¿Puede un trabajador denunciar a su empleador por evasión tributaria?
En principio sí y cualquier otro ciudadano, sin importar su calidad, que presencie un acto de evasión o defraudación tributaria, puede denunciar dicha situación por ante la Dirección General de Impuestos Internos suministrando todos los datos del hecho y de los actores del mismo, pudiendo esta acción dar lugar al inicio de un proceso de fiscalización. Incluso existen precedentes judiciales sobre este hecho, y esto lo verificamos específicamente en la sentencia No. 088-2014 de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Lo más interesante de este caso es que el denunciante, según relatan los hechos de la sentencia, es un ex trabajador de la compañía a la que denunció por evasión tributaria y todo surgió debido a un conflicto laboral.
Citamos la sentencia. “ En cuanto al fondo: que la referida denuncia sometida que dio origen al proceso de fiscalización externa ejecutado por la DGII a la empresa (….) al tenor expresado por la resolución recurrida en instancia de reconsideración, indican que por ella fueron suministrados datos e informaciones de que el contribuyente está llevando doble contabilidad a través del sistema contable(…), y que tienen manejos irregulares de ingresos, aportando el denunciante documentos e informaciones electrónicas sobre facturaciones no declaradas con el nombre de la compañía (…)”
En este escenario nos viene a la mente la pregunta, ¿si una persona que está bajo una relación laboral y denuncia ante la DGII a su empleador, está entonces cometiendo una falta en el sentido del secreto que debe guardar todo empleado con relación a las informaciones que maneja en su empresa? En este aspecto el Código Laboral establece en sus artículos 44 y 88, de manera explícita el deber que tiene el empleado de guardar secreto sobre asuntos que puedan causar un perjuicio a su empleador, dando la posibilidad incluso efectuar el despido justificado por esta causa.
Somos de criterio que bajo los textos legales del Código laboral, se abre la posibilidad del empleador de demandar al empleado por daños y perjuicios cuando divulgue informaciones de carácter privado de su empresa, y ello sin importar el tipo de información que sea divulgado, dado que la ley laboral no discrimina en la información y se limita a disponer que el empleado debe guardar reserva sobre cualquier tipo de información que pueda afectar a su empleador.
Desde el punto de vista del trabajador, el mismo tendría que defenderse solicitando al tribunal que declare inconstitucional la disposición de reserva de todo tipo de información, argumentando que nadie debería estar obligado guardar bajo secreto una infracción o delito fiscal. También pudiese el trabajador solicitar al tribunal que interpretase el Código laboral en el sentido de que establezca el deber de confidencialidad sólo en cuanto a informaciones que no sean violatorias al orden público.
En otros países, el tema de los empleados que denuncian a sus propias empresas empleadoras, ha sido un tema de amplio debate y estos empleados reciben el nombre universal de “whistleblowers”. En EEUU existen instituciones que protegen a todo empleado que denuncie a la empresa donde labora, ya sea por violación a las leyes del orden laboral, impuestos, de salubridad, de medio ambiente, o cualquier otra denuncia importante. Se trata de programas que impiden (o tratan de impedir) que la empresa afectada tome represalias contra el trabajador.
Por otro lado en Europa el panorama es menos halagüeño para los “whistleblowers” porque hay menos o nula protección para los mismos. La autora Gertrudis Alarcón Tena, en su artículo “Los whistleblowers españoles, desprotegidos en Europa”, describe la situación en Europa y explica que solamente los países Luxemburgo, Rumania, Eslovenia y Reino Unido son los que tienen legislaciones y procedimientos específicos para los denunciantes.
¿Cuál es el trasfondo del asunto sobre los “whistleblowers”? En el famoso libro de denuncia “La caja fuerte de los evasores, la lista Falciani” el autor Hervé Falciani toca el tema y explica que los grandes emporios financieros y empresas multinacionales tratan por todos los medios de proteger las informaciones secretas que circulan en lo interno de sus oficinas.
El deseo en resumen es que nadie pueda dar a conocer las grandes estratagemas para evadir impuestos, ocultar operaciones financieras, activos, sociedades de carpeta en paraísos fiscales, etc.
jpm