Propuesta para enriquecer el proyecto de ley orgánica de regiones geopolíticas

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EL AUTOR es médico cirujano. Reside en Santo Domingo.

 

 

 

 

Por RAUL ALVAREZ STURLA

 

Debemos empezar resaltando que en Septiembre del año 2005, propusimos en un artículo publicado en  el diario Hoy, la conversión de las 10 regiones geopolíticas actuales en 6 regiones con personalidad jurídica propias,  como forma de contribuir a la descentralización del Estado y al progreso sostenido de sus pobladores.

 

En  el año 2010, durante el período de la consulta popular para la modificación de la constitución de la república,  presentamos dicha propuesta,  a  la comisión de juristas designados para esa  reforma,  así como,  al Consejo Nacional para la reforma del Estado (CONARE) de la época.  En aquella ocasión,  mi propuesta  fue considerada y valorada positivamente,  más no fue incluida.

 

Es motivo de  satisfacción para nosotros,  que  se introducido un  proyecto de ley que aunque con una visión diferente a nuestra propuesta original,  guardan similitudes en cuanto a la reducción del número regiones, por lo que  aprovechamos,  esta nueva oportunidad para proponer enriquecer su proyecto, que contribuirán a la descentralización y a la autogestión administrativa, a fin de producir un verdadero y rápido  desarrollo de los habitantes de las 5 regiones geopolíticas propuestas.

 

Sugerencias para enriquecer el proyecto

 

1)    Que  a los  nombres geográficos  con que se  han designados a las 5 nuevas regiones se les agregué otro nombre  de connotación  histórica y cultural de origen taíno-español  lo que produciría una  mayor sonoridad al pronunciarlos y un mayor  atractivo histórico y turístico al explotar  la Marca Región. ejemplo: 1) Región Cibao  Norte de  Marien, 2)  Región Cibao Central  de  Maguá 3) Región Este ò Gran Higuey. 4)  Región Metropolitana de Santo Domingo.   5) la Región Sur de  Jaragua.

 

2)   Que las nuevas regiones, no sólo sean consideradas como entes geopolíticos  para la  planificación de los proyectos de desarrollo de la administración ejecutiva, sino que ademas,  la nueva  ley promueva e incentive la formación de Mancomunidades en esas regiones como lo faculta la  ley 176-07 del Distrito Nacional y Los Ayuntamientos. Estas Mancomunidades Regionales gozarían de la independencia administrativa necesaria para que  sus Concejos Regionales,  con   la personalidad jurídica que la  ley le otorga, puedan obtener recursos y compromisos económicos, privados y públicos,  para la   realización de  proyectos regionales mancomunados promoviendo así  el desarrollo sostenido de sus habitantes.

 

3)   Que la ubicación propuesta de las Unidades Desconcentradas  sean a la vez  las capitales de las Mancomunidades Regionales: ej. Región Cibao Norte de- Marien, capital Santiago de los Caballeros. Región Cibao Central de Maguá,  capital San Francisco de Macorís. Región Este del gran  Higuey, capital San Pedro de Macorís. Región Metropolitana de Santo Domingo, capital Distrito Nacional y Región Sur de- Jaragua, capital Santa Cruz de Barahona.

 

4)   Que esas  Unidades Desconcentradas se constituyan en el  enlace, entre   el ejecutivo, los Concejos Regionales Mancomunados, los Consejos de Desarrollo Provinciales  y el Gobierno Central  con sus dependencias, generando una verdadera coherencia para la planificación regional.

 

De introducir estos cambios sutiles pero significativos, estamos más que convencido que la nueva ley será más efectiva promoviendo la descentralización del Estado y el emprendurismo   colectivo,  con el fin de lograr un mayor desarrollo y oportunidades para todos los habitantes del país.

 

Ningún Estado puede ser modernizado eficientemente sino se promueve la autogestión, el emprendurismo y la  coherencia regional”. “Sin  una sociedad abierta los países no  prosperan, y  sin igualdad,  la prosperidad no  dura”. Emmott.

JPM

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