recibirán una pensión ridícula que acentuará la pobreza e indigencia y que, sin lugar a dudas, provocará masivas protestas sociales que podrían comprometer la propia gobernanza institucional.

La FUNDACIÓN SEGURIDAD SOCIAL PARA TODOS (FSSPT) hace un llamado a todos los sectores a justificar y presentar sus propuestas de cambios, como una contribución a un debate constructivo, orientado al fortalecimiento del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Igualmente, invitamos a nuestros lectores a exponer, por este u otros medios, sus puntos de vista con la mayor objetividad y respeto posibles, como corresponde tratándose de un sistema de protección social tan complejo y controvertido.

JPM

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Fernando Antonio
Fernando Antonio
4 Años hace

buenos dias sr.arismendi, este tema de la modificacion para la ley 87-01, y lo relativo a los fondos de la afp, soy participe de que se incluya que el asegurado pueda decidir cuando retira sus fondos si este no va a cumplir con la cuotas requeridas, mayor facilidad para a los familiares poder retirar estos fondos al momento de morir el asegurado, entre otras

El patio de Medrano
El patio de Medrano
4 Años hace

y… a este lambón, tumba polvo, lisonjero y cobero…qué le han dado…? lo han nombrado en algún sitio ( como es su meta )…sus alabanzas no le han valido de nada. su hermano ya picó una embajada en la madre patria. ahora este lisonjero escribe basofias con el propósito de lograr algún puesto en la administración pública. váya a bañar ****s y le irá mejor…!!!

ASURBANIPAL
ASURBANIPAL
4 Años hace

las reglas de juego no se sigen las afp pertenecen a los bancos privados que le prestan a estado y lo pueden chantajear asi que hay que eliminar esa ley para sacar el sector privado de la ecuacion ¡fuera la usura de la salud!